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Enfoque de derechos, de la poesía a la prosa

Leonardo Moreno Núñez
Por : Leonardo Moreno Núñez Director ejecutivo de la Fundación Superación de la Pobreza
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La cuenta pública entregada por la Presidenta de la República tocó algunos aspectos que resultan relevantes a la luz de nuestros acuciantes problemas en materia de pobreza y desigualdad. Entre otras materias, la mandataria hizo importantes anuncios (y reconoció algunos problemas) en las áreas de salud, infraestructura y nuevos subsidios para sectores postergados (por ejemplo, el subsidio para las personas que viven en zonas productoras de energía eléctrica y término de descuentos a pensionados por atención de salud). Estos anuncios se realizaron en el mismo momento en que se dio a conocer el informe «In It Together: Why Less Inequality Benefits All» de la OCDE.

¿Qué dice respecto a nuestro país dicho Informe? Más de lo mismo: «La pobreza relativa de Chile se sitúa en el 18%, frente al 11,5% de media de la OCDE»; «los niños son el grupo de edad con mayor índice de pobreza (23,5% frente a la media del 13,3% de la OCDE); la proporción de trabajadores con empleos «informales» corresponde al 20% de la población; las mujeres tienen un 23% menos de posibilidades de trabajar que los hombres (frente al 12% de media en el conjunto de la OCDE). El informe profundiza señalando que se deben tomar medidas que vayan en beneficio de los más pobres.

[cita]Las garantías sociales equivalen a umbrales (mínimos) de ciudadanía por debajo de los cuales la satisfacción de las necesidades básicas y el desarrollo de las capacidades humanas se ve limitado. El propósito de estos umbrales es acelerar los procesos de desarrollo en el país de manera sustentable y progresiva. Las garantías sociales deben establecer, por tanto, condiciones explícitas para el acceso, permanencia, calidad, oportunidad, participación y exigibilidad en las materias que se pretende avanzar.¨[/cita]

En este contexto social, que muchas veces tratamos de evadir y ocultar, es que la Presidenta anunció dos temas, vinculados entre sí, y que a nuestro juicio resultan centrales a la hora de avanzar decididamente en abordar la pobreza y la desigual distribución de oportunidades en nuestro país: en primer lugar, el término gradual de la utilización de la Ficha de Protección Social como mecanismo de asignación de beneficios estatales a partir del primer semestre del 2016 y, en segundo lugar, el abordaje de algunas áreas del bienestar con «enfoque de derechos»: gratuidad progresiva en educación superior, Servicio Nacional del Adulto Mayor con dicho enfoque, Política Nacional de Niñez y Adolescencia, Subsecretaría de la Discapacidad.

Al respecto, debemos apuntar que el diseño y la implementación de políticas sociales con enfoque de derechos es una perspectiva emergente y poco desarrollada todavía en nuestro país y en América Latina en general. Con todo, Chile ha hecho una contribución importante a la resolución de estos problemas. Así, el país cuenta con algunos ejercicios operacionales muy interesantes que no solo han recurrido al contenido general de cada derecho social, sino que han incluido en su formulación categorías conceptuales más específicas y estándares de formulación y arquitectura de los programas y servicios sociales asociados. Sin duda, el caso más emblemático ha sido la Ley 19.966 sobre Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES) o Plan AUGE (2003).

Los mayores grados de equidad e integración que se derivan de la concepción de derechos constituyen una condición sine qua non para favorecer capacidades de sociedades estables y en paz. De allí que al menos un núcleo acotado de las políticas sociales deba erigirse sobre una arquitectura que responda a las exigencias de un enfoque como este. Este enfoque de derechos en políticas sociales es un marco conceptual y normativo que pretende orientar estrategias y políticas de desarrollo y se basa en el reconocimiento explícito de la titularidad de derechos para todas las personas. A partir de este enfoque, la pobreza, la exclusión y otras formas de marginación constituyen una vulneración de los derechos humanos fundamentales, específicamente de los derechos económicos, sociales y culturales.

Lamentablemente este enfoque muchas veces es solo una declaración vacía o no tiene la bajada técnica necesaria para que las políticas sociales se operacionalicen en programas, estándares de derechos, presupuestos y mecanismos de exigibilidad, entre otras materias. Es lo que ha sucedido con Chile Crece Contigo o el Sistema Solidario de Pensiones. En ambos casos la arquitectura normativa está inconclusa (la ley que crea Chile Crece Contigo no tiene reglamento y por ello no se han creado los mecanismos de focalización desde el año 2008), no hay garantías presupuestarias para cubrir las coberturas que se declaran, la pensión solidaria básica es revisada cada 6 meses y el beneficio se ha perdido por parte de muchos de sus «titulares», en circunstancias que su situación de fondo no ha variado.

Por ello es tan relevante que el anuncio de la Presidenta, esta vez, «baje» adecuadamente. En ese contexto, el concepto de garantías sociales cobra más importancia que nunca para hacer valer lo que se denominan «mínimos sociales» (de derechos), con el objeto de alcanzar mayores grados de equidad por la vía de hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales, dado que éstos, hasta la fecha, poseen una formulación eminentemente declarativa. Las “garantías sociales” precisamente, como indica su nombre, persiguen asegurar el cumplimiento de estos derechos que, por su naturaleza, han sido definidos de modo general y abstracto.

Las garantías sociales son compromisos universales; es decir, dispuestos como aseguramientos para todo individuo u hogar que esté en una determinada situación. En ese sentido, el enfoque de derechos no se contrapone a una focalización que permita disponer de un contenido específico que, aunque se formula para el conjunto de la población, tiene un impacto mayor en los grupos más vulnerables de la sociedad. De esta forma, las garantías sociales equivalen a umbrales (mínimos) de ciudadanía por debajo de los cuales la satisfacción de las necesidades básicas y el desarrollo de las capacidades humanas se ve limitado. El propósito de estos umbrales es acelerar los procesos de desarrollo en el país de manera sustentable y progresiva. Las garantías sociales deben establecer, por tanto, condiciones explícitas para el acceso, permanencia, calidad, oportunidad, participación y exigibilidad en las materias que se pretende avanzar.

Las políticas sociales formuladas con enfoque de derechos son un gran avance en materia de superación de pobreza y equidad. Por ello, lo meramente declarativo sin una bajada concreta puede resultar más nefasto que políticas sin el enfoque pero claras para la población. Confiamos en que esta vez las cosas se hagan.

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