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Las nuevas regulaciones financieras que descansan en el Congreso y que fueron advertidas por Hacienda en el Chile Day Habrá mayor protección para minoritarios y más responsabilidad de auditoras externas

Las nuevas regulaciones financieras que descansan en el Congreso y que fueron advertidas por Hacienda en el Chile Day

Enrique Elgueta
Por : Enrique Elgueta Periodista y consultor senior en Comsulting.
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Los detalles de la Ley General de Bancos captaron los flashes en el Chile Day celebrado en Londres; sin embargo, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, también deslizó parte de las próximas regulaciones que esperan las finanzas, recogidas por la Comisión Engel. A un año de haberse presentado, el proyecto de ley sobre nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de mercados, espera ser tema de discusión en el Senado una vez aprobada la Comisión de Valores y Seguros.


Pasó casi colada, pero se trata de una regulación que tiene hasta alcances penales. Hace menos de dos semanas, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, explicaba la agenda del Gobierno en materia financiera, en la cual la Ley General de Bancos acaparaba la mayor atención de los asistentes, motivando incluso cierta polémica con el gremio bancario, por diferencias en la norma que prontamente se espera que sea despachada al Congreso para su discusión.

Sin embargo, Valdés se refirió también a otros temas no menos importantes: la prevención de abusos contra accionistas minoritarios, limitar los conflictos de interés al interior de las empresas, así como nuevas responsabilidades y sanciones para los auditores externos, todos cambios legales cuya fiscalización descansaría en la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).

Las anteriores, son medidas que se enmarcan en el proyecto de ley sobre nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de mercados, que recogió las recomendaciones de la Comisión Engel y que, en junio del año pasado, firmó la Presidenta Michelle Bachelet para ser discutido en el Congreso. Hoy está en el Senado y no se espera que sea revisado hasta que la Comisión de Valores y Seguros –organismo que reemplazará a la SVS– sea una realidad.

Se trata de un proyecto que introduce cambios importantes y que tiene alcances penales. Por un lado, se busca perfeccionar los mecanismos destinados a evitar abusos a los accionistas minoritarios, más allá de los avances que significó la ley de OPAs; también, profundizar los mecanismos que limiten los conflictos de interés al interior de las empresas; y, complementariamente, incorporar más regulaciones que precisen las responsabilidades de las empresas de auditoría externa, así como nuevas sanciones cuando estas emitan opiniones falsas sobre la situación financiera de algún cliente.

En palabras de Bachelet, “los distintos casos emblemáticos que han salido a la luz pública en los últimos años evidencian que el solo fortalecimiento de la supervisión del mercado no es suficiente, por lo que resulta impostergable avanzar en temas de transparencia en el manejo de los negocios, con el objeto de mantener la confianza de los inversionistas en nuestro mercado de capitales (…). Se identificaron ciertas debilidades de nuestro sistema, las que se intentan mitigar a través de este proyecto de ley”.

Condena para quien le mienta al directorio

El artículo 59 de la Ley de Mercado de Valores considera una serie de supuestos que pueden ser sancionados con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años) a presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años). Entre estos figuran, por ejemplo, los que maliciosamente proporcionaren antecedentes falsos o certificaren hechos falsos a la Superintendencia, a una bolsa de valores o al público en general; o los corredores de bolsa y agentes de valores que den certificaciones falsas sobre las operaciones en que hubieren intervenido; entre otros.

Ahora, no obstante, se incorporan otros supuestos, ya que el proyecto considera que también pueden ser condenados aquellos que hagan entrega de información maliciosamente falsa al directorio de una compañía o a un órgano de administración de un emisor de valores de oferta pública, así como a una empresa de auditoría externa o clasificadora de riesgo, por parte de los directores, administradores, gerentes o ejecutivos principales de ese emisor.

Casos como la colusión de CMPC o las platas políticas que afectan a SQM, habrían significado una responsabilidad penal por parte de ejecutivos o gerentes que en la actualidad no existen en lo que se refiere a la información que estos entregan a los directorios.

El proyecto de ley también introduce modificaciones sobre las cuales ya ha venido avanzando la Superintendencia, pues se espera que quienes realicen recomendaciones de inversión expliciten sus conflictos de interés, así como sus conocimientos o experiencia en temas de inversión.

Más responsabilidad de auditoras externas

En lo que respecta a las empresas de auditoría externa, las recomendaciones de la Comisión Engel que recoge el proyecto de ley de Bachelet incorporan perfeccionamientos que apuntan a una mayor eficacia y eficiencia en el control de estas compañías.

El proyecto precisa que la “responsabilidad penal por dictaminar falsamente sobre la situación financiera de la entidad sujeta a fiscalización es tanto respecto a los empleados como los socios de empresas de auditoría externa, que hubieren participado directamente en la auditoría. Igualmente se amplía la hipótesis de sanción a aquellos casos en que se entreguen antecedentes falsos”.

En la actualidad, el mismo artículo 59 de la Ley de Mercado de Valores señala condena en términos generales a contadores y auditores que dictaminen falsamente sobre la situación financiera de una sociedad, sin hacer hincapié en empleados o socios.

Quizás uno de los cambios más relevantes en esta materia dice relación con el campo de acción de las auditoras, pues se espera que la función de estas compañías no se limite a la mera revisión de la razonabilidad de los balances, sino que se introduce una cláusula abierta que les permitiría “ampliar sus ámbitos de certificación más allá de los estados financieros de las compañías que auditan”.

Mayor protección para minoritarios

El señalado proyecto también busca establecer una regulación más estricta en lo que se refiere a operaciones entre partes relacionadas (OPR), una cuestión sobre la cual Enersis ha hecho bastante noticia en el último tiempo, considerando los movimientos societarios que ha realizado con oposición de algunos accionistas minoritarios como las AFP.

En este caso, el proyecto hace a los directores responsables solidarios por los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas, cuando se aprueben operaciones de este tipo. Al mismo tiempo, se establece que los accionistas minoritarios tendrán derecho a retiro en caso de aprobarse, por la junta de accionistas, OPR que consideren lesivas para sus intereses.

De haber existido dicha ley, administradoras como Habitat habrían podido ejercer su derecho a retiro cuando los accionistas de Enersis aprobaron la separación de negocios entre Chile y el resto de Latinoamérica.

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