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No grabarás, no fotografiarás, no contarás: puedes ir a la cárcel

Claudia Lagos Lira
Por : Claudia Lagos Lira Coordinadora Programa de Libertad de Expresión, Instituto de la Comunicación e Imagen, Universidad de Chile.
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Desde hace un par de años a esta parte, además, por distintas vías, las autoridades policiales y administrativas han restringido y/o sancionado la labor informativa en La Araucanía, expulsando a documentalistas extranjeros, incautando material gráfico y audiovisual, etc.


Para qué insistir en algo que es obvio: a diferencia de otros países latinoamericanos, la muerte no respira en la nuca de los periodistas chilenos, afortunadamente.

Eso no quita, sin embargo, que reiteremos la indignación frente a normativas que aún padecemos y que violan los estándares internacionales en materia de derechos humanos y de libertad de expresión. Del mismo modo, cómo interpretan y ejecutan los operadores penales estas normativas son arbitrarias y restringen tanto la labor de reportear como el derecho de la sociedad a estar informados.

El fin de semana recién pasado fuimos testigos de varios hechos que refuerzan lo anterior. El epílogo de la romería al Cementerio General para rendir tributo a los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos durante la dictadura pasada estuvo marcado por agresiones de encapuchados a móviles de prensa, camarógrafos y equipos periodísticos en general. Tanto la fiscalía, como Carabineros y el mismo gobierno, han exigido investigar los hechos y detener y sancionar a los responsables.

[cita]Desde hace un par de años a esta parte, además, por distintas vías, las autoridades policiales y administrativas han restringido y/o sancionado la labor informativa en La Araucanía, expulsando a documentalistas extranjeros, incautando material gráfico y audiovisual, etc.[/cita]

Al mismo tiempo que ocurrían estos hechos, Marcelo Garay, reportero de radio Nuevo Mundo y del periódico El Ciudadano, era detenido cuando salía de su casa para dirigirse a cubrir la marcha. Efectivos de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE) de la PDI lo detuvo por una orden pendiente del Ministerio Público que lo acusa de tomar fotografías en un predio en Padre Las Casas, en mayo de 2009 cuando se encontraba reporteando en la Comunidad Autónoma Juan Quintremil. En esa ocasión, Fuerzas Especiales de la policía lo detuvieron en un terreno ocupado por la forestal Masisa y le requisaron su cámara: Garay alegó que “no había ningún aviso de impedimento ni cercas que dieran aviso de que fuera zona prohibida”.

El fin de semana, Marcelo Garay fue trasladado desde Santiago a Temuco por personal de Gendarmería, donde este domingo la fiscalía lo formalizó por infracción al artículo 161-A del Código Penal, que sanciona a quien grabe, por cualquier medio, sin consentimiento de los afectados, en lugares privados. El ministerio público está solicitando 200 días de presidio para el periodista y una multa de casi 2 millones de pesos. Garay rechazó la posibilidad de un procedimiento simplificado y enfrentará un juicio oral.

La mentada norma, conocida como Ley Otero debido a que su impulsor fue el ex senador de Renovación, Miguel Otero, tiene en su origen buenas intenciones: se propuso y aprobó a principios de los ’90, luego del llamado Piñeragate, y buscaba protegernos de las escuchas ilegales de los servicios de inteligencia de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, desde entonces hasta ahora, se ha utilizado exclusivamente contra los periodistas.

Este caso en particular tiene otras agravantes que no pueden dejarnos indiferentes: la pena solicitada es mayor que la que recibió el equipo de Chilevisión que grabó al juez Daniel Calvo en su despacho de la Corte y se da en el marco de la cobertura al llamado conflicto mapuche. De hecho, periodistas de La Araucanía han desistido de cubrir ciertas aristas del asunto debido a que han sido insistentemente citados a declarar ante la fiscalía para revelar sus fuentes informativas. Desde hace un par de años a esta parte, además, por distintas vías, las autoridades policiales y administrativas han restringido y/o sancionado la labor informativa en La Araucanía, expulsando a documentalistas extranjeros, incautando material gráfico y audiovisual, etc.

El 161-A es una norma legal que penaliza la labor informativa de manera desproporcionada e ilegítima. Los equipos que realizan investigación periodística audiovisual duplican y triplican sus precauciones (e, incluso, restricciones) debido a este articulado del Código Penal.

El próximo año se cumplirá una década desde que se promulgara la ley de prensa. Dicha normativa anuló la ley de abusos de publicidad (LAP), vigente hasta entonces, pero que tenía una gracia: entre sus disposiciones, había una que bloqueaba el uso del 161-A. Al derogar la LAP, el mentado artículo quedó otra vez suelto y sin bozal. El gobierno de Lagos se comprometió a tramitar una reforma express que permitiera derogarlo, lo que hasta ahora no ha sucedido. La administración Bachelet trabajó un anteproyecto de ley que reformaba este artículo. Es indispensable que el actual gobierno reflote dichos esfuerzos.

Insistimos en los tres criterios que deben animar la revisión de estas normativas: 1) despenalizar los llamados delitos de opinión e información, ya que su penalización inhibe la fiscalización por parte de la prensa; 2) no se deben confundir las dimensiones judiciales con las éticas; y 3) deben considerarse los criterios de dolo o real malicia: cualquier normativa en este sentido debe ser suficientemente precisa para diferenciar donde haya dolo (real malicia) en la generación y difusión de información errada o derechamente falsa.

Mientras, reporteros de medios grandes o pequeños, freelance o dependientes, sin importar el tipo de soporte y ni la región en que se desempeñen, seguirán muchas veces trabajando al borde de la legalidad en la medida en que ésta no es coherente con el derecho a la libertad de expresión, tanto en su dimensión individual (porque están expuestos a sanciones penales por labores informativas) como colectiva (ya que la sociedad ve restringido su derecho a estar informada).

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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