Publicidad

Educación Superior: ¿medicina curativa o medicina preventiva?

Hugo Mena K
Por : Hugo Mena K PhD Economía
Ver Más


La siguiente narración es digna de Ripley.

El ex rector de la Universidad Iberoamericana, Félix Viveros, señaló recientemente que la institución se encuentra sumida en una crisis financiera e institucional. Por su parte, la Jefa de la DIVESUP señaló que “el MINEDUC no tiene la atribución para saber qué pasa al interior de los planteles y que es la CNA la que tiene la responsabilidad de evaluar las instituciones”. A su vez, el presidente de la CNA señaló que dicha universidad entregó documentación que indicaba que “contaba con el respaldo económico requerido a fin de garantizar la continuidad de su funcionamiento”, y que “la CNA no tiene como misión fiscalizar, sino la de verificar la calidad e impulsar una cultura de mejoramiento continuo de las IES”. ¿Acaso se puede verificar calidad y la solvencia económica para impulsarla, sin contar con el poder de fiscalización que permita verificar la veracidad de la documentación que a ello le da sustento? Si sustituimos la palabra “IES” por “institución financiera” y le pasamos esta pregunta a un Superintendente de Bancos, ¡seguramente que éste se reiría a gritos! Por otra parte, el ex rector y actual académico de la Universidad Arcis, Tomás Moulián, señaló que “el plan de matricular a más de 500 alumnos para que el plantel continuara no era viable, ya que la universidad tenía una crisis financiera y no estaba acreditada”. ¡Obvio! La Jefa de la DIVESUP indicó “que no se pudo revertir la compleja situación financiera con la gestión del Administrador Provisional, por la escasa matrícula; lo cual ha llevado al MINEDUC a tomar la decisión de cerrar el plantel”.

[cita tipo=»destaque»] ¿Cuán atractivo es para un estudiante continuar sus estudios en una IES no acreditada y en proceso de cierre? ¿Qué garantía existe de que tal reubicación será satisfactoria para él? ¿Y el MINEDUC tiene la potestad para obligar a una IES acreditada a recibir alumnos de una IES no acreditada?[/cita]

Y que el MINEDUC “trabajará por la continuidad académica de los estudiantes o su reubicación”. Pero, ¿cuán atractivo es para un estudiante continuar sus estudios en una IES no acreditada y en proceso de cierre? ¿Qué garantía existe de que tal reubicación será satisfactoria para él? ¿Y el MINEDUC tiene la potestad para obligar a una IES acreditada a recibir alumnos de una IES no acreditada?

La Ley 20.129, que regula la acreditación de las IES, debió haberse reformado hace mucho tiempo. Entre muchas falencias (no regula bien los conflictos de interés, no establece indicadores de calidad académica, etc.) dicha ley no da atribuciones a ningún ente del Estado que permita auditar ni los estados financieros ni la información académica que entregan las IES a la CNA. ¡Resulta inconcebible la ingenuidad de pretender acreditar IES en Chile sin contar con una Superintendencia de Educación Superior! Todo ello forma parte esencial de la medicina preventiva en la educación superior. Por su parte, la Ley 20.800 – que creó las figuras de Administrador Provisional y Administrador de Cierre de las IES – apunta sólo a la medicina curativa. En la educación superior la medicina curativa siempre debe ser la excepción, y para que ello sea así, primero debe existir una medicina preventiva seria y de excelente calidad. Aquí, ¡el orden de los factores altera el resultado!

Si se mantiene el status quo, seguirán apareciendo casos como la U. del Mar, la U. Iberoamericana y la U. Arcis.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias