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Nueva Constitución: ¿y si reforma la ciudadanía? Opinión

Nueva Constitución: ¿y si reforma la ciudadanía?

Gonzalo Delamaza
Por : Gonzalo Delamaza Doctor en Sociología y académico del Centro de Estudios del Desarrollo Regional y Políticas Públicas (CEDER) de la Universidad de Los Lagos
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La propuesta de nueva Constitución contempla mecanismos que le permiten a la ciudadanía plantear reformas a la misma. Junto a la iniciativa presidencial, de las diputadas o los diputados y representantes regionales, se considera la iniciativa popular y la iniciativa indígena (art. 383). Una iniciativa popular deberá ser patrocinada por el 10% del padrón electoral y, con ello, ser sometida a referéndum simultáneamente con la próxima elección (en este caso, en 2025) (art. 385). Si lo que se quiere es reemplazar totalmente la Constitución, también la ciudadanía lo puede hacer. Para ello, un 25% del padrón debe respaldar la iniciativa para llamar a un referéndum y elegir una Asamblea Constituyente (art. 386).


Mucho se habla actualmente acerca de la necesidad de reformar la nueva Constitución una vez aprobada (Plan B) o de hacerlo con la actual si gana el Rechazo (Plan C). Se discute si se requiere un acuerdo político antes o después del plebiscito. ¿Y cuál es la agenda de dichas reformas? Aquella que preocupa a la elite política chilena: la vigencia del Senado, la mantención de la autonomía –endógena– del Poder Judicial, cuánto disminuir el “presidencialismo atenuado” y cómo limitar la autonomía indígena y la descentralización presentes en la nueva Carta Magna son las principales. Lo cierto es que, de hecho y de derecho, el plebiscito solo nos permitirá dar por aprobada o rechazada la propuesta de la Convención Constitucional. En el segundo caso se mantendría la vigencia de la actual Constitución. Si se aprueba después de 32 años una disminución del quorum requerido para reformar, podrá abrirse algo más de espacio para ello en el Congreso.

Pero no hay menciones a las diferencias en cuanto a lo que puede hacer la ciudadanía para reformar en uno u otro caso. Todo parece depender de la voluntad de las fuerzas políticas en el Congreso: ellas dirán cuánto, qué y cuándo reformar. Aquello en contra de lo cual se movilizaron grandes cantidades de personas en 2019 y aquellos que quedaron en minoría en la Convención, volverían a tener la sartén por el mango. Pero ¿es así? Es así, pero solo en caso de que gane el Rechazo, puesto que la actual Constitución no contempla otro mecanismo para reformar que no sean las supramayorías parlamentarias (2/3 o 3/5, según los capítulos). Esta es precisamente una de las diferencias claves con la nueva propuesta.

La propuesta de nueva Constitución, en cambio, contempla mecanismos que le permiten a la ciudadanía plantear reformas a la misma. Junto a la iniciativa presidencial, de las diputadas o los diputados y representantes regionales, se considera la iniciativa popular y la iniciativa indígena (art. 383). Una iniciativa popular deberá ser patrocinada por el 10% del padrón electoral y, con ello, ser sometida a referéndum simultáneamente con la próxima elección (en este caso, en 2025) (art. 385). Si lo que se quiere es reemplazar totalmente la Constitución, también la ciudadanía lo puede hacer. Para ello, un 25% del padrón debe respaldar la iniciativa para llamar a un referéndum y elegir una Asamblea Constituyente (art. 386). Este referéndum sería convocado apenas se presenten las firmas de patrocinio. Por cierto, también el Presidente, con el apoyo de 3/5 de los órganos legislativos, o estos últimos por mayoría de 2/3, pueden llamar a un referéndum para convocar una Asamblea Constituyente. Por último, las reformas requieren del concurso del Presidente y el Legislativo (3/5) y un referéndum sancionatorio. Si el respaldo es de 2/3, no se requiere tal referéndum.

Vale decir que no solamente la nueva Constitución tiene más cantidad y diversidad de opciones para reformar parcial o totalmente su contenido, también contempla la iniciativa ciudadana, la cual permitiría, si así lo queremos, introducir reformas a lo que se apruebe en septiembre. No habría allí ni cocina política a la antigua, ni excesos o incertidumbres que, se dice, traería la nueva Carta. Bastaría con un gran acuerdo ciudadano, lo que no tiene opción alguna en caso de rechazarse la actual propuesta. Es algo digno de tomarse en cuenta.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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