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Enrique Alcalde, pareja de Tere Marinovic, inclina la balanza de la Suprema en favor de Nicolás Ibáñez en polémico proyecto inmobiliario de Valparaíso PAÍS Crédito: ATON

Enrique Alcalde, pareja de Tere Marinovic, inclina la balanza de la Suprema en favor de Nicolás Ibáñez en polémico proyecto inmobiliario de Valparaíso

Cristian Leighton
Por : Cristian Leighton Periodista. Coordinador de Mesa Periodística y Redes Sociales de El Mostrador
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«Un fuerte revés para Jorge Sharp». Esa fue la conclusión a la que se llegó tras conocerse el fallo de la Corte Suprema que rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones porteña, y que en definitiva le da luz verde a los permisos de edificación habitacional y comercial en el parque Pümpin de Valparaíso. El voto que inclinó la balanza en la Tercera Sala del máximo tribunal fue el del abogado integrante Enrique Alcalde, marido de la convencional Teresa Marinovic y conocido como un hombre con grandes vínculos con el mundo privado. A juicio del senador PPD Ricardo Lagos Weber, será “todo un desafío” que el proyecto de Nicolás Ibáñez pueda seguir adelante, dada la fuerte oposición que tiene esta iniciativa, tanto en la comunidad porteña, como también en autoridades locales y políticas. Para Marco Meza, vocero del Movimiento de Defensa del Parque Pümpin, “lo que está en juego es la sustentabilidad medioambiental de la ciudad. Sin exagerar, lo correcto es hablar de un crimen medioambiental” .[ACTUALIZADA]


Catalogado como «un duro golpe para Jorge Sharp» puede considerar el fallo de la Corte Suprema que rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa Inmobiliaria del Puerto SpA en contra del decreto alcaldicio que dejó sin efecto los permisos de edificación de proyecto habitacional y comercial en el parque Pümpin de Valparaíso.

La Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz (voto en contra), Ángela Vivanco, Adelita Ravanales (voto en contra), Mario Carroza y el abogado integrante Enrique Alcalde– consideró que, en el caso concreto, la falta u omisión de publicidad del permiso de edificación, constituye un vicio que no afecta la legalidad del acto administrativo que otorgó la autorización, por lo que el proyecto inmobiliario encabezado por el empresario Nicolás Ibáñez.

Precisamente el voto de Enrique Alcalde es el que inclinó la balanza a favor del proyecto Pümpin. Como adelantó El Mostrador, la aparición de los nombres de Alcalde en el pool de abogados integrantes para la Tercera Sala activó la alarmas en el mundo judicial debido a su cercanía con el mundo privado.

El mismo Jorge Sharp puso el foco en este punto a través de sus redes sociales: “Para tener en cuenta: el voto dirimente en el juicio que la @MunicipioValpo y vecinos sostuvieron con inmobilaria de Nicolás Ibáñez, que podría dar paso a la construcción de 22 edificios, fue el del abogado integrante Enrique Alcalde cónyuge de la constituyente Teresa Marinovic”.

El abogado Alcalde es conocido como un hombre con grandes vínculos con el empresariado, siendo incluso también interviniente del caso Cascada pero por parte de las AFP Hábitat y Provida. Alcalde además es el marido de la activista de ultraderecha y actual convencional, Teresa Marinovic.

A juicio del senador PPD por la zona, Ricardo Lagos Weber, será “todo un desafío” que la inmobiliaria perteneciente al grupo Ibáñez pueda realizar este proyecto, a pesar de contar con la validación legal otorgada por la Corte Suprema, dado la fuerte oposición que tiene ésta iniciativa, tanto en la comunidad porteña, como también en autoridades locales y políticas.

«Si el fallo de la Corte Suprema, que no conocemos en detalle, significa que el proyecto inmobiliario del ex Parque Pümpin cuenta con luz verde desde el punto de vista legal y judicial, va a resultar todo un desafío imaginar cómo se llevaría a cabo dicho proyecto, dada la fuerte oposición que genera en parte importante de la comunidad porteña”, aseguró.

Los fallos de la Corte Suprema

Si bien los fallos aseguran que la Corte Suprema reitera la importancia de la transparencia, «la omisión de publicación, en el caso concreto, constituye un vicio que no afecta la legalidad del acto, sino que genera consecuencias jurídicas diversas, por los siguientes motivos”.

