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SVS da un respiro a Enel con reorganización de Enersis pero apunta con el dedo a los directores

SVS da un respiro a Enel con reorganización de Enersis pero apunta con el dedo a los directores

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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La autoridad decidió que operación no es entre relacionadas, eliminando rol de comité de directores, pero recalcó responsabilidad legal de la mesa y «recomendó» que el comité se pronuncie. Hugo Caneo valora la decisión y las AFP la evalúan.


Si la resolución emitida ayer por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), validando que la reorganización del grupo Enersis no constituye una operación entre partes relacionadas, se hubiera replicado en agosto de 2012 a propósito del aumento de capital que en ese momento generó una batalla campal entre la empresa y las AFP, habría sido un descalabro.

Pero ayer, cuando la entidad que dirige Carlos Pavez informó que había decidido calificar la reorganización presentada por Enersis de los negocios de la región –separando a los chilenos del resto de América Latina–, la sensación entre los actores involucrados en el proceso fue de cierta confusión.

Sin embargo, si bien la SVS sorprendió con el oficio que envió al holding eléctrico, al tiempo que la primera impresión que dejó fue que los accionistas minoritarios se verían desprotegidos frente a las decisiones que tome la italiana Enel como controlador de Enersis, lo cierto es que en la práctica la autoridad aseguró gran parte de las medidas para cuidar dichos intereses y, por otro lado, hizo particular hincapié en la responsabilidad del directorio de Enersis respecto de los pasos que ahora deberá dar.

En abril pasado, Enel informó públicamente que había instruido al directorio de Enersis y de sus filiales Endesa y Chilectra, para que evaluaran la posibilidad de iniciar una reestructuración societaria que permitiera simplificar la actual, separando los negocios de Chile respecto del resto de la región.

Las AFP –en particular Habitat y más recientemente Capital– reclamaron ante la SVS, pidiendo que se dictamine si es o no operación entre partes relacionadas y advirtieron del perjuicio que podrían sufrir los minoritarios si ello no ocurría. Esto llevó a recordar la disputa desarrollada en la segunda parte de 2012 entre Enersis y las AFP producto del aumento de capital de US$ 8.000 millones que propuso el grupo y que pretendía tramitarlo sin que se calificara una operación entre partes relacionadas.

Finalmente, la SVS la calificó como relacionada y la existencia de peritos independientes y el rol de los directores no elegidos por el controlador, en particular Rafael Fernández, derivaron en que la operación fuera de US$ 2.000 millones menos, cifras que fue en desmedro de las estimaciones iniciales que había realizado Endesa España.

Enersis volvió a tropezar con una piedra parecida este año, cuando el 22 de abril anunció públicamente la idea de reorganizar sus activos. La SVS ofició de inmediato pidiendo aclaraciones y recién el 18 de mayo la firma consultó a la SVS en forma reservada qué tipo de operación era, duda que ayer quedó resuelta. Frente a la decisión, las AFP tomaron distancia y Habitat solo indicó que analizaría con calma la resolución.

El oficio

La autoridad reveló ayer el oficio que envió a Enersis. En él indica que la reorganización no es operación entre partes relacionadas, pues se trata de divisiones y posteriores fusiones de sociedades dentro de la misma empresa.

Al adoptar tal decisión, en la práctica la SVS dejó al directorio de Enersis, Endesa y Chilectra sin la obligación de que el comité de directores se pronuncie ni la posibilidad de que la misma instancia pida un tercer perito que valorice los activos en juego.

Eso sí, la entidad dirigida por Carlos Pavez deja en claro que tomó la decisión sin saber la “forma” en que planea hacer la reorganización Enersis y solo con los antecedentes que tiene a mano. Es decir, reconoce que decisiones futuras podrían cambiar dependiendo de lo que los italianos vayan revelando en el tiempo.

No obstante, la SVS indicó que la operación es una sola, que requiere de quórum de dos tercios y que les debe entregar toda la información necesaria a los accionistas 15 días antes de que se realice la junta en que se vote la operación.

Pero la señal más fuerte de la referida superintendencia estuvo al apuntar con el dedo a los directores. En varios párrafos del oficio les advierte de su responsabilidad legal, de que siempre deben proteger el interés social de la compañía y no del controlador e, incluso, recomendó que el Comité de directores se pronuncie, algo que es visto en el mercado como una señal clara de que lo haga.

“En consideración a la complejidad de la operación… podrá considerar otras medidas a objeto que los accionistas cuenten con mayores elementos para un adecuado análisis de esta operación, tales como, un pronunciamiento expreso por parte del comité de directores respecto de la ya citada reorganización”, señala el oficio.

