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Víctimas invisibles de los femicidios: “Las hijas e hijos cuya madre ha sido víctima de femicidio quedan en el mayor desamparo” BRAGA Créditos: Foto de Ximena Mora en Pexels

Víctimas invisibles de los femicidios: “Las hijas e hijos cuya madre ha sido víctima de femicidio quedan en el mayor desamparo”

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Tras la muerte de sus madres a manos de su agresor, las hijas e hijos no poseen medidas de acompañamiento y reparación específicas. Desde la comisión de familia de Abofem, advierten sobre la importancia de resolver la falta de focalización, pues “la atención de las necesidades de los NNA es indispensable para romper el círculo de la violencia”.


El miércoles 22 de abril del 2017, Ximena Cortés Rojas fue hallada agonizante y con múltiples heridas al interior de su casa, ubicada en la base aérea Cerro Moreno de Antofagasta. Cinco días después, Ximena falleció.

Según sus parientes, los médicos que asistieron a Ximena en su domicilio indicaron que las heridas no eran autoinfligidas, sino que provocadas por un tercero. Para su familia, esa persona tenía nombre apellido: James Díaz, su marido, quien declaró que la mujer se había intentado suicidar.

En noviembre del 2020, Radio Humedales señalaba que el Ministerio Público insiste en Ximena que se suicidó, esto pese a diligencias médicas y científicas que ponen en duda dicha versión. Una de ellas, es la declaración realizada por, hasta en ese entonces, médico jefe de la UCI del Hospital regional de Antofagasta, Jacqueline Blanchard, quien señaló a Policía de Investigaciones y Fiscalía que le llamaron la atención “las lesiones en sus manos, cortes cervicales y una equimosis en el epigastrio”, las cuales a su parecer eran compatibles a acción de terceros.

Ximena era madre de dos menores de edad, quienes el día 27 de marzo del 2017 no sólo perdieron a su mamá, sino también se enfrentaron a extensos procesos judiciales.

“Los hijos de Ximena Cortés Rojas para quedar bajo la tutela de su abuela materna, debieron pasar por la revictimización de comparecer ante un tribunal, para poder extinguir los derechos del femicida aún impune: su propio padre”, señala a El Mostrador Braga la vocera de la Agrupación de Familiares de Víctimas de Femicidio, Julieta Rivera.

Según cifras levantadas por la organización Memorial Feminista en Violencia Feminicida, sólo entre enero y marzo de este año, al menos 15 hijas e hijos quedaron sin sus madres producto de un femicidio.

Ante este panorama, Rivera agrega que “las hijas e hijos cuya madre ha sido víctima de femicidio quedan en el mayor desamparo. Sin mamá y también sin papá. A veces estos últimos se suicidan, otras son condenados y aun cuando logran burlar la justicia, quedan en la más aberrante impunidad”. En suma, Rivera cuenta que “las hijas e hijos suelen quedar con familiares de la víctima — la mejor de las opciones — o son institucionalizados”.

Asimismo, “para que los menores queden al cuidado de familiares se debe realizar un engorroso trámite ante un Tribunal de Familia, el cual consiste en interponer una demanda de cuidado personal al padre que está privado de libertad”, señala Rivera.

 Desde la comisión de familia de Abofem, explican que, sobre el cuidado personal de las hijas e hijos en común, entre la víctima y el victimario, la ley determina que éste pasará a un tercero. “Para ello, este tercero debe solicitar al Tribunal de Familia del domicilio en que esté el o los niños, niñas o adolescentes (NNA) la medida de protección de cuidado personal provisorio”.

Posteriormente, para obtener el cuidado personal definitivo del NNA, el adulto responsable deberá solicitar una mediación, pero “como es evidente, dado que el padre se encuentra privado de libertad, la mediación quedará frustrada”.

Ante esto, “el solicitante podrá demandar el cuidado personal definitivo del NNA, así como también la regulación de los alimentos”.

Injusticia y vulneración

Desde la Agrupación de Familiares de Víctimas de Femicidio señalan que la vulneración y victimización a la que se ven expuestos las hijas e hijos no empieza y termina con el violento hecho de perder a su madre o verla mutilada por efecto de un femicidio frustrado, sino también “pueden ser sometidos a la aberrante violencia de tener que visitar en la cárcel a su padre femicida consumado y condenado”.

Del mismo modo, los femicidas pueden solicitar relación directa y regular con sus hijas e hijos, es decir, aquella que propende a que el vínculo familiar entre el padre o madre que no ejerce el cuidado personal y su hijo se mantenga a través de un contacto periódico y estable.

Asimismo, advierten desde la agrupación, que al victimario no se le quita en forma automática la patria potestad de las hijas e hijos, es decir, aquel conjunto de derechos y deberes que corresponde al padre o a la madre respecto de los bienes de sus hijas e hijos no emancipados. Por tanto, puede administrar y disponer de los bienes que ellos pudiesen haber heredado de su madre. En tanto, para lograr quitarle este derecho, también se debe realizar un trámite judicial.

