Publicidad

Un destete necesario


El Poder Judicial tiene hoy la oportunidad de marcar un valioso precedente en materia de abusos sexuales cometidos por miembros de la Iglesia Católica.

No tanto por la condena misma de estos actos, algo en lo que la mayoría de la sociedad concuerda, sino en todo lo referido al encubrimiento institucional eclesiástico y a esta extraña -y, a veces, inentendible- relación entre el derecho civil y el derecho canónico.

El Caso Karadima dejó tres grandes conclusiones que es preciso revisar. Primero, que las denuncias estuvieron en conocimiento de las autoridades de la Iglesia, al menos, siete u ocho años antes de que el caso estallara públicamente en un programa de televisión (algo que ha sido ampliamente esgrimido por los mismos denunciantes).

Segundo, que la Justicia Civil le dio la razón a Juan Carlos Cruz, James Hamilton y José Andrés Murillo, declarando culpable a Fernando Karadima de abusos sexuales cometidos en la parroquia El Bosque, a pesar de las férreas defensas corporativas que realizaron muchos fieles, sacerdotes y también obispos que hasta hoy ejercen en algunas diócesis del país, como el caso de Tomislav Kojlatic en Linares u Horacio Valenzuela en Talca.

Y tercero, que Karadima no pudo ser condenado porque los delitos cometidos estaban prescritos. Y es aquí donde nace la acción legal que los mismos denunciantes iniciaron contra el Arzobispado de Santiago, con la finalidad de que el Poder Judicial dirima si hubo o no negligencia -y, por ende, encubrimiento- por parte de la jerarquía católica chilena en el caso Karadima.

La tesis sobre la cual se sustenta esta demanda es la siguiente: la jerarquía de la Iglesia Católica chilena, a sabiendas del daño público que suponía el caso Karadima, habría diseñado e implementado una estrategia que tuvo por objetivo dilatar procesos, extender plazos de investigación y funcionar a una velocidad mínima tal que permitiese la prescripción de los delitos.

En este afán de aferrarse ciegamente a una estrategia que evitara manchar a la Iglesia pasó lo peor: se destruyeron las vidas de muchas personas, principalmente jóvenes que en su minuto vieron en la Iglesia la oportunidad de realizarse personal y profesionalmente y dedicar su vida a la espiritualidad y al servicio social.

La oportunidad que se juega el país en este caso es superlativa. Por vez primera un fallo civil obligaría a la Iglesia Católica chilena, primero, a reconocer su error; segundo, a asumir un fallo no canónico; y, tercero, a reparar a las víctimas.

[cita tipo=»destaque»]La tesis sobre la cual se sustenta esta demanda es la siguiente: la jerarquía de la Iglesia Católica chilena, a sabiendas del daño público que suponía el caso Karadima, habría diseñado e implementado una estrategia que tuvo por objetivo dilatar procesos, extender plazos de investigación y funcionar a una velocidad mínima tal que permitiese la prescripción de los delitos.[/cita]

Esto sentaría, además, un precedente mayor: los sacerdotes, obispos u otros jerarcas de la Iglesia no serían intocables ante la ley. Este es un tema no menor, si se tiene en cuenta que en Chile los obispos tienen fuero y pueden declarar por escrito y no presentarse a una citación judicial, si así lo desean.

Es una oportunidad que tiene el país para establecer una suerte de “destete” jurídico definitivo respecto del Estado Vaticano.

Se han ofrecido muchas disculpas y se han esgrimido bastantes frases desde la Iglesia diciendo que han acompañado y que están del lado de las víctimas. De eso los denunciantes y la sociedad chilena están cansados. Sería bueno que un fallo civil les obligue a hablar menos y a actuar más.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias