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El caso SENAMA y las fallas sistémicas en la fiscalización

Judith Schönsteiner
Por : Judith Schönsteiner Centro de Derechos Humanos UDP
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El caso del hogar ELEAM en Puente Alto, donde fallecieron varias personas en condiciones indignas y que fue administrado por una empresa familiar, solo es la punta de un iceberg. Uno que se esconde debajo de las aguas de falta de fiscalización del Estado en el ámbito del cuidado, que es también una incapacidad generalizada para fiscalizar y así prevenir afectaciones a los derechos humanos por parte de privados.

Cuando el Estado contrata servicios para cumplir con sus funciones públicas – ya sea en el ámbito de educación, salud, o como aquí, del cuidado – no se deshace de sus obligaciones de derechos humanos. Más bien, tiene que asegurar mediante la fiscalización regular y preventiva, y la debida diligencia en las investigaciones y trato de las denuncias, que las violaciones se prevengan y que el acceso a la justicia se garantice. Así, deben asegurar que los derechos humanos de las personas bajo cuidado efectivamente se respeten por parte de las empresas.

Estos estándares, que han sido desarrollados, entre otros, por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Ximenes Lopes contra Brasil, parecen haber sido violados en el caso que recientemente conocimos por la prensa. Llama profundamente la atención que Senama había recibido las denuncias desde hace varios meses, y no pudo actuar «porque (…) no tenía personal ni plata para mandar» a los fiscalizadores. Ese retraso a primera vista no corresponde con el estándar de debida diligencia que es aplicable. Seamos claros: el Estado puede optar por la privatización de estos servicios; pero debe garantizar a los y las habitantes el goce de sus derechos, como el derecho a la privacidad, la integridad física y psíquica, el derecho a la salud y el derecho a la propiedad.

[cia tipo=»destaque»] Cuando el Estado contrata servicios para cumplir con sus funciones públicas – ya sea en el ámbito de educación, salud, o como aquí, del cuidado – no se deshace de sus obligaciones de derechos humanos. Más bien, tiene que asegurar mediante la fiscalización regular y preventiva, y la debida diligencia en las investigaciones y trato de las denuncias, que las violaciones se prevengan y que el acceso a la justicia se garantice.[/cita]

 

En otros ámbitos, según el reciente Estudio Línea Base sobre Empresas y Derechos Humanos de la UDP, la situación tampoco es mucho más alentadora. En materia de pesca y minería, algunos entrevistados para el Estudio señalaron que el Estado ha renunciado a fiscalizaciones sin aviso, porque le era imposible mantener la confidencialidad de la agenda de fiscalizaciones. Por tanto, hoy se anuncian todas las fiscalizaciones a las empresas con anticipación de varias semanas. Eso puede tener el impacto positivo de lograr un cierto grado de cumplimiento relacionado con la visita de los fiscalizadores, pero también permite sustraer evidencia o indicios de incumplimientos más serios.

Además, hay un serio problema de colaboración y coordinación entre los entes fiscalizadores, más allá de que las competencias no están siempre claramente definidas o circunscritas. Así, existen duplicaciones en las competencias – por ejemplo, los comedores en faenas mineras – y al mismo tiempo, áreas que no están sujetas a ninguna fiscalización – por ejemplo, un número considerable de prestaciones de salud que no recaen ni en el ámbito de competencia del SERNAC, ni en la de la Superintendencia de Salud. En cuanto a la coordinación, detectamos que la Superintendencia de Medioambiente tiene un serio desafío de ejercer su mandato y no puede cumplirlo porque depende de los recursos y la voluntad de cooperación por parte de otras superintendencias que no necesariamente priorizan las solicitudes de fiscalización de la SMA.

A estos problemas estructurales, se suma la falta de recursos financieros y técnicos para la fiscalización preventiva, además, de la falta de capacitación de los y las funcionarios/as para llevar adelante su labor.

¿Las consecuencias? Incidentes como el incendio en el vertedero de Santa Marta; derrames, el desastre ambiental de Chiloé, o, justamente, el caso de la Fundación AMSCA en Puente Alto.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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