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La Pedagogía del garrote

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Rosario Puga y Raúl Zarzuri
Por : Rosario Puga y Raúl Zarzuri Centro de Estudios Socioculturales (CESC)
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Algo está muy mal si aspiramos a que nuestras instituciones educativas sean dirigidas como regimientos. Si despojamos a la comunidad de mecanismos de participación e invalidamos acuerdos que armonicen derechos que pueden ponerse en conflicto, esto supone decir que la democracia es un imposible y, como tal, no vale ningún tipo de educación cívica –educación para la democracia sería un mejor concepto– que pueda implementarse como quiere el Ministerio de Educación, porque no será creíble.


Una cosa que queda clara a propósito del fallo de la Corte de Apelaciones que sentencia que los estudiantes del Instituto Nacional no pueden convocar y someter a deliberación la opción de paralizar sus actividades, es que la legalidad no debe mantenerse alejada del sentido común. Analizando desde esta perspectiva el fallo, la situación es grave y perturbadora. Más aún cuando radica en la autoridad comunal la obligación de hacer cumplir la decisión judicial sin poder generar normas administrativas para el manejo de eventuales conflictos.

En concreto, la resolución de la Corte de Apelaciones ordena que los estudiantes del Instituto Nacional deberán abstenerse de organizar o llamar a votaciones sobre tomas y paralizaciones, dejando sin efecto el «Protocolo» suscrito por la Dirección de Educación Municipal de la Municipalidad de Santiago y los estudiantes, debiendo además la autoridad edilicia y todo otro órgano municipal abstenerse de firmar cualquier documento que fije condiciones o requisitos para la procedencia y mantenimiento de tomas o paralizaciones.

El fallo además obliga a la alcaldesa Carolina Tohá a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley General de Educación, en cuanto a «garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar», lo que implica mantener al establecimiento educacional en funciones y en condiciones tales que no afecten la continuidad de las actividades escolares correspondientes al presente año escolar 2014.

[cita] Algo está muy mal si aspiramos a que nuestras instituciones educativas sean dirigidas como regimientos. Si despojamos a la comunidad de mecanismos de participación e invalidamos acuerdos que armonicen derechos que pueden ponerse en conflicto, esto supone decir que la democracia es un imposible y, como tal, no vale ningún tipo de educación cívica –educación para la democracia sería un mejor concepto– que pueda implementarse como quiere el Ministerio de Educación, porque no será creíble. [/cita]

Aplicando el sentido común no es difícil darse cuenta de que este escenario vulnera el derecho a la protesta y a la participación organizada, y supone un choque con el derecho a estudiar y ser educados. En la práctica limita la posibilidad de los estudiantes de participar en la vida escolar cuando existan conflictos de fondo que requieran su expresión como estamento. No busca armonizar dos derechos que entran en conflicto. No recomienda el desarrollo de mecanismos que den legitimidad y garantías a la decisión y la deliberación de los estudiantes. Sanciona su ilegalidad y faculta la intervención de la autoridad en cuanto la acción de paralizar se constituye como un ilícito. Nada de pedagogía o, más bien, una pedagogía del garrote.

Hay que señalar que no se está hablando de una sanción disciplinaria, se está hablando de un fallo judicial que vulnera los derechos de los estudiantes como actores del proceso educativo y constituye una intervención sobre los modos en que la comunidad educativa debe convivir. Desde la lógica más elemental, el decretar qué formas de participación son válidas, constituye una violenta intervención al derecho a discernir con autonomía cuando se trata de crear consensos en una comunidad educativa. Y, además, es una intervención sobre las facultades del municipio como sostenedor para crear mecanismos que legitimen la participación de los estudiantes. A todas luces un pésimo precedente, porque supone poner nuevamente a los jóvenes en el circuito de la penalización, como ya ocurrió con la implementación de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente u otras que se han intentado implementar, como la penalización del grafiti.

Los apoderados que recurrieron a los tribunales consiguieron un mecanismo de presión sobre el municipio. Creen que tendrán el respaldo suficiente para exigir a la autoridad el desalojo cuando se incurra en el ahora llamado ‘ilícito’ porque un tribunal ha sancionado su ilegalidad. Se deben sentir poderosos porque podrán actuar para defender a sus hijos en un contexto político donde el cuestionamiento al sistema educativo agitará las aguas. Pero cuando los mecanismos significan violencia institucional y sus efectos pasan por criminalizar a una parte de los jóvenes/estudiantes, despojando al municipio de recursos que implican reconocerlos como actores legítimos, aparece en el horizonte ese viejo dicho: “Siembra viento y cosecharás tempestades”.

Algo está muy mal si aspiramos a que nuestras instituciones educativas sean dirigidas como regimientos. Si despojamos a la comunidad de mecanismos de participación e invalidamos acuerdos que armonicen derechos que pueden ponerse en conflicto, esto supone decir que la democracia es un imposible y, como tal, no vale ningún tipo de educación cívica –educación para la democracia sería un mejor concepto– que pueda implementarse como quiere el Ministerio de Educación, porque no será creíble.

A todas luces, el fallo es un exceso que establece un precedente nefasto y demuestra que como sociedad necesitamos de manera urgente una pedagogía democrática que nos permita ver y convivir con los jóvenes como ciudadanos. No puede estructurarse un permiso para reprimir y prohibir participar para poder estudiar.

Esperamos que sea la misma municipalidad y también los mismos estudiantes los que apelen a un tribunal superior para valorar lo que dice el voto de minoría del ministro Escobar, quien consideró que las medidas deben ser adoptadas por otros organismos del Estado y no por la vía jurisdiccional.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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