Una mínima solicitud: tener un debate honesto
En Chile hay millares de mujeres que viven embarazos vulnerables o con importantes dificultades, ya sea por el contexto en el que se desarrollan o por razones referidas al embarazo mismo. Se trata de casos que pueden afectarlas agudamente, junto con ocasionar un sufrimiento y dolor que es imposible de dimensionar por quienes no lo experimentan directamente. Por ello, antes que cualquier otra cosa, hay que señalar el profundo respeto que ese sufrimiento y dolor merece. Luego, la urgente necesidad de que la sociedad se haga responsable, reaccionando frente a estas situaciones dramáticas mediante derechos garantizados que aseguren que la mujer será acompañada y protegida médica, psicológica y económicamente. En esto hay una inexcusable y enorme deuda.
Hay quienes afirman, que ante situaciones de este tipo, habría que entregar a la mujer un derecho al aborto. Esto último es lo que plantea, en tres casos, el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Congreso.
Así bien, entre los sostenedores de este proyecto pueden distinguirse, en términos generales, dos grupos. Un primer grupo es partidario del aborto libre, es decir, considera que el ser en gestación no es digno de protección, y que, por tanto, la madre debiese tener la libertad de poner fin a su vida si así lo quisiese. Para este grupo el proyecto presentado por el Ejecutivo significa un enorme primer paso, dado que involucra un importantísimo logro en la lucha cultural por la aceptación social del aborto.
Existe un segundo grupo favorable al proyecto que, en cambio, se define como contrario al aborto libre, pues cree que el no nacido es digno de protección, pero que, dada la especial entidad de las situaciones contempladas por el proyecto, junto con el carácter de excepciones excepcionalísimas que se ha planteado respecto a ellas, considera que, en dichos casos, debe darse a la mujer la posibilidad de solicitar un aborto. Esta es la posición que explícitamente ha señalado tener también el gobierno.
Pero la verdad es que, como hemos argumentado en columnas anteriores, el no nacido es digno de protección siempre, es decir, nunca puede atentarse directamente contra su vida, o no está en realidad protegido. Por ello, hay que optar: o se le reconoce su dignidad o no. Y las razones de una u otra postura son las que deben discutirse. Ese es el debate de fondo en todo este asunto.
[cita] Como vemos, el proyecto ha generado un debate no del todo honesto por tres razones: i) porque se ha sustentado en supuestos que no son verdaderos; ii) porque se ha asegurado que las causales serán aplicadas de manera restrictiva, lo que no puede, en verdad, asegurarse; iii) porque no permite discutir directamente lo que está en verdad en juego en este asunto: el estatuto del no nacido. [/cita]
El problema es que este debate de fondo ha estado cubierto por un velo. Así bien, para rehuirlo y conseguir la adhesión al proyecto de aquellas personas -y parlamentarios- contrarias al aborto libre o a petición, se han hecho dos cosas:
-En primer lugar, se han difundido supuestos que no son efectivos, a saber: a) que existiría una alta criminalización de la mujer por aborto en Chile. Lo cierto es que no hay ninguna mujer presa por delito de aborto, y nunca, al menos durante los últimos 10 años, ha sido siquiera imputada una mujer por algunas de las tres causales. En efecto, es necesario destacar que los opositores al proyecto de ninguna manera estamos por el castigo penal a la mujer que ha abortado en una situación de alteración o conmoción psicológica que le imposibilite seguir la norma, incluso por motivos diferentes a las tres causales; ella generalmente es también víctima de una situación desesperada. Hoy existen eximentes generales de responsabilidad penal aplicables a estos casos, que estarían operando adecuadamente. Con todo, no hay obstáculo para debatir la necesidad de precisar o realizar modificaciones en el Código Penal en este sentido, pero, dada la situación señalada, la prueba de su necesidad debe ser aportada por quien lo propone; b) que existiría un alto número de muertes y riesgos de salud para las mujeres por abortos inseguros en Chile. Lo cierto es que nuestra razón de Mortalidad Materna (número de muertes maternas relacionadas con el embarazo dividido por el número de nacidos vivos) es la segunda más baja de América, ubicándose solo por debajo de Canadá; c) que en Chile existiría una penalización total de las conductas médicas que tienen como consecuencia la muerte del feto, es decir, que no hay claridad en cómo actuar en caso de riesgo de vida de la madre. Lo cierto es que este tipo de intervenciones médicas se realizan con total normalidad todos los días porque no están prohibidas, como han atestiguado numeroso médicos. Esta visión ha sido incluso respaldada por el Presidente de la Corte Suprema, quien ha señalado: “En el año 1989 se modificó el artículo 119 del referido Código en el sentido de prohibir toda acción cuyo fin sea producir un aborto, determinación legislativa que no significó hacer punible o transformar en delito el aborto terapéutico realizado con estricto acatamiento a la lex artis con el consentimiento de la mujer y con arreglo a las indicaciones que lo hacen posible“ (Informe nº 48-2015 Corte Suprema).
