
Objeción de conciencia y falta de apoyo: las barreras que persisten tras Ley de Aborto en 3 causales
Aunque la ley de aborto en tres causales marcó un avance en 2017, mujeres como K.B. aún enfrentan trabas como la objeción de conciencia institucional. La falta de acceso real y acompañamiento digno pone en jaque un derecho garantizado por ley en Chile.
En 2017, se marcó un hito importante en nuestro país respecto a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. En septiembre de ese año fue promulgada la ley que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.
La promulgación de esta ley representó un avance en los derechos reproductivos de las mujeres en Chile; sin embargo, el aborto sigue siendo ilegal fuera de estas causales. En nuestro país, se puede acceder a un aborto si la vida de la madre está en riesgo, en casos de inviabilidad fetal o cuando el embarazo es producto de una violación.
Sin embargo, al momento de realizar este procedimiento, bajo las tres causales, muchas mujeres han debido enfrentar la objeción de conciencia por parte del equipo médico. De acuerdo a lo establecido en la ley, “el médico cirujano podrá abstenerse de realizar la interrupción del embarazo cuando hubiese manifestado su objeción de conciencia al director del establecimiento de salud, en forma escrita y previa. En este caso, el establecimiento tendrá la obligación de reasignar de inmediato otro profesional a la paciente”.
Este es el caso de K.B, médica veterinaria, quien tuvo que pasar por este procedimiento de una manera, casi inhumana, según su propio testimonio.
Las fallas en el procedimiento
Cuando K.B. supo que estaba embarazada, sintió una gran felicidad junto a su esposo y su hija. En 2022, la médico veterinaria tenía 42 años y logró quedar embarazada de forma natural tras haberse sometido a varios procedimientos de fertilización in vitro.
Debido a su edad, sabía que el embarazo implicaba ciertos riesgos, por lo que decidió pedir recomendaciones de ginecólogos para llevar a cabo el proceso de la mejor manera. “El doctor obviamente decidió por mi edad hacer controles bien periódicos y bien seguidos con ecografías para ver cómo iba avanzando el embarazo debido al riesgo que podría haber eventualmente”, recuerda.
K.B. menciona que, alrededor del cuarto mes de embarazo, tuvo que someterse a una ecografía Doppler, un procedimiento fundamental durante la gestación, ya que permite detectar el síndrome de Down. Fue en ese momento cuando la médico veterinaria supo que su hijo presentaba malformaciones físicas.
Durante la ecografía Doppler, K.B. recibió la impactante noticia de que su hijo presentaba malformaciones físicas. En ese mismo momento, le advirtieron sobre el riesgo vital que enfrentaba y la inviabilidad fetal de su embarazo. KB recuerda que la doctora que estaba llevando acabo el procedimiento le comentó que debía acogerse a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) de inmediato.
Para ella, el golpe fue demasiado. El embarazo había sido planeado y debía enfrentarse a un proceso nuevo y desconocido.
K.B. recuerda que, luego de ese procedimiento, tuvo una cita médica con su ginecólogo, quien le explicó que los resultados de la ecografía coincidían con el primer diagnóstico, por lo que debía acogerse de inmediato a la Ley IVE. La médico veterinaria relata que el doctor comenzó a llamar a la clínica donde ella realizaría su parto, y la respuesta que obtuvo agudizó aún más el difícil momento por el que estaba pasando. “Toda la clínica estaba adherida a la objeción de conciencia”, fue parte de lo que le dijo el ginecólogo en ese momento.
Luego de esa consulta médica, K.B. habló un par de veces más con su ginecólogo; sin embargo, tiempo después, él dejó de contestar sus llamados.
Corporación Miles Chile realizó una investigación sobre la criminalización del aborto en nuestro país durante la década de 2012 y 2022. En el informe se reveló que, durante ese periodo, 44 personas fueron investigadas por abortar. Incluso, hubo un 10% de los 444 casos en que la investigación no debió iniciarse ya que las personas habían tenido un aborto espontáneo acreditado.
Desde la promulgación de la ley que despenaliza el aborto en tres causales en septiembre de 2017, un total de 4.553 mujeres han accedido a la interrupción del embarazo en Chile. Estas cifras, que abarcan desde enero hasta junio del año pasado, reflejan el impacto que ha tenido esta normativa en el acceso a este derecho humano.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, se reveló que 1.349 mujeres abortaron por estar en riesgo, 2.041 por inviabilidad del embarazo y 1.163 por violación.
Los “comités médicos”
Con el tiempo en otra, K.B y su esposo comenzaron una maratónica búsqueda de clínicas y personal médico que pudiera realizar la interrupción del embarazo. La afectada necesitaba que el procedimiento se realizará con rapidez ya que su embarazo, por el riesgo vital que presentaba, no podía seguir evolucionando.
“Empezamos a averiguar en distintas clínicas a llamar por teléfono. Clínica Alemana adherida a objeción de conciencia, Clínica Las Condes adherida a objeción de conciencia.Empezamos a preguntarle a doctores conocidos, nadie sabía nada, nadie me pudo decir para que lado ir, con quien preguntar o con quien averiguar”, expresa la afectada.
Uno de los momentos más difíciles de este procedimiento fue que el bebé de K.B. continuaba creciendo cada día. Incluso recuerda que, en un período, dejó de comer porque, en su desesperación, sentía que todo lo que ingería hacía crecer aún más a su bebé.
Según cifras entregada por el Departamento de Estadísticas e Informe de Salud (DEIS), el número de casos por causal constituidos hasta el 12 de diciembre de 2024, son de 5.635. La causal “inviabilidad fetal”, ha sido la más frecuente con un total de 2.592 casos.
