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La fotocopia de los libros, ¿es un delito?

Jorge Aillapán Quinteros
Por : Jorge Aillapán Quinteros Abogado. Docente propiedad intelectual, Universidad Central. Columnista de El Quinto Poder.
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¿Por qué criminalizar la fotocopia de libros? Lamentablemente, esta tendencia proviene del enfrentamiento entre el derecho de autor versus el libre acceso al conocimiento, posiciones que han devenido en irreconciliables, básicamente, por la intolerancia de las empresas titulares de derechos. Parece un comentario destemplado, pero es que –en honor a la verdad– estas empresas, al reivindicar la legítima explotación de sus obras, olvidan el justo equilibrio que debe primar entre sus intereses y el efectivo acceso al conocimiento por parte de la población


Me atrevería a decir que entre los consumidores de fotocopias –estudiantes, profesores, padres o apoderados– nadie cuestiona su licitud. De ahí que sorprenda lo ocurrido en Uruguay hace algunos días: la policía allanó 15 locales de fotocopias, ubicados frente a la Facultad de Derecho de la Universidad la República, y detuvo a 32 personas. Pero ojo, que no se trataba de imprentas ilegales o de un negocio furtivo, no; eran las típicas fotocopiadoras que reconocemos en cada universidad o colegio; de hecho, entre los 32 detenidos figuraban estudiantes que en ese momento habían ido a retirar sus copias.

En Chile el uso o abuso de la fotocopia es un debate pendiente, pese a existir señales de conflictividad como, por ejemplo, en la exigencia de algunos profesores universitarios de permitir sólo libros originales en sus clases o advertencias del tipo “La fotocopia de libros es un delito. Ley 17.336”, que es posible encontrar en algunas obras. De hecho, la primera licencia reprográfica chilena es de reciente data.

Desde ya debemos prevenir que criminalizar a priori el uso de la fotocopia es una exageración. Y, claro, cuando hablamos de fotocopiar libros nos referimos al cotidiano fenómeno que permite la transmisión del conocimiento en el ámbito educacional, situación absolutamente distinta del “pirateo” de obras, esto es, aquella conducta parasitaria realizada por personas o mafias dedicadas a la reproducción ilegal de grandes cantidades de libros y que, efectivamente, compiten en el mercado con la obra original.

[cita]¿Por qué criminalizar la fotocopia de libros? Lamentablemente, esta tendencia proviene del enfrentamiento entre el derecho de autor versus el libre acceso al conocimiento, posiciones que han devenido en irreconciliables, básicamente, por la intolerancia de las empresas titulares de derechos. Parece un comentario destemplado, pero es que –en honor a la verdad– estas empresas, al reivindicar la legítima explotación de sus obras, olvidan el justo equilibrio que debe primar entre sus intereses y el efectivo acceso al conocimiento por parte de la población[/cita]

La tendencia a proscribir el uso de las fotocopias, en el contexto indicado, da cuenta de una política hegemónica desarrollada por la industria editorial que, al no poder controlar la reproducción de sus propias obras, ha justificado un discurso represivo y elitista:

1.- Porque –implícitamente– reclaman el control y gestión del catálogo universal de obras vigentes, olvidando que podemos reproducir, gratuitamente, las obras que ya pasaron al dominio público y todas aquellas en que sus titulares nos autorizan expresamente.

2.- En el caso chileno, nuestra ley 17.336, sobre propiedad intelectual, autoriza diversos usos libres y gratuitos de obras en su título III sobre “limitaciones y excepciones al derecho de autor y derechos conexos”, por lo que no siempre la fotocopia de libros será delito, tal como se plantea.

Entonces, ¿por qué criminalizar la fotocopia de libros? Lamentablemente, esta tendencia proviene del enfrentamiento entre el derecho de autor versus el libre acceso al conocimiento, posiciones que han devenido en irreconciliables, básicamente, por la intolerancia de las empresas titulares de derechos. Parece un comentario destemplado, pero es que –en honor a la verdad– estas empresas, al reivindicar la legítima explotación de sus obras, olvidan el justo equilibrio que debe primar entre sus intereses y el efectivo acceso al conocimiento por parte de la población, justo equilibrio que nuestra ley 17.336 fomenta a través de estas excepciones al derecho de autor, una de cuyas expresiones concretas es, precisamente, la posibilidad de fotocopiar libros.

Pese a los recientes cambios a nuestra ley de propiedad intelectual, se avizora conflictividad respecto a la reproducción libre y gratuita de libros en Chile, más aún en un contexto digital y globalizado. Es de esperar que, al momento de adoptar políticas públicas al respecto, se tengan en cuenta y se equilibren los diversos intereses involucrados: el de los titulares de derechos –y la debida compensación que han de recibir en estos casos– y, por otra parte, el interés público de la comunidad, en aras de proteger el libre acceso al conocimiento, sobre todo considerando el altísimo costo de la educación en nuestro país.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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