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Convertidas en piedra: una perspectiva económica de los problemas de acceso a la justicia para las mujeres Yo opino Crédito: Agencia Uno

Convertidas en piedra: una perspectiva económica de los problemas de acceso a la justicia para las mujeres

Francisca Millán Zapata
Por : Francisca Millán Zapata Abogada, Socia Estudio Jurídico AML Defensa de Mujeres.
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La violencia económica es intrínsecamente inmovilizadora y, con esto, tiene consecuencias graves para el acceso a la justicia de las mujeres que deciden -o se abstienen- comenzar procesos reparatorios.


“La fuerza que mata es una forma sumaria, grosera, de la fuerza”, nos dice Simone Weil en su clásico ensayo La Ilíada o el poema de la fuerza.

Sigue: “Mucho más variada en sus procedimientos y sorprendente en sus efectos es la otra fuerza, la que no mata; es decir, la que no mata todavía”.

¿Cuál es esta extraña forma de fuerza tan elusiva, pero tan intuitivamente presente? Bien señala la autora que “del poder de transformar un hombre en cosa matándolo procede otro poder, mucho más prodigioso aún: el de hacer una cosa de un hombre que todavía vive (…) de todas formas, transforma al hombre en piedra (…) y cuando se ve obligado a hacerlo, no hay ya nada en que no sufra violencia”.

En este orden de ideas nos queremos referir a la violencia que es ejercida sobre las mujeres en particular.

Formas invisibilizadas de violencia que se nos aparecen en cada esquina, ya como un cartel publicitario de alguna cervecería, ya como el espontáneo temor que impide a las mujeres caminar con tranquilidad y acceder a su derecho a la ciudad.

Basta con encender la televisión para emborracharnos de una manera de amor romántico que también afecta a los hombres, pero que sobre todo oprime a la mujer en su posición dentro de la relación de pareja.

Dentro de esta última configuración romántica se esconde, con frecuencia y muy notablemente, un tipo particular de estas violencias que no matan todavía, es decir, que no requieren de su expresión material en la forma de maltrato físico: la violencia económica.

En efecto, ya Simone de Beauvoir contemporánea y compañera de clase de Weil en la Sorbona, en el segundo sexo postula que parte de las dificultades de emancipación de la mujer proviene de la dependencia económica con respecto al marido, hecho tremendamente común (1949).

La violencia económica es intrínsecamente inmovilizadora y, con esto, tiene consecuencias graves para el acceso a la justicia de las mujeres que deciden -o se abstienen- comenzar procesos reparatorios.

[cita tipo=»destaque»]La violencia económica es esta clase de violencia, pues esta se materializa al negar a las mujeres ejercer su derecho a una verdadera autonomía: rumia en la oreja de la oprimida el riesgo permanente de que el alejarse del agresor constituya, al mismo tiempo, condenarse a la falta de sustento para ella y para sus hijos e hijas.[/cita]

¿De qué manera se vincula la violencia machista con la violencia del modelo neoliberal? No es inmediatamente evidente a la razón que ambas violencias deban estar imbricadas de forma irreparable.

Para ello, la visibilización de las dinámicas que nos sitúan como las sostenedoras invisibles de la vida, y además como las trabajadoras no pagas que dependen económicamente de sus agresores, se vuelve fundamental a la hora de reflexionar sobre cómo romper los círculos de violencia y acceder de forma idónea a una justicia feminista.

Es interesante notar que la violencia física y la violencia económica se constituyen como estímulos a conductas completamente opuestas. Con esto queremos decir simplemente que, mientras existen determinadas violencias que generan el instinto de huir de las dinámicas de agresión, como la violencia física o la sexual, a su vez existen violencias que generan el efecto de permanecer estáticos, de convertirse en piedra.

La violencia económica es esta clase de violencia, pues esta se materializa al negar a las mujeres ejercer su derecho a una verdadera autonomía: rumia en la oreja de la oprimida el riesgo permanente de que el alejarse del agresor constituya, al mismo tiempo, condenarse a la falta de sustento para ella y para sus hijos e hijas.

El aumento de la tasa de ingreso por parte de las mujeres al mercado laboral, hecho que podría parecer -a simple vista- un avance en pos de la liberación y la autonomía de ellas, se transforma a la postre en una forma de doble explotación. Carrasco (2003) nos recuerda que “en la medida en que las mujeres se han ido integrando al mercado laboral, ha ido desapareciendo el modelo familiar “hombre proveedor de ingresos-mujer ama de casa” y se ha ido abriendo paso un nuevo modelo que tiende a consolidarse.

El hombre mantiene su rol casi intacto pero la figura del ama de casa tradicional tiende a desaparecer, lo cual no significa que ésta abandone sus tareas de cuidadora y gestora del hogar, sino que de hecho asume un doble papel: el familiar y el laboral”.

Existe entonces una encrucijada: o bien la mujer -debido a la nula valoración del trabajo doméstico que se esfuerza por cumplir- ingresa en el mercado laboral en busca de autonomía económica y sufre esta doble explotación, o bien se abstiene de tal movimiento y crea una relación de dependencia con respecto a su pareja que la priva de dicha autonomía, pero que disminuye, hasta cierto punto, el nivel de autoexplotación.

La violencia económica, la que detiene e inmoviliza, “inhibe una responsabilidad colectiva en el sostenimiento de la vida y, más aún, establece una amenaza constante sobre esta, que termina resolviéndose (malamente) en esferas feminizadas e invisibilizadas” (Pérez 2014). En numerosos casos de violencia sexual o física en un contexto de pareja, la violencia económica se transforma en un obstáculo para la denuncia efectiva de los delitos anteriores.

Más allá incluso de esa amenaza subyacente a la que la víctima se ve expuesta, existen los numerosos costos intrínsecos de un proceso judicial: el pago de representación legal y de tramitaciones, de movilización para víctimas en contextos lejanos, son solo ejemplos de las trabas que la violencia económica pone a las mujeres frente a la justicia.

La enorme demanda de tiempo de un proceso judicial dificulta, además, la compatibilización con el trabajo asalariado e incluso también con el doméstico no pago -precarización que se agudiza con el no pago de las pensiones alimenticias- puesto que la víctima debe suspender sus labores de cuidado para atender las audiencias en tribunales y mediaciones.

La socialización de los cuidados es la que se constituye como una verdadera promesa emancipatoria, la única que podría venir a favorecer la posibilidad de que las mujeres se sitúen en pie de igualdad o de básica autonomía para poder salir de círculos de violencia que les someten diariamente.

No hay ninguna reforma a los procedimientos judiciales que pueda ser realmente efectiva, sin que primero exista un cambio político que entregue una posición suficiente a las mujeres para la demanda.

Sin autonomía, no hay posibilidad de justicia. Y, dado que la autonomía proviene de la división del trabajo de cuidados, es la ausencia de esta última la que deja a muchas mujeres víctimas de violencia convertidas en piedra, sin posibilidad de reparar los daños que se le han causado.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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