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Inédito: Corte Suprema falla a favor de recurso para que empresas no puedan “leer la mente” CULTURA|CIENCIA Créditos: cedida

Inédito: Corte Suprema falla a favor de recurso para que empresas no puedan “leer la mente”

De acuerdo con el exlegislador PPD, Guido Guirardi, quien interpuso el recurso ante la Corte Suprema contra una empresa que trabaja con neurotecnologías en base a la actividad cerebral de los usuarios, “si uno quiere enfrentar el desafío de regular y darle pilotaje democrático al futuro, estamos hablando de otro territorio que es el ciberespacio, que no se rige por las mismas reglas de los Estados de Derechos”.


Durante esta jornada los autores de la Ley de Neuroderechos, entre los que figura el exsenador y vicepresidente ejecutivo de Fundación Encuentros del Futuro, Guido Girardi, dieron a conocer los contenidos del fallo emitido por la Corte Suprema, en respuesta a la acción judicial presentada en contra de la empresa de neurotecnologías “Emotiv”.

El recurso, que fue acogido de manera favorable por la Tercera Sala del máximo órgano jurisdiccional del país, es el primero en ser presentado a nivel mundial en términos legislativos. Así, el dictamen señala que los comportamientos denunciados en concreto infringen “las garantías constitucionales contenidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que se refieren a la integridad física y psíquica y de derecho a la privacidad”, indica.

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Esto, ya que “al comercializarse el producto Insight de la empresa Emotiv sin contar con todas las autorizaciones pertinentes, y no habiendo sido evaluado y estudiado por la autoridad sanitaria a la luz de lo expresado”, expresa el fallo.

El dispositivo en sí opera monitoreando la actividad cerebral del usuario y almacenar esa información en la base de datos de la compañía.

“Esta Ley de Neuroderechos es una propuesta al mundo de un nuevo derecho humano. Si uno quiere enfrentar el desafío de regular y darle pilotaje democrático al futuro, estamos hablando de otro territorio que es el ciberespacio, que no se rige por las mismas reglas de los Estados de Derechos”, destacó el exparlamentario.

“Los DDHH la única creación que tiene un valor universal, donde no importa donde esté el individuo, estos deben ser respetados”, complementó Girardi.

Para el abogado a cargo del caso, Ciro Colombara de Colombara Estrategia Legal, este fallo establece que la empresa Emotiv “violó el derecho a la privacidad mental, se apropió de los neurodatos o información cerebral, ordenó -después de acreditar esta infracción de normas constitucionales- que se borraran todos los datos cerebrales que tenía en su poder, que el Instituto de Salud Pública analizase el caso y determinase si en el futuro esta empresa con su dispositivo va a cautelar o proteger los derechos o no y que lo mismo hiciera el Servicio Nacional de Aduanas.

En tanto, Rafael Yuste, otro de los autores de la Ley de Neuroderechos, director mundial del proyecto BRAIN y neurocientífico de la Universidad de Columbia, sostuvo que lo acontenido en Chile sienta un precendente para otros países, desde donde se observó el proceso desde que se presentó el recurso en abril del año 2022. “Precisamente hace dos semanas tuvimos una reunión en UNESCO, sobre este tema y se habló sobre Chile. Esta Ley ha sido estímulo de reformas constitucionales que están ocurriendo en Brasil y en México”, añadió.

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