En materia hereditaria, el padre podrá ser declarado indigno de suceder tanto a la cónyuge fallecida como a las hijas e hijos en común. Sin embargo, esto no opera de modo automático. “Por insólito que parezca, esta indignidad para suceder no opera de pleno derecho, sino que es necesario que los herederos ejerzan la acción ante los Tribunales de Justicia con competencia en lo Civil, mediante un procedimiento ordinario”, señalan desde Abofem.

Sobre esta situación, Julieta Rivera advierte que “hay femicidas que costean su defensa con los recursos de la mujer a la que asesinaron”. Asimismo, señala que el trámite “resulta tan lento que el femicida puede lograr apropiarse de la herencia de la mujer antes de que el trámite se haga efectivo”.

Reparación

En la actualidad, no existen medidas de acompañamiento y reparación específicas para niños, niñas y adolescentes que sus madres hayan sido víctima de femicidio. Lo que sí existe, explican desde Abofem, es el Circuito Intersectorial de Femicidio, el cual es un mecanismo de coordinación intersectorial.

Cuando se activa el circuito, en el caso particular de los niños, niñas y adolescentes víctimas indirectas de femicidio, las Oficinas de Protección de Derechos son las encargadas de levantar la información respecto a la existencia de hijas e hijos menores de edad, con el fin de evaluar la situación y coordinar con los Tribunales de Familia el cuidado personal de los NNA.

En sus inicios, este circuito implementó el que se denominó Protocolo intersectorial para niños, niñas y adolescentes víctimas indirectas de homicidio o parricidio en el contexto de violencia contra la mujer, el cual estaba orientado principalmente a garantizar la atención integral psico socio jurídica de los menores de edad, los cuales, ante el delito de femicidio, quedaban en una situación total de desprotección.

Posteriormente, desde el año 2010, cuando se promulgó la ley de Femicidio, este instrumento fue sustituido por el Protocolo intersectorial de atención a víctimas de Femicidio. Desde Abofem explican que este cambio supone un cambio en el objetivo inicial, es decir, pasa de la asistencia integral a NNA como víctimas indirectas de femicidio hacia una articulación de acciones y oferta pública destinada los familiares de la mujer víctima de femicidio consumado (NNA o no), como también a aquellas mujeres víctimas de delito de femicidio en calidad de frustrado.

Por tanto, este cambio provoca -una vez más- la invisibilización de las necesidades específicas de niños, niñas y adolescentes, “mediante la priorización de una perspectiva adultocéntrica, que los sitúa en un lugar secundario”, señalan desde la comisión de familia de Abofem.

Precisan desde la comisión que esto no significa que la situación de los NNA no tenga cabida en el circuito, sino que “ya no podemos sostener que este programa ponga el foco principal en su acompañamiento y reparación, atendiendo sus circunstancias y necesidades especiales”.

Esta situación es preocupante y necesaria de resolver, pues “la atención de las necesidades de los NNA es indispensable para romper el círculo de la violencia. Por ello, es muy importante que exista asistencia psicológica e integral”.

En esa línea, Julieta Rivera señala que “a quienes han experimentado un femicidio en la familia no les bastan tres o cuatro consultas psicológicas. En especial los huérfanos de femicidios, quienes requieren de un acompañamiento psicológico concreto por mucho tiempo”.

Asimismo, la vocera de la Agrupación de Familiares de Víctimas de Femicidio agrega que “las hijas e hijos deben tener derecho a una atención integral de salud y al acompañamiento integral durante la crianza, incluido el acompañamiento en temas judiciales que les ayuden a obtener justicia para sus madres”.

Sobre el problema que da origen a esta seguidilla de desprotección y poca focalización de los programas, el cual es la violencia hacia la mujer, la vocera de la organización Memorial Feminista, Loreto Pérez, señala que “la violencia hacia la mujer debe ser considerada como un entramado de realidades y dimensiones. Es estatal, institucional y judicial”.

Respecto a las deudas del Estado, sobre la erradicación de la violencia hacia la mujer, Pérez es enfática en señalar que, a nivel estatal, no se le ha tomado la profundidad ni las dimensiones que esta tiene. En tanto, Pérez manifiesta la necesidad de un entramado que albergue, acompañe y ayude “a las mujeres en todos los distintos tipos de violencias que existe y también hacia las distintas etapas de violencia que están viviendo”.

Proyecto de ley

En enero de este año ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que establece un régimen de protección y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y sus familias, el cual se encuentra en el primer trámite constitucional.

Dicho proyecto, busca crear un nuevo tipo de derecho que establece protección a las familias de las víctimas sin distinción, siempre que no hayan sido autores, cómplices o encubridores del femicidio. Asimismo, otro de los puntos del proyecto, es la pérdida de derechos hereditarios del femicidio respecto de la víctima y del cuidado de las hijas e hijos. Por tanto, sólo quedaría la obligación de proveer alimentos.

De igual forma, el proyecto propone la creación de un fuero para víctimas, el cual busca proteger principalmente a las mujeres que perdieron sus trabajos por dedicarse a la búsqueda de sus parientes asesinadas.

Sobre el proyecto de ley, Julieta Rivera destaca que fue elaborado en base al trabajo realizado por la Agrupación de Familiares Víctimas de Femicidio, Ni Una Menos Chile y al equipo legislativo de la diputada Karol Cariola. Ante esto, Rivera señala que esperan que “los legisladores lo conviertan en ley”.

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