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Polémica circular del SII podría hacer tributar por reinversiones de utilidades de 2013

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Iván Weissman S
Por : Iván Weissman S Editor El Mostrador Semanal
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Una fuerte preocupación ha generado en el ambiente empresarial y en expertos tributarios, la circular N°13 del Servicio de Impuestos Internos (SII) emitida los últimos días del gobierno de Sebastián Piñera bajo el mandato del ahora ex director del servicio, Alejandro Burr.

Esta normativa, por su carácter retroactivo, podría hacer tributar por reinversiones de utilidades realizadas en el año 2013 y en los primeros dos meses del actual ejercicio, a personas naturales, nacionales y extranjeras, y a empresas extranjeras que efectúan retiros desde sociedades de personas para reinvertirlas en otras sociedades de personas o anónimas.

Quienes han estudiado el texto plantean que habría un efecto “cuantioso” por el cambio de criterio interpretativo que introdujo el SII por medio de esta circular.

De acuerdo a la ley tributaria chilena, el retiro de utilidades para reinversión permite que si una persona quiere sacar plata o bienes de una sociedad para invertirla en otra, puede suspender la tributación correspondiente en su impuesto global complementario (o impuesto adicional tratándose de los no residentes en Chile). Sólo cuando las retire de esta nueva sociedad serán tributables. Este mecanismo busca incentivar que las utilidades se reinviertan en las empresas y no sean retiradas para el consumo.

Para que eso sea efectivo, la legislación establece que en un plazo de 20 días se tiene que realizar el aporte de tales dineros o bienes en la nueva sociedad. Si se pasa de ese plazo, estos montos quedan sujetos al impuesto global complementario.

Hasta ahora, el SII había establecido en sus instrucciones que la respectiva modificación social (escritura pública de aumento de capital) que debe acompañar a cada una de estas operaciones podía hacerse con posterioridad a los 20 días, sin un plazo definido, siendo lo relevante el aporte material dentro del referido tiempo.

CAMBIO DE CRITERIO

La mencionada circular N° 13 viene a cambiar este criterio. El documento, que fue firmado el siete de este mes por Burr -a sólo cuatro días del cambio de gobierno-, se ampara en la Ley de la Reforma Tributaria (N° 20.630) que llevó a cabo la administración Piñera en 2012 . Si bien ésta no hizo ninguna modificación o ajuste a la normativa que regula los retiros para reinvertir, sí derogó ciertas disposiciones que tuvieron incidencia en dicha materia.

En específico, según el SII, la derogación del artículo 41, N°9, inciso 2°, conlleva que para que opere el mecanismo de la reinversión que permite no tributar por dichos recursos, sea necesario que se efectúe materialmente la modificación social también dentro del plazo de 20 días establecido en la ley para el aporte material. De no ser así, se generará la obligación tributaria de pagar impuestos sobre los retiros reinvertidos en cuestión.

El artículo derogado, referido a corrección monetaria, hizo que se modificara el concepto de “haberes del socio”, con lo cual para que exista un “aporte” efectivo, se requiere el respectivo cambio social.

El SII estableció que este nuevo criterio de 20 días para la entrega de la escritura de aumento de capital se aplicará desde el 1 de enero de 2013. De esta manera, todos quienes efectuaron retiros para reinvertir a contar de incios del año pasado, caen dentro de la nueva interpretación.

Dado lo anterior, en el marco de la declaración anual de impuestos que se realiza en la Operación Renta de abril, los inversionistas que declararon retiros para reinvertir, pero que no presentaron las escrituras dentro de los 20 días que fija ahora el SII, tendrían que pagar los correspondientes tributos, los que pueden llegar a ser hasta un 40% del global complementario.

CRÍTICAS

A juicio de los expertos tributarios, el mayor problema de esta normativa del SII es el efecto retroactivo que tiene, al establecer su vigencia desde principios del año pasado y no desde que fue dictada en adelante.

Según explica el abogado Juan Pablo Cabello, del estudio Cabello, Letonja & Cía., la ley no exige que la modificación social se realice dentro del plazo de 20 días, sino que el “aporte” se debe materializar dentro de dicho plazo. Más aún, así lo había reconocido reiteradamente el SII en sus instrucciones.

De acuerdo a su visión, “lo importante es que la contabilidad y los registros tributarios sean consistentes. Por ejemplo, si sale el dinero de la sociedad 1, debe quedar contablemente registrado como retiro de utilidades, se reinvertía en la sociedad 2, y ahí se registraba el ingreso de la caja contra una cuenta de patrimonio denominada “aporte por capitalizar”, se reconocía el traspaso del FUT de la sociedad 1 a la sociedad 2, y finalmente se emitía una declaración jurada en marzo del año siguiente. Cumpliendo con todo ese procedimiento, estaba perfecto”.

Puntualiza, además, que no cabe duda que durante 2013 se hicieron retiros para reinvertir de sumas muy elevadas, por cientos y miles de millones, los que se pueden ver afectados con esta aplicación retroactiva del cambio de criterio: “Estamos hablando que los retiros para reinvertir no sólo son aplicables a las personas naturales en Chile, sino también a personas y empresas extranjeras. Estamos hablando de cuantías muy relevantes”.

Además, comenta que aparte de los reparos técnicos a la interpretación del SII, “claramente no parece prudente el tratamiento que se le está dando” a la ley de 2012 y no corresponde que se aplique desde el 1 de enero de 2013.

Comparte esta apreciación el abogado Franco Brzovic, del estudio jurídico Pérez Donoso. Para él, “el problema de fondo está en que se aplica con efecto retroactivo y no desde el momento que se dicta la circular, y eso hay que resolverlo de alguna manera”. Asimismo, añade, esta circular “es una interpretación equivocada” del SII.

El jurista acota que si ella se mantiene por parte del organismo, se llevará a global complementario “todos los retiros desde el 1 de enero de 2013, que son millones de millones, y le puede significar 40% de impuestos a las personas”.

¿SOLUCIÓN?

Debido a los efectos perjudiciales que implicaría acatar tal cual está la circular por parte de los involucrados, el abogado Cabello considera necesario que el SII emita una instrucción aclaratoria respecto a este punto y rectifique el criterio.

De no mediar esto, asegura, podría originarse una “estampida” de recursos ante los Tribunales Tributarios para que sea este organismo el que resuelva las discrepancias que se generen en tal sentido entre los contribuyentes y el Servicio de Impuestos Internos.

Consultados al respecto tanto el SII como su ex director Alejandro Burr, ambos declinaron referirse al tema.

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