De acuerdo con información del DEIS, la implementación de la Ley IVE “se realiza a través de un modelo de atención integral, que busca entregar atención de calidad a las mujeres que solicitan una interrupción del embarazo por alguna de éstas situaciones: riesgo de la vida de la madre, inviabilidad fetal y embarazo como resultado de una violación”. Sin embargo, esto en algunos de los casos no es así.
Después de pasar días sin saber qué hacer ni a dónde acudir para realizar una interrupción voluntaria del embarazo, K.B. tomó la decisión de ir por su cuenta a una clínica. La médico veterinaria recuerda que, en su desesperación, fue sola hasta la clínica. “Legué mintiendo diciendo que tenía contracciones, cuando llegó le digo que estoy con contracciones, tengo cinco meses de embarazo. Por supuesto me hacen pasar urgente a urgencia ginecológica”, recuerda.
K.B recuerda que a los minutos el doctor de turno entró al box y le preguntó desde cuando estaba con contracciones. En es ese momento en que ella le cuenta la verdad y le explica la situación por la que está pasando.
“Estos comités lo integran, incluso, profesionales que no dicen relación directa o con la patología del feto o con la circunstancia misma. Muchas veces son becados, muchas veces son residentes, son personas que no tienen un amplio campo de acción y que, evidentemente, están subordinados a lo que la autoridad del hospital requiera”, explica Javiera Canales, directora ejecutiva de Corporación Miles Chile.
Ley Dominga
En 2021, fue promulgada la Ley Dominga, normativa que estable un protocolo de atención integral para madres y familias que han sufrido la pérdida gestacional y perinatal.
El objetivo de esta implementación es que todas las instituciones de salud, ya sean privadas o públicas, cuenten con un protocolo en caso de muerte perinatal, con un buen manejo clínico y un acompañamiento psico-emocional para contener a la madre, al padre y al núcleo cercano.
Ley Dominga establece que tanto los hospitales como clínicas deben permitir que los padres y familiares puedan despedirse del bebé de una manera digna y respetuosa. Asimismo, existen normas establecidas para humanizar la pérdida de un recién nacido o la pérdida de un embarazo.
Por ejemplo, la normativa establece que las pacientes que viven este proceso no sean hospitalizadas en las áreas de maternidad de los centros de salud, evitando tener contacto con recién nacidos. También se debe contar con la asistencia médica inmediata y un seguimiento multidisciplinario de matronas, psicólogos y psiquiatras.
Muchas personas creen que esta normativa está directamente relacionada con la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo; sin embargo, no es así.
Lina Córdova, presidenta del Colegio de Matronas y Matrones de Chile, explica que la Ley Dominga surgió a raíz de otra problemática que aquejaba a madres y personas gestantes. “La ley IVE no vino a saldar las deudas que teníamos con lo que hace la Ley Dominga. La Ley IVE es un grupo reducido de mujeres que, dentro de estas tres causales, deciden interrumpir su embarazo, pero tenían la misma atención hospitalaria”, explica la especialista.
Asimismo, la especialista explica que la Ley Dominga, si bien no ha solucionado todos los problemas, ha ido entregando acompañamiento a las mujeres y personas con capacidad de gestar que se ven enfrentadas a esta situación. “Por ejemplo, los diagnósticos que se daban en una primera ecografía, cuando se diagnosticaba que ya este feto ya no tenía latido y que había un aborto o un mortinato, en términos como más de matrona, eso depende de la semana de gestación. Cuando ya se diagnosticaba, muchas veces este diagnóstico, por ejemplo, se recibía sola. Hoy en día se ha incorporado que siempre esté la pareja o el acompañante significativo, acompañando a esas personas con capacidad de gestar y que no sea un diagnóstico que se entregue así como un diagnóstico más”, agrega.
El final del proceso
K.B estuvo alrededor de 8 días hospitalizada mientas el comité médico decidía si realizaba la interrupción de su embarazo. Para ella, estos días fueron uno de los más difíciles ya que vivía en una constante incertidumbre de no saber si es que se realizaría el procedimiento.
Sin embargo, uno de los tantos días en que la médico veterinaria estuvo hospitalizada, uno de los médicos que componían el comité médico se le acercó y le comentó que él realizaría la intervención ya que, según sus palabras, el comité estaba dilatando la situación y se iban a apegar a la objeción de conciencia.
K.B pensó que el procedimiento sería muy parecido a una operación. Con anestesia y lo más rápido posible. Sin embargo, la dilatación de su embarazo y la demora en la toma de decisión hizo que la intervención fuera, básicamente, un parto.
“Eso es una de las cosas más terribles porque no hay plazo. Generalmente con la causal 3 tratan de ser, la causa de violación, tratan de ser más expeditos porque tiene una edad gestacional límite. Pero la causa número 1, número 2, como riesgo de vida de la mujer e inviabilidad fetal extrauterina hemos visto como hay dilatación innecesaria”, explica Canales.
K.B tuvo que pasar por un trabajo de parto. Tal cual un embarazo sano y normal. Para ella, esa fue una de las situaciones más impactantes. Es en este momento donde las pacientes requieren de más acompañamiento y ayuda.
La médico veterinaria recuerda que fue durante este proceso que una de las matronas le sugirió solicitar acompañamiento al programa Dignifica de la Funeraria del Hogar de Cristo y Parque del Recuerdo. Este programa busca brindar una sepultura digna y gratuita a nonatos y a bebés que mueren antes de los 28 días de vida. Asimismo, se les brinda acompañamiento psicológico a las familias.
Para K.B fue una ayuda saber de la existencia de este programa ya que, después de someterse a la interrupción de su embarazo, pudo darle una digna sepultura a su hijo.