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El derecho social a la información y a la libertad de expresión EDITORIAL

El derecho social a la información y a la libertad de expresión

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El ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos y culturales, el fortalecimiento de la identidad y expresiones diversas de la cultura de nuestro país, la transparencia y garantía de la rendición de cuentas de nuestros gobernantes y, fundamentalmente, la libertad de los ciudadanos, dependen en gran medida de la plena vigencia del derecho a la información y la libertad de opinión. De ahí su carácter de derechos supraconstitucionales imprescindibles de consagrar en una nueva Constitución.


Hace unos días el Presidente Sebastián Piñera, en un memorándum hecho público, envió a sus ministros las ideas que él consideraba debían ser el contenido esencial de una Nueva Constitución. Más allá de la simpleza y baja profundidad conceptual de lo estampado por el Primer Mandatario en ese documento, es positivo que finalmente empiecen a explicitarse los planteamientos de los diversos actores sobre lo sustancial del proceso de renovación constitucional que se inicia el próximo mes.

Entre lo dicho por el Jefe de Estado, llama la atención la parquedad con que se refiere a la libertad de expresión. En un par de líneas, manifiesta poca o ninguna preocupación sobre uno de los temas fundamentales para las constituciones modernas, y tal vez uno de los puntos más débiles de nuestro país, como es el acceso expedito a la información veraz por parte de los ciudadanos, y la libertad de opinión y prensa que implica.

Estos aspectos constituyen el fundamento para la exigencia de transparencia en la actuación  de los órganos públicos, y son básicos para el ejercicio del control democrático. Lo que a su vez redunda en una circulación libre y amplia de la información sobre el ejercicio del poder.

El Derecho Social a la Información, como se conoce en las democracias modernas, comprende no solo la circulación libre y sin censura de la información, sino también la exigencia de una garantía efectiva de que las opiniones e ideas que giran en torno a ella sean conocidas y formen parte del debate público democrático, sin discriminaciones ni censuras de ninguna especie.

La UNESCO y un conjunto muy amplio de asociaciones y organismos académicos, como la Coalición ProAcceso y la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA por sus siglas en inglés), han dedicado parte importante de su interés el último tiempo a poner en valor la protección y garantía de acceso de los ciudadanos a la información, además de velar por la integridad de los repositorios y la seguridad de las personas encargadas de su conservación.

Es de triste recordación el hecho de que en los conflictos armados o en el surgimiento de dictaduras o gobiernos autoritarios, las primeras víctimas son la prensa, los periodistas, los libros o los editores y bibliotecarios.

Desde 2015, el 28 de septiembre es reconocido como el Día Internacional del Derecho al Acceso Universal a la Información, por iniciativa de la UNESCO. A su vez, la libertad de información es parte integrante del derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

Sin embargo, no solo se hace lento su reconocimiento práctico en muchas partes, sino que también algunos países pugnan por retroceder a niveles discrecionales y rasgos autoritarios en manos del poder político.

Nuestro país ha sido observado negativamente en materia de libertad de información por la Comisión Relatora del Instituto Interamericano de Derechos Humanos de la OEA, en varias oportunidades, y es recurrentemente mencionado en otras relatorías, y casos específicos, como un Estado discriminatorio en materia de distribución de fondos públicos destinados a comunicación social y publicidad, lo que afecta los derechos civiles y políticos, además de los Derechos Humanos, de los ciudadanos.

La concentración de medios y la alianza de estos con consorcios económicos, generan desequilibrios informativos que acentúan la discrecionalidad y falta de independencia. Lo mismo ocurre con la concentración e inequidad en la distribución de los fondos públicos utilizados para comunicación social, tal como ha quedado demostrado en distintos informes e instancias.

El ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos y culturales, el fortalecimiento de la identidad y expresiones diversas de la cultura de nuestro país, la transparencia y garantía de la rendición de cuentas de nuestros gobernantes y, fundamentalmente, la libertad de los ciudadanos, dependen en gran medida de la plena vigencia del derecho a la información y la libertad de opinión. De ahí su carácter de derechos supraconstitucionales imprescindibles de consagrar en una nueva Constitución.

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