Nuevamente, de ser necesario hacer precisiones a la ley para efectos de corregir eventuales falencias del ordenamiento vigente, ello debe debatirse; pero lo mínimo es que se exponga la situación actual con apego a la realidad, y en ese contexto, se argumente la necesidad de legislar por quien lo propone.
En segundo lugar, se ha asegurado que las causales son restrictivas y de acotada aplicación, pero ello no es garantizable, a saber, y solo mencionando las aporías principales: a) Causal 1. Se señala que se podrá abortar en caso que se considere que el embarazo es un riesgo futuro para la madre. Pero los riesgos futuros son indefinidos y no previsibles. Por ello, esta causal podría convertirse en una forma de aborto libre con plazo hasta el momento previo al nacimiento; b) Causal 2. Es difícil diagnosticar con total certeza, hasta por el más eximio especialista, menos por un médico cirujano –estándar exigido por el proyecto– que el no nacido será inviable fuera del útero materno; c) Causal 3: Para proceder al aborto por violación será un equipo médico el que defina si esta existió o no, pero la violación es un delito, y la verificación de un delito la realizan los tribunales de justicia. Sólo ellos tienen herramientas para hacerlo. En consecuencia, se abre la posibilidad de que esta causal se convierta, en la práctica, en un modelo de aborto libre por plazos.
Como vemos, el proyecto ha generado un debate no del todo honesto por tres razones: i) porque se ha sustentado en supuestos que no son verdaderos; ii) porque se ha asegurado que las causales serán aplicadas de manera restrictiva, lo que no puede, en verdad, asegurarse; iii) porque no permite discutir directamente lo que está en verdad en juego en este asunto: el estatuto del no nacido.
En efecto, esto último es lo más grave: lejos de ser solamente la legalización de tres formas de aborto, la aprobación del proyecto cambiará el estatuto del no nacido sin haber existido el más mínimo debate sobre ello: la consagración legal de que la dignidad humana del niño en gestación no será reconocida por el Estado Chileno, se hará por “secretaría”. Así, los defensores del aborto libre habrán pasado, sin contradicción alguna, el obstáculo más importante en la consecución de su objetivo.
Ante esta situación, el Gobierno puede hacer dos cosas. Uno, mantener su posición de que los seres humanos en gestación son dignos de protección, retirando el proyecto de ley y eventualmente proponer ajustes en el sentido que se ha señalado precedentemente. Dos, presentar un proyecto de aborto por plazos para tener un debate honesto entre las posiciones que están realmente en juego, para que discutamos sin velos acerca de dos concepciones del ser humano, cuyas diferencias tienen radicales consecuencias para la vida en sociedad. Es inmensamente triste que exista esa diferencia. Pero si ha de debatirse, al menos que se haga honestamente.
Es lo mínimo que puede exigirse.
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