En la misma línea, les recordó a los directores que la legislación vigente se funda en el concepto de “interés social” y que ello está protegido por la Ley de Sociedades Anónimas, con un artículo sobre la obligación de velar por los intereses de todos los accionistas y no solo de aquellos que lo eligieron, o el artículo que prohíbe a los directores realizar cualquier actuación que carezca de dicho interés social como el principal u otro que sanciona cualquier acto contrario al mismo.

Ulteriormente, Pavez les advierte que hay obligaciones específicas en la ley, como “informarse plena y documentadamente» de todo lo relacionado con la marcha de la empresa, o “emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios».

“En consideración a las responsabilidades y obligaciones legales aludidas en las letras precedentes, el directorio debe contar con información suficiente, amplia y oportuna al momento de tomar sus decisiones respecto de la ‘reorganización societaria’ en su conjunto, con sus diversas etapas… Dicha información debe fundamentar la propuesta que finalmente será llevada por el directorio a la junta de accionistas llamada a adoptar el acuerdo respectivo, considerando que dicha propuesta sea la más conveniente para el interés social”, indicó en el oficio.

De paso, la SVS dejó en claro a Enersis que no puede olvidarse de lo ocurrido en 2012. Al recordar a la compañía que la propuesta que hará el directorio a la junta de accionistas debe considerar información clave como los términos y condiciones de la reorganización, implicancias o contingencias que pudiese traer aparejadas dicha propuesta, destacando entre ellas temas operaciones y tributarios y, en particular, “si correspondiera, las implicancias respecto del uso de fondos acordado para el aumento de capital efectuado en el año 2012 por la sociedad”.

Junto con ello, la SVS detalló los antecedentes que Enersis y las filiales deben poner a disposición de los accionistas para votar las divisiones de Enersis, Endesa y Chilectra. Entre ellas, información del objetivo y beneficios de las divisiones; informe de cuentas de activo, pasivo y patrimonio de la entidad que será dividida, una columna de ajustes si procede; y los saldos que representen las continuadoras y las nuevas entidades; y una descripción de activos que se asignan y pasivos que se delegan a las nuevas entidades.

También, y a propósito de la posterior fusión de sociedades que queden, deberá revelarse información detallada de sus efectos y beneficios, informes emitidos por peritos independientes sobre el valor estimativo de las entidades que se fusionan, además de las estimaciones de canje de las acciones.

Y como si fuera poco, Pavez les envía un último mensaje a todos los involucrados, como para que no olviden su rol: “(…) esta Superintendencia seguirá examinando y fiscalizando tanto el proceso de reorganización societaria descrito como la labor desempeñada por los directores, peritos y la administración de las entidades intervinientes sujetas a fiscalización”.

Según el ex jefe del área de cumplimiento de mercado de la SVS y hoy director de estudios del Centro de Gobiernos Corporativos de la Universidad de Chile, Hugo Caneo, en principio la decisión de la SVS no implica grandes diferencias con el escenario de que la reorganización hubiese sido calificada como no relacionada y, en cambio, les envía señales claras a Enersis y el grupo controlador.

“El oficio de la SVS lo hace utilizando las disposiciones generales de la Ley de Sociedades Anónimas, que las obligaciones expresas del Título XVI igual sean aplicables, salvo, en lo relevante, el pronunciamiento del comité de directores, el que de todas formas se propone como una medida concreta por el regulador y, por tanto, difícil para el directorio de no seguir. Y todo ello en circunstancias que la SVS condicionó su respuesta de que no se trata de una operación del título XVI por la información específicamente recibida, por lo que puede cambiar esa visión”, precisa.

Igualmente, Caneo considera que la reiterada alusión al rol del directorio “da cuenta de que aun cuando no se trata de operaciones entre partes relacionadas, los directorios igualmente deberán pronunciarse y llevar ese pronunciamiento a las juntas de accionistas, con lo cual buena parte del efecto de que no se le trate como operación relacionada se diluye, dado que la SVS instruye para que los directorios se pronuncien expresa e informadamente”.

Eso sí, el ex hombre clave del Caso Cascadas advierte una ausencia en la decisión de Pavez. “Quizás lo único que se echa de menos del oficio, es que lo anterior no importará que los directores deberán analizar en concreto si se encuentran inhabilitados, por alguna razón, de participar en la formación de las pertinentes decisiones por el directorio. Pero esa es otra obligación general de los directores”, comenta.

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