“En primer orden, la omisión de publicación se relaciona con una omisión atribuible a un sujeto preciso y determinado: El Director de Obras Municipales de Valparaíso, funcionario perteneciente a la planta de la propia municipalidad recurrente y que, valga la pena resaltar la obviedad, debe ser considerado como un tercero ajeno a la beneficiaria de la autorización que se cuestiona, Inmobiliaria del Puerto SpA, empresa cuya buena fe, al menos en este aspecto, no ha sido cuestionada por la reclamante”, sostiene el máximo tribunal.

“En segundo orden, como correctamente se identifica en la sentencia recurrida, la omisión de publicación no constituye un vicio que se relaciones con el fondo o substancia de la autorización concedida a la proyectista, puesto que no guarda relación con el cumplimiento de las exigencias necesarias para ejercer una determinada actividad económica que, en el caso de marras, consiste en la construcción de unidades habitacionales en altura. Por el contrario, la publicación consiste en un requisito externo del acto administrativo de cuyo cumplimiento pende la eficacia o ejecutabilidad del acto respecto de terceros”, prosigue.

“Que, así, el efecto de la omisión de publicación del Permiso de Edificación Nº 301/15 consistió en su inoponibilidad a terceros hasta el 7 de julio de 2017, de manera tal que podría concluirse que en la sentencia impugnada se ha errado al insinuar la extemporaneidad de la reclamación de los vecinos de Valparaíso”, advierte la Corte Suprema.

“Sin embargo, tal como se adelantó aquella desviación no vicia el permiso de edificación en sí, como autorización administrativa, al no guardar relación con el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento sino con su ejecución o producción de efectos. Por ello, y atendido que en los restantes capítulos de casación no se acusan como infringidas normas sustantivas atingentes al cumplimiento de los requisitos previstos en la ley para la aprobación del proyecto de construcción y del anteproyecto que le antecedió, incluso de concurrir, el yerro jurídico que aquí se denuncia carecerá de trascendencia para la resolución el asunto, todo por no concurrir un vicio que prive de eficacia general a los actos administrativos impugnados”, concluye.

Lea los fallos completos en este link y en este otro link.

Las críticas de Contraloría

Antes de este fallo de la Corte Suprema, la Contraloría General de la República había emitido en 2018 un dictamen que afectaba directamente al “Parque Pümpin”, en virtud del cual determina que el respectivo permiso de edificación ha caducado por el no inicio de las obras, o paralización de las mismas por un lapso de tiempo superior a tres años, según establece la norma de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Esta resolución llegó a ratificar el oficio dictado por Contraloría Regional de Valparaíso, que dictaminó que las obras realizadas por la inmobiliaria no determinan que la construcción haya comenzado, por lo que el permiso de edificación debería caducar.

“Lo correcto es hablar de un crimen medioambiental”

Para Marco Meza, vocero del Movimiento de Defensa del Parque Pümpin, “los fallos no están a la altura de las circunstancias”. “Nos sentimos apenados con la situación”, confesó a El Mostrador.

“El fallo de la Corte Suprema tiene algo similar con el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (…) La Corte Suprema, cuesta mucho leer los votos en contra del recurso, pero pareciera ser que tiene que ver con que habrían indicado que no se ajustaba a derecho la invalidación que hizo el alcalde respecto de un acto administrativo”.

Meza añadió que se trata del “proyecto inmobiliario, tal vez el más grande que haya entrado en la parte urbana de Valparaíso” y “lo que está en juego es la sustentabilidad medioambiental de la ciudad”. “Sin exagerar, lo correcto es hablar de un crimen medioambiental”, acusó.

“Los fallos no están a la altura de las circunstancias. El gobierno regional el 2019 nos entregó un estudio para nominar esto como monumento nacional, una zona típica. Las últimas tres administraciones y este concejo municipal en particular han votado en forma unánime, ningún concejal se ha restado durante años últimos nueve años en el profundo deseo de que esto se preserve, acompañado de honorables del distrito, consejeros regionales y alcaldes. Hay respaldo político regional y comunal, eso nos da un poco la razón”, añadió.

Pero también hay responsabilidades del Gobierno central, sostiene. “No entiendo por qué el Ministerio de la Vivienda no toma cartas en el asunto.  Y acá hay un estudio de impacto vial que lo quieren asociar al proyecto y la verdad es que es ilegal por donde se mire. Transportes ni se arruga. Hemos visto una podredumbre que asombra”, señala.

En cuanto a los próximos pasos, Meza aseguró que “lo más probable es que tengamos que iniciar requerimientos legales, que en estos 9 años no hemos hecho porque nuestra lucha ha sido puramente administrativa para que la administración pueda rectificarse a sí misma. Vamos a tener que hacer acciones para desencantar a quien pretenda destruir estas zonas que tienen este valor medioambiental”.

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