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Fantasmas en el financiamiento de las Capacidades Estratégicas de la Defensa Opinión

Fantasmas en el financiamiento de las Capacidades Estratégicas de la Defensa

De los hechos presentados se concluye que esta decisión política de reasignación de prioridades presupuestarias no ha resultado en “inconsistencia” alguna y que se ha respetado “a ultranza” el mecanismo acordado para reemplazar la discutida Ley Reservada del Cobre.


En un reciente editorial de El Mostrador, titulado “Inconsistencias con las instituciones de la Defensa Nacional”, se denuncian supuestos riesgos inferidos de la suspensión del aporte presupuestario para 2024 establecido en la Ley N° 21.174 para financiar las Capacidades Estratégicas de la Defensa, afirmando que “Es menester respetar a ultranza el mecanismo acordado por las fuerzas políticas al derogarse la Ley Reservada del Cobre…”, lo cual, de acuerdo con los antecedentes que me permito exponer y con el debido respeto a aquellos lectores no habituados con las cifras que acostumbramos manejar los ingenieros civiles, resulta una opinión capciosa que debe ser aclarada a la brevedad.

En democracia corresponde solo a las autoridades políticas, democráticamente electas, establecer las prioridades presupuestarias, las cuales, en este caso, decidieron soberanamente redestinar algunos recursos a cubrir urgentes desequilibrios fiscales. En este marco, es imprescindible que el siempre necesario debate público respecto a la tramitación presupuestaria sea un proceso público e informado.

Transferencias desde la Ley N° 13.196

Nuestro Congreso Nacional, en el año 2019, aprobó la Ley N° 21.174, que reemplazó la polémica Ley N° 13.196, Reservada del Cobre, para establecer un nuevo mecanismo de autorizaciones presupuestarias para el Financiamiento de las Capacidades Estratégicas de la Defensa Nacional, con inicio de vigencia diferida para el 01 de enero de 2020, y que en su artículo 97 dispone: “La política de defensa nacional, la política militar y las restantes políticas públicas del sector defensa…serán la orientación superior para elaborar la planificación del desarrollo de la fuerza…”, documentos que en estos momentos se encuentran en revisión para actualizarlos a la evolución de los escenarios estratégicos.

Según lo informado por el Ministerio de Hacienda, el saldo total de los recursos en la cuenta N° 9.154 de la Ley N° 13.196, Reservada del Cobre, al 31 de diciembre de 2017, fue de MMUS$ 4.680, que se deben transferir parcialmente para constituir los Fondos que crea la nueva Ley N° 21.174:

-MMUS$ 2.574 (55%) al Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas.

-MMUS$ 936 (20%) al Fondo de Contingencia Estratégico.

Adicionalmente, durante el período de transición (2024 al 2029), esta nueva ley considera un aporte basal presupuestario, o piso, de MUS$ 499 anuales, lo que permite inferir que el monto del aporte inicial, anteriormente señalado, sería suficiente para suplir este aporte basal (piso) suspendido para el año 2024, lo cual desvirtúa las alarmas respecto a que se les estaría negando el financiamiento necesario a nuestros Servicios Armados.

Reasignaciones para su empleo civil

Para mejor contextualizar la situación en comento, es necesario recordar que durante la vigencia de la anterior Ley Reservada del Cobre, N° 13.196, se aprobó un sinnúmero de leyes para transferir parte de sus recursos acumulados a otros destinos no militares:

-MMUS$ 600 (terremoto del Maule, 2010 – 2011).

-MMUS$ 400 (terremoto de Iquique e incendio en Valparaíso, 2014).

-MMUS$ 600 (aluviones de Atacama y Antofagasta, 2015 – 2016).

-MMUS$ 475 (capitalización extraordinaria de Codelco, 2017).

A las cuales se debe agregar el 25% restante de las transferencias anteriormente señaladas (MMUS$ 1.170 al 2017), más los recursos remanentes a la entrada en vigencia de esta nueva ley N° 21.174, redestinándolos a capitalización del Fondo de Estabilización Económico Social.

Es decir, un total superior a MMUS$ 3.245, monto más de 6,5 veces mayor que los MMUS$ 499 que ahora nuestra conducción política decidió traspasar a otras urgencias fiscales y que el editorial citado pretende denunciar, por incumplimiento de acuerdos políticos y poner en peligro nuestra Defensa Nacional, lo que claramente no se produjo en los casos anteriores citados y que resulta una confirmación adicional de la inconsistencia de la denuncia comentada.

Proyectos militares en desarrollo

Para visualizar el gran esfuerzo del Estado de Chile para mantener la modernización de nuestros Servicios Armados, que se pretende poner en entredicho por este editorial, me permito identificar algunos importantes proyectos en desarrollo:

-Modernización y mantenimiento de tanques Leopard 2A4 (más de MMUS$ 200).

-Adquisición de cuarenta nuevos transportes de personal armados 8×8 (MMUS$ 112).

-Construcción de un rompehielos (MMUS$ 230, más sobrecostos por COVID).

-Construcción de dos buques anfibios multipropósito –LPD– (MMUS$ 410).

-Adquisición de 16 misiles SM 2 –Block IIIA– para las fragatas tipo Perry (MMUS$ 50).

-Modernización de los aviones F16 A/B al estándar M6.6 (MMUS$ 177).

-Fabricación de 33 aviones Pillán II de instrucción básica (MMUS$ 142).

Hechos o solo opiniones

De los hechos presentados se concluye que esta decisión política de reasignación de prioridades presupuestarias no ha resultado en “inconsistencia” alguna y que se ha respetado “a ultranza” el mecanismo acordado para reemplazar la discutida Ley Reservada del Cobre, para permitir seguir desplegando la fuerza militar más moderna de Sudamérica.

***

* Nota de la Redacción: 

El Editorial de El Mostrador no está referido ni al mérito ni a la calidad del gasto militar expuestos por el señor Santos, sino al respeto riguroso de los acuerdos. En este caso, de un procedimiento y un mecanismo de financiamiento de los sistemas de armamentos duramente trabajados y que demoraron exactamente 30 años en concretarse desde 1990 en adelante, como parte de la normalización de las relaciones civil militares en el país. El Editorial expone que, antes de cumplirse un ciclo completo de su funcionamiento, ya fue alterado por la autoridad civil, independientemente de las razones que haya tenido. Así, el objetivo de sustraer la discusión presupuestaria sobre armamentos del debate ordinario de la Ley de Presupuesto ya quedó en suspenso por esa decisión gubernamental. Ni capcioso ni denuncia, solo opinión editorial.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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