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Elecciones 2024: revisa cuándo se conocerá la lista de vocales de mesa DATOS ÚTILES

Elecciones 2024: revisa cuándo se conocerá la lista de vocales de mesa

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La lista de vocales de mesa se publicará el 5 de octubre de 2024, cuando los Secretarios de Juntas Electorales den a conocer las nóminas para las Mesas Receptoras de Sufragios.


Las Elecciones Regionales y Municipales de 2024 se realizarán el 26 y 27 de octubre. Este proceso es obligatorio y servirá para elegir a gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

En esos días, los vocales de mesa, quienes son electores designados por las Juntas Electorales para recibir y contar los votos, desempeñarán un papel crucial.

Cuándo se sabrá la lista de vocales de mesa

La lista de vocales de mesa se publicará el 5 de octubre de 2024, cuando los Secretarios de Juntas Electorales den a conocer las nóminas para las Mesas Receptoras de Sufragios.

Desde esa fecha, los electores podrán verificar si han sido designados como vocales ingresando AQUÍ.

Qué pasa si no puedo ser vocal de mesa

Si eres designado como vocal de mesa y no puedes cumplir con esta responsabilidad, tendrás la opción de presentar una excusa ante la Junta Electoral correspondiente entre el 7 y el 9 de octubre.

Esto es válido si tienes alguna de las causales establecidas en la ley 18.700, que permite a los electores excusarse de esta función.

Razones para presentar excusas si no puedes ser vocal de mesa

Conoce las razones válidas que te permiten solicitar una excusa para no cumplir con la función de vocal de mesa en las elecciones:

  • Estar ausente del país o en una localidad distante a más de 300 kilómetros sin comunicaciones adecuadas, situación que evaluará la Junta Electoral.
  • Desempeñar otras funciones en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, según lo estipulado por la Ley N° 18.700.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Imposibilidad física o mental para ejercer la función, que debe ser respaldada con un certificado médico.
  • Trabajar en establecimientos hospitalarios durante los días de funcionamiento de las Mesas, acreditado con un certificado del director del establecimiento de salud.
  • Gestantes durante el embarazo, con acreditación de un documento del establecimiento de salud o certificado médico. También se incluye al padre o madre de un hijo menor de dos años, con el correspondiente certificado de nacimiento.
  • Cuidadores de adultos mayores o personas con discapacidades, incluyendo quienes laboran en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). La condición de cuidador puede ser acreditada con la credencial correspondiente o documento del Ministerio de Desarrollo Social.
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