Publicidad

A propósito de la tarjetas de crédito, nuevamente se les olvidó contar toda la historia al diario del Grupo Saieh


«La Corte Suprema y las comisiones de tarjetas de crédito» fue el tituló de la editorial de La Tercera del miércoles.

Y al leerla da la impresión que no le gustó mucho al señor Alvaro Saieh, dueño del diario.

En la opinión de La Tercera, el fallo emitido por el tribunal «está basado en argumentos muy cuestionables, cuyo alcance podría terminar dañando a los consumidores.»

Dice que las repercusiones políticas del fallo no han permitido un análisis ponderado de su mérito y fundamentos, que resulta imprescindible realizar por los efectos perjudiciales que puede tener sobre esa industria, tanto del comercio como de la banca y los propios consumidores».

La editorial continua diciendo que «extraña que la corte haya considerado correcta la posición del Sernac, basándose en que regirían las normas generales de la ley de protección al consumidor, cuando existía una regulación especial sobre la emisión de las mencionadas tarjetas, debiendo recordarse que la ley sólo extendió la protección al consumidor en 2011, a través de la iniciativa conocida como Sernac Financiero. Si bastaba la legislación preexistente, no se comprende la necesidad de dictar esta última. En ese sentido, sorprende que el fallo declare como abusiva otra cláusula del contrato, porque con posterioridad fue expresamente prohibida en el Sernac Financiero, en circunstancias que la conclusión correcta parece ser la inversa: que mientras no fue prohibida se entendía válida».

Ademas, en la opinión del diario, la sentencia de la Corte Suprema tiene «tres aspectos muy perjudiciales», uno de ellos el que «al ordenar al emisor restituir las comisiones, en la práctica ha castigado con efecto retroactivo a quien actuó según  la ley vigente y al criterio que a esa fecha sustentaban la autoridad y los tribunales».

La editorial concluye diciendo en este caso, la Corte Suprema «extendió la protección al consumidor más allá de lo previsto, sin reparar en que los agentes privados fueron sometidos a contradicciones de dos entes públicos (Sernac y SBIF), de modo que no podían tener certeza del actuar correcto, y se inclinó por una interpretación que dificulta severamente la operación de un servicio que ha beneficiado el acceso al crédito. Dificultarlo innecesariamente sólo desprotegerá al consumidor».

Mas allá de que hay varias imprecisiones en el argumento, la principal quizás es que la circular a que se refiere fue posterior a la falta sobre la cual falló la Suprema, a la editorial se le olvidó mencionar que el señor Saieh y su grupo de empresas son partes interesadas en el caso: El fallo tiene un impacto directo en su negocio bancario (Corpbanca) y de retail (tarjeta SMU), quizás habría sido importante mencionarlo como una nota de la redacción.

N.deR.

El abogado de Conadecus en el caso contra Cencosud es miembro del directorio del Grupo Editorial El Mostrador

Publicidad

Tendencias