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Corte Electoral boliviana mantiene referendo pese a decisión judicial

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Al referendo deben someter sus cargos el presidente Evo Morales, su vicepresidente Álvaro García Linera y ocho de los nueve prefectos (gobernadores) del país, ya que la de Chuquisaca está exenta de acudir a la consulta porque fue elegida hace apenas un mes tras la renuncia de su antecesor.


La Corte Nacional Electoral (CNE) de Bolivia informó este miércoles que el referendo revocatorio convocado para el próximo 10 de agosto sigue en marcha, pese al decreto emitido por el Tribunal Constitucional (TC) que ordena la suspensión de la consulta.



El presidente de la CNE, José Luis Exeni, justificó su decisión con el argumento de que el decreto del alto tribunal no menciona expresamente en ninguna parte «la suspensión del acto electoral».



Según el funcionario, la determinación del TC es «sólo un recordatorio de jurisprudencia» constitucional emitido a «título personal» por la magistrada Silvia Salame, la única en funciones en el tribunal.



«El organismo electoral prosigue en el ámbito de su competencia con todos los actos necesarios y convenientes para la debida aplicación y ejecución de la ley de convocatoria a referendo revocatorio para el día 10 de agosto», puntualizó Exeni.



Por su parte, Salame ratificó este miércoles que, pese a ser la única magistrada en funciones en el TC después de que sus cuatro colegas dimitieran sucesivamente meses atrás, puede firmar un decreto como el del martes para pedir a la CNE que suspenda la organización de la consulta porque hay jurisprudencia al respecto.



Al referendo deben someter sus cargos el presidente Evo Morales, su vicepresidente Álvaro García Linera y ocho de los nueve prefectos (gobernadores) del país, ya que la de Chuquisaca está exenta de acudir a la consulta porque fue elegida hace apenas un mes tras la renuncia de su antecesor.



La decisión de Salame es una consecuencia de una demanda presentada contra el referendo por el diputado opositor Arturo Murillo, de la fuerza centrista Unidad Nacional (UN).



La demanda de Murillo es un «recurso incidental de inconstitucionalidad», que alega que al convocar el referendo se violó la Constitución debido a que ese tipo de consulta no está incluida en la Carta Magna, aunque fue avalada por una ley del Congreso promulgada por Morales.



Según Salame, dado que ella es la única magistrada del TC no puede tomar una decisión sobre la constitucionalidad o no del referendo, pero puede firmar un decreto para frenar el proceso hasta que ese órgano cuente con todos los miembros necesarios para analizar el tema.



EFE

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