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Suministro eléctrico como Derecho Social Opinión

Suministro eléctrico como Derecho Social

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Mauro Tamayo
Por : Mauro Tamayo Alcalde de Cerro Navia. Kinesiólogo de la Universidad de Chile, Magíster en Gerencia y Políticas Públicas de la Universidad de Santiago y Postítulo en Dirección Estratégica y Liderazgo.
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Resulta incuestionable que el uso de la energía ha permeado de tal manera nuestras vidas, que nos cuesta valorar el rol que juega para el logro de nuestro bienestar y subsistencia.

El último censo realizado en Chile en 2017 identifica un total de 6.499.355 viviendas, de las cuales 29.642 no tienen acceso a energía eléctrica o sólo tienen acceso algunas horas al día, según resultados del Mapa de Vulneración Energética a enero de 2019. Si bien son datos que podrían parecer menores (0.4%) con relación al total del universo, debemos generar una respuesta para lograr cobertura universal como país. Porque si una persona no es capaz de calentar o enfriar en forma adecuada su hogar y a costos accesibles, estamos hablando de “pobreza energética”, definición propuesta por la Red Europea de Lucha contra la Pobreza.

La nueva formulación de cargos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles contra CGE y ENEL por interrupción del servicio eléctrico, no sólo es el resultado de los problemas generados por las recientes lluvias, sino que pone fin a la tesis de que “el privado puede hacer mejor las cosas que el Estado”. De paso expone un problema de la mala calidad del servicio eléctrico a lo largo del país, ya que no contamos con un suministro permanente y sin interrupciones, que sea eficiente y de bajo costo, considerando los avances tecnológicos. 

A esta acción se sumará una demanda colectiva por más de 11 mil reclamos de los clientes contra las eléctricas, y acciones judiciales de 72 municipios rurales. En la última crisis hubo 181 mil hogares sin servicio, lo que en algunos lugares se prolongó por más de 72 horas. 

Una situación grave, si se considera que la electricidad constituye un servicio básico y esencial, un derecho social como lo hemos calificado, que permite otorgar servicios prioritarios como son los de salud, municipales, de educación y alumbrado público, contribuyendo en la mejora de la calidad de vida, el bienestar, la seguridad y el desarrollo de la población. 

Pese a este carácter esencial del suministro eléctrico, la ley permite a las empresas suministradoras cortar la luz de manera unilateral por deudas. Comunas como Colbún (2008), El Monte y San Fernando (2012), quedaron a oscuras y sin la posibilidad de prestar sus servicios públicos a la población por cortes realizados por las empresas distribuidoras. 

La Asociación de Municipios Libres promocionó una modificación a la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), apoyada de forma transversal por H. Diputadas y Diputados de la República. Se busca impedir la suspensión del suministro eléctrico por el no pago en los  servicios de alumbrado público, hospitales, CESFAM, colegios municipales y cárceles, complementando el artículo 141°de la LGSE. Nuestra convicción es que las acciones de cobro deben realizarse por vía judicial sin afectar los derechos fundamentales de los vecinos y vecinas.

Esperamos que la iniciativa tenga una rápida discusión y tramitación en el parlamento. Debemos avanzar en acciones como la municipalización de la generación y distribución eléctrica, y la prohibición de cortes del suministro en servicios domiciliarios por no pago. Hoy es urgente garantizar la energía eléctrica como un derecho esencial en nuestro país.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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