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Masacre de Laja y San Rosendo: condenan a carabineros en retiro por crímenes de trabajadores de la CMPC y campesinos PAÍS

Masacre de Laja y San Rosendo: condenan a carabineros en retiro por crímenes de trabajadores de la CMPC y campesinos

La resolución del ministro Carlos Aldana precisa que que 7 de las 19 víctimas eran empleados de la Planta Papelera CMPC Laja, y fueron detenidos en la puerta de acceso de su lugar de trabajo. Además, se habrían utilizado vehículos de la compañía para el traslado de los detenidos y la fosa donde fueron enterrados los cuerpos fue tapada con cal “de aquella que se utilizaba en la CMPC, la cual habría sido proporcionada por funcionarios de la misma empresa”.


El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó a 9 carabineros en retiro, por su responsabilidad en 19 delitos de homicidio calificado de campesinos y trabajadores forestales de CMPC, empresa de propiedad de la familia Matte, en el marco del denominado caso conocido como “Masacre de Laja-San Rosendo» perpetrado en septiembre de 1973.

En el fallo, el ministro Aldana Fuentes condenó a Alberto Juan Fernández Michell a la pena de presidio perpetuo. En tanto, Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utreras, Víctor Manuel Campos Dávila y Nelson Casanova Salgado fueron condenados a 5 años y un día de presidio como autores de los delitos.

En el caso de Anselmo del Carmen San Martín Navarrete, el ministro en visita lo condenó a 5 años y un día de presidio, como encubridor de los 19 homicidios calificados; y José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos y Manuel Enrique Cerda Robledo a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de encubridores.

En la causa, se decretó la absolución de Alejandro Lionel Aguilera Covarrubias y Rodolfo Román Román, Pedro Luis Jarpa Foerster y René Luis Alberto Urrutia Elgueta.

Los hechos

En la investigación, el ministro Carlos Aldana logró establecer que entre los días 13 y 17 de septiembre de 1973, fecha en que el país se encontraba en estado de sitio, en las comunas de Laja y San Rosendo, fueron detenidas -por personal de la Tenencia de Carabineros de Laja-, sin orden judicial ni administrativa competente y trasladados hasta la referida unidad policial Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.

La resolución precisa que las víctimas Grandón, Gutiérrez, Muñoz, Urra, Riquelme, Villarroel y Muñoz Rodríguez, trabajadores de CMPC, fueron detenidos por Carabineros, entre los días 13 y 14 de septiembre de 1973, en la puerta de acceso-salida de su lugar de trabajo, Planta Papelera CMPC Laja, lugar en que un sujeto mantenía una lista con cada uno de los nombres, sindicando a Carabineros quienes eran cada uno de ellos, facilitando con ello su identificación y detención.

“Que en las mismas fechas y hasta el 17 de septiembre de 1973, las otras personas antes indicadas fueron detenidas y trasladadas en vehículos de la papelera CMPC, los cuales habrían sido facilitados por jefes de dicha empresa para el traslado de los detenidos y conducido por un empleado de CMPC hacia la Tenencia de Laja”, añade el fallo.

La investigación añade que “las referidas personas fueron ingresados en los calabozos de la señalada unidad policial, permaneciendo en ellos hasta la noche del 17 de septiembre de 1973, oportunidad en la que fueron sacados por el personal uniformado y subidos a vehículos que pertenecerían a la Papelera CMPC, para ser, supuestamente, trasladados hasta el Regimiento de la ciudad de Los Ángeles”.

Sin embargo, y mientras iban transitando por la Ruta Q-90 se internaron en el denominado Fundo San Juan, de la comuna de Yumbel, donde el personal de Carabineros de la Tenencia de Laja procedió a fusilarlos y cavaron una fosa de 60 cms. de profundidad donde arrojaron los cuerpos.

“Días después, funcionarios de Carabineros volvieron al sector para tapar los cuerpos con cal, de aquella que se utilizaba en la CMPC, la cual habría sido proporcionada por funcionarios de la misma empresa”, añade la resolución.

En el aspecto civil, el ministro Aldana Fuentes condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $2.580.000.000 (dos mil quinientos ochenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

Vea el fallo completo en el siguiente link.

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