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Justicia para Antonia Barra: Martín Pradenas es sentenciado a 20 años de cárcel  BRAGA

Justicia para Antonia Barra: Martín Pradenas es sentenciado a 20 años de cárcel 

Natalia Espinoza C
Por : Natalia Espinoza C Periodista - Contacto: braga@elmostrador.cl / (sólo wsp) Fono sección: +569 99182473
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Pradenas el pasado 6 de agosto fue declarado culpable de siete delitos sexuales cometidos en contra de seis víctimas, algunas menores de edad. Sin embargo, esta jornada, tras la sentencia, la madre de Antonia, Marcela Parra, dijo que “esto no es justicia, no hay justicia para ninguna de las víctimas y menos para mi hija que ya no está (…) 41 años era lo justo para todas las víctimas. En tanto, desde las organizaciones de la sociedad civil, la abogada y directora de la Corporación Miles Chile, Javiera Canales, aseguró que ante la actual falta de normas de los tribunales, aplicar a nivel de derecho interno los tratados internacionales ratificados por Chile, sobre justicia con perspectiva de género, dejan en este caso un “precedente inigualable” para el futuro.


Esta jornada, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció a Martín Pradenas Dürr a 20 años de presidio mayor en su grado máximo, luego de que el pasado 6 de agosto lo declarara culpable de siete delitos sexuales cometidos en contra de seis víctimas, algunas menores de edad.

La familia de una de las víctimas, Antonia Barra, quien se suicidó tras la agresión, comentó que los 20 años no son suficiente condena para todo el daño causado a las víctimas.

El Ministerio Público, liderado por el fiscal Miguel Rojas, y los abogados querellantes, habían solicitado una pena de 41 años de cárcel. “Esto no es justicia, no hay justicia para ninguna de las víctimas y menos para mi hija que ya no está (…) 41 años era lo justo para todas las víctimas”, dijo tras el anuncio, la mamá de Antonia Barra, Marcela Parra.

El juez Leonel Torres aseguró en la instancia que el fallo completo está contenido en 730 páginas. Sin embargo, en esta jornada se leyó una versión resumida donde es individualizado como autor de los siguientes delitos consumados:

  • Abuso sexual y violación de mayor de 14 años cometidos en contra de la víctima A.R.B.P, el 18 de septiembre 2019 en la comuna de Pucón.
  • Abuso sexual de mayor a 14 años cometido en contra de la víctima P.V.C.O un día de noviembre de 2010 en la comuna de Temuco.
  • Abuso sexual de mayor de 14 años cometido en contra de la víctima de T.V.B.R un día de marzo de 2012 en la comuna de Temuco.
  • Abuso sexual de menor de 14 años cometido contra la víctima Z.P C.U. Un día entre septiembre de 2012 y enero de 2013 en la comuna de Temuco.
  • Abuso sexual de mayor de 14 años. Cometido en contra de la víctima V.F.L.R un día de abril de 2014 en la comuna de Temuco
  • Violación de mayor de 14 años cometido en contra de la víctima F.V.M.O. el 24 noviembre de 2018 de la comuna de Temuco.

Por lo anterior, “se lo condena entonces a la pena única y total de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa”, leyó el juez.

Esta pena deberá cumplirla efectivamente privado de libertad en el Centro Penitenciario de Gendarmería de Chile que se determine, “sirviéndole de abono los días que ha permanecido bajo la medida de arresto domiciliario total, desde el 22 al 24 de julio de 2020, luego sustituida por la de prisión preventiva con fecha 24 de julio 2020”.

En parte del texto, se señaló que se había considerado “la gran extensión del mal causado a las víctimas” y que por ello se había determinado esta sentencia.

Cada uno de estos delitos fueron perpetrados por el acusado entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019, en la ciudad de Pucón. El caso de Antonia Barra, quien se suicidó tres semanas después de su agresión sexual, fue esencial para que otras víctimas alzaran la voz y se conocieran los otros delitos que Pradenas había cometido, generando también una gran ola de apoyo ciudadano.

Justicia con perspectiva de género

Cientos de organizaciones sociales de todo tipo y feministas, apoyaron a las víctimas y exigieron #JusticiaParaAntonia a través de manifestaciones presenciales y digitales, viralizando una “Ola Morada por Antonia Barra” durante 2020 y 2021.

Esta participación ciudadana fue fundamental, ya que son las organizaciones sociales feministas quienes interpelaron a la justicia a respetar a las víctimas, puesto que, por ejemplo, durante el 2020, el abogado de Pradenas, Gaspar Calderón denigró a una testigo nombrándola como “la chica pastilla”.

También hubo una constante dinámica de recursos de protección que intentaron los abogados para quitar la prisión preventiva de Pradenas, argumentando que víctima y victimario estaban en estado de ebriedad, además de cuestionar la vida privada de Barra.

La abogada y directora de la Corporación Miles Chile, Javiera Canales, en conversación con El Mostrador Braga, reflexiona que esta sentencia, en particular, ha dejado en evidencia en nuestro país dos cosas muy importantes para la aplicación de la perspectiva de género.

Uno, es la falta de legislación vigente ante normas que busquen la erradicación de la violencia de género y la aplicación de la perspectiva de género en el desarrollo de la investigación penal, pero también, “que es posible aplicar a nivel de derecho interno los tratados internacionales ratificados por Chile”.

Ante la falta de normas de los tribunales, para los jueces y juezas no solo es posible, sino que es “deber y es obligación aplicar el principio convencionalidad”, pese a que Chile ha firmado este tratado en la década de los 90, no es usual que las sentencias, particularmente de delitos sexuales, incorporen estos tratados. Por tanto, esto para la abogada deja un “precedente inigualable”.

Suicidio Femicida

En 1996, el concepto de suicidio femicida fue impulsado por primera vez por la activista sudafricana Diana Russell, para abordar aquellos casos de mujeres que deciden poner fin a sus vidas, debido a distintas situaciones de violencia de género de las que han sido víctimas, como violación, abuso sexual, acoso, violencia intrafamiliar, etc.

También se consideran en esta categoría los casos de mujeres que se suicidan agobiadas por la impunidad, la revictimización y la negligencia de las instituciones encargadas de su protección. Hecho que, si bien se ha hablado y ha sido más público desde el caso de Antonia Barra, no es algo nuevo: de acuerdo al Servicio Médico Legal, durante 2010 en la Región Metropolitana hubo 139 muertes de mujeres por lesiones autoinfligidas, de ellas, 22 tenían iniciada una causa penal por violencia intrafamiliar.

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