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Temporeras: tensiones y desigualdades frente al cuidado infantil

Angélica Willson
Por : Angélica Willson Licenciada en Antropología Social. Observatorio Género y Equidad.
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El modelo de flexibilidad laboral ha facilitado la aplicación y abuso de mecanismos de contratación y formas de pago flexibles legalmente establecidas, dentro de las cuales destacan: uso excesivo de contratos por faena.


En la actualidad, la forma de producción agrícola ha modificado la estructura tradicional del mercado laboral del sector agrario, generando un incremento de la demanda de fuerza de trabajo en las temporadas de cosecha y embalaje y un aumento sostenido de la participación de las mujeres en el empleo agrícola, proceso que ha venido acompañado de la instalación de mecanismos de flexibilización, subcontratación e intermediación laboral con alto impacto en las condiciones de vida de mujeres  que trabajan en este sector de la economía nacional. El empleo adquiere un carácter estacional y/o temporal en detrimento del trabajo estable y con salario permanente.

Durante la temporada agrícola una mujer trabajadora puede establecer una relación contractual con uno o más empleadores y rotar en distintas faenas en predio o packing, dependiendo del ciclo agrícola y estacionalidad de la variedad de cultivos predominante en cada zona geográfica en que ésta se desarrolla.

[cita]El modelo de flexibilidad laboral ha facilitado la aplicación y abuso de mecanismos de contratación y formas de pago flexibles legalmente establecidas, dentro de las cuales destacan: uso excesivo de contratos por faena.[/cita]

El modelo de flexibilidad laboral ha facilitado la aplicación y abuso de mecanismos de contratación y formas de pago flexibles legalmente establecidas, dentro de las cuales destacan: uso excesivo de contratos por faena y la extensión del sistema de pago “a trato”, que consiste en el cálculo de las remuneraciones por unidad de trabajo realizado, es decir por caja embalada o cantidad de fruta cosechada y por tanto, desaparece el derecho a “semana corrida” y se reemplaza por el concepto de “día trabajado, día pagado”. Esta forma de empleo exige un gran esfuerzo de parte de las mujeres que las llevan a extender la jornada diaria, disminuir los tiempos de descanso durante las faenas y auto exigirse metas de productividad  a través de la aceleración de los ritmos de trabajo a fin de obtener un salario que permita solventar la manutención familiar durante los períodos de cesantía y por tanto, proyectar sus gastos en función de los ingresos obtenidos durante la temporada  de mayor intensidad de la actividad agrícola.

El aumento sostenido de la participación de las mujeres en el empleo temporal no se está dando bajo condiciones de resguardo y seguridad, que permitan establecer una relación más equilibrada entre derechos laborales, derechos al cuidado y protección social, como elementos indispensables para superar situaciones de exclusión social y de género. Las tensiones que se desprenden de la relación entre vida familiar y laboral y en particular, las relativas al cuidado infantil aún permanecen como un campo de preocupación no resuelto. Porque por un lado, se han mantenido prácticamente inalteradas las normas relativas a la división sexual del trabajo reproductivo y doméstico, lo cual significa que el cuidado de los hijos/as se sigue manteniendo como un ámbito de responsabilidad exclusiva de las mujeres y por otro, se agrega la baja densidad de las políticas públicas y la escasa o casi nula participación del sector empresarial en el cumplimiento de normas relativas a cuidado infantil.

La Encuesta CASEN 2006 (MIDEPLAN),  estimó que dentro del universo de temporeras agrícolas se registra un total de 66.168 hijos/as menores de doce años. Al comparar estas cifras con la cobertura de la política pública focalizada hacia este sector de mujeres, podemos observar que alcanza a sólo un 22%. Por su parte, la Encuesta Laboral (ENCLA) 2006, de la Dirección del Trabajo, muestra una disminución sostenida del porcentaje de empresas que contrata a veinte o más trabajadoras, lo cual constituye un obstáculo para el acceso de las mujeres al derecho a sala cuna.

En 1998 el 21,1% de las empresas a nivel nacional contrataban más de veinte mujeres, mientras que en el 2006 esta cifra disminuye a sólo 12,9%. ¿Cómo se explica entonces, que frente al aumento sostenido de la participación de las mujeres en el empleo, el sector empresarial diluya su responsabilidad en materia de cuidado infantil? La respuesta es evidente, los empresarios utilizan distintas figuras jurídicas para contratar a su personal y a través de este mecanismo es relativamente fácil eludir tales responsabilidades. Esto significa que en el caso de las mujeres temporeras, ellas deben desplegar múltiples estrategias para enfrentar el cuidado de sus hijos/as menores durante los períodos de actividad laboral intensiva, generando una serie de tensiones en la vida cotidiana de las temporeras que enfrentan las responsabilidades laborales y familiares a través de redes de parentesco, vecinales, la tutela de la hija mayor y/o el uso de sistemas informales de cuidado pagado, que conllevan costos económicos y emocionales que recaen en las propias mujeres.

El trabajo de las mujeres temporeras en el sector de la agro exportación adquiere una gran versatilidad, dada la gran diversidad de labores que desempeñan en los huertos o en los packings, tales como poda, desbrote, deshoje, amarre, siembra, raleo, cosecha, limpieza, selección, embalaje, timbrado, entre otras. En general, las temporeras  realizan tareas y faenas no  calificadas y  actualmente se observa  una tendencia  a  la incursión—cada vez más sostenida— en faenas tradicionalmente de dominio masculino tales como poda, amarre, desbrote, demostrando un desempeño igual o superior al que realizan los hombres temporeros, lo cual plantea un tremendo desafío en términos de profundizar los debates en torno a la relación entre trabajo remunerado y no remunerado a partir de la incorporación de nuevas nociones en torno al trabajo, que posibiliten la puesta en valor de una actividad que ha permanecido subvalorada y excluida de las lógicas monetarias sobre la cual se sustentan tales distinciones.

También es preciso hacer una revisión y profundizar los debates en torno a la construcción de conceptos y enfoques como los de “conciliación entre vida laboral y familiar” en tanto imagen idílica de “conciliación de roles”, en la medida que ésta contrasta con las vivencias cotidianas de las mujeres durante los períodos álgidos de empleo productivo, donde están sometidas a tensiones, angustias y arreglos precarios para enfrentar de manera paralela las altas demandas derivadas del trabajo asalariado y el trabajo doméstico y de cuidado. Construir una sociedad más justa y equitativa no es una tarea fácil, requiere de un ejercicio permanente y sostenido que permita evidenciar los impactos diferenciales derivados de su mayor participación en el trabajo remunerado, de allí la importancia de analizar no sólo el aumento de la participación femenina en el empleo, sino en cuáles son sus condiciones de trabajo y de qué manera se transforman las relaciones laborales y los anclajes tradicionales que impiden el establecimiento de relaciones de género más justas  y equitativas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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