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La actual política migratoria chilena y retrocesos en materia de derechos humanos

Por: Liliana Galdámez y Rita Lages


Señor Director:

Como investigadoras, en el marco del proyecto CONICYT PIA SOC180008 “Migraciones
contemporáneas en Chile: desafíos para la democracia, la ciudadanía global y el acceso a los
derechos para la no discriminación” nos preocupa la forma en que Chile enfrenta los desafíos
impuestos por la globalización y la migración internacional. En nuestro país, en sintonía con lo
ocurrido en otros lugares, la cuestión migratoria ha adquirido una gran relevancia y exposición
política, especialmente en períodos pre-electorales. Entendidas por muchos como señales de
firmeza y estímulo para los votantes y como alternativa para subir bajos niveles de aprobación de
los gobiernos, las políticas restrictivas centran su objetivo en el control de fronteras. En
consecuencia, el compromiso por cumplir las obligaciones internacionales que imponen el respeto
y garantía de los derechos de las personas que cruzan o intentan cruzar fronteras se convierte en
rehén de una política migratoria discriminatoria que opera en base a categorías sospechosas y
divide en “buenos” y “malos” migrantes.
Desde el anuncio de la “reforma migratoria y política nacional de migraciones y extranjería” hace
algo más de un año se han aprobado varias medidas que denotan ese sesgo discriminatorio. Así,
por ejemplo, se han creado nuevas reglas de acceso al país que afectan específicamente a
personas provenientes de Haití, a las que se exige una visa consular de turismo, por un período
inferior al que se establece para las demás nacionalidades. Al mismo tiempo que se estimula su
“retorno humanitario”. Haití se ubica, según informe de Foreign Policy, en el lugar 10 del listado
mundial de estados fallidos, siendo el primero de nuestra región. Haití hace años sufre una
fuerte inestabilidad política y económica que incluso ha generado una ola de violencia para la que
alertó la propia Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a finales de
2018. A quienes aceptan este “retorno voluntario” se les prohíbe además regresar a nuestro país
durante nueve años. En otras palabras, este plan de retorno voluntario parece obedecer más a
preocupaciones de control migratorio, garantizándose por esta vía que durante un largo período
de tiempo un número importante de personas de Haíti se vean imposibilitadas de regresar a Chile,
esta restricción no obedece a razones de humanidad.
Por otra parte, la segunda fase del proceso de regularización, anunciada recientemente, señala
que se ha instruido a la Policía de Investigaciones para que supervigile las condiciones y régimen
de permisos en espacios públicos y lugares de trabajo de las personas extranjeras. Queda por ver
cómo se procederá a la identificación de quiénes son extranjeros cuando las personas se
encuentren en la vía pública sin incurrir en el uso de criterios discriminatorios y arbitrarios como,
por ejemplo, su aspecto físico.
Otra expresión del sesgo discriminatorio, cargado de desconfianzas y contradicciones entre la
afirmación por el respeto a los derechos humanos y fundamentales de las personas y la adopción
de medidas o disposiciones que la neutraliza, es el proyecto de Ley sobre migración y extranjería
contenido en el Boletín 8970-06 y actualmente en discusión en el Congreso. Este proyecto de Ley
incluye por primera vez un catálogo de derechos que ampara a las personas migrantes en Chile, así
lo han expresado sus impulsores. Sin embargo, basta una simple lectura para constatar que del
total de las 175 disposiciones que contiene, solo nueve se refieren a derechos. Es decir, la mayoría
de sus normas se relacionan con restricciones, limitaciones, expulsiones y regímenes de sanciones.
Así, por el ejemplo, el artículo 12 del proyecto recoge el derecho a la libre circulación (“Toda

persona que se encuentre legalmente en el territorio nacional tiene el derecho a circular
libremente y a elegir su residencia en el territorio nacional, a salir de cualquier país, incluso del
propio, y a regresar a su país”) pero para restringir su ejercicio solo a quienes se encuentren
“legalmente en el territorio nacional”. Esto significa que quienes se encuentren de manera “ilegal”
en el país no podrán circular libremente por el territorio nacional. A todas luces resulta
desproporcionado y castigador de esta condición. Asimismo, el proyecto contiene expresiones
desproveídas de humanidad, tales como el término, “egreso de infractores” (artículo 30), lo que da
cuenta de una visión cargada de negatividad respecto de la migración y de la persona migrante.
Aunque el proyecto señale que el “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de
las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria…”(Art.
3), no existe en este proyecto referencias concretas a la protección de los trabajadores
indocumentados, en términos de la Convención sobre Trabajadores Migrantes y sus Familias, por
el contrario, la principal preocupación del proyecto en esta materia es establecer un régimen de
sanciones y prohibiciones al punto que podríamos afirmar que no son sujetos de derechos para el
proyecto.
La actual propuesta y respuesta legislativa y administrativa es sumamente preocupante,
especialmente si tenemos presente, lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en su Opinión Consultiva Nº 18 de 2003, que “[g]eneralmente los migrantes se
encuentran en una situación de vulnerabilidad como sujetos de derechos humanos, en una
condición individual de ausencia o diferencia de poder con respecto a los no-migrantes (nacionales
o residentes). Esta condición de vulnerabilidad tiene una dimensión ideológica y se presenta en un
contexto histórico que es distinto para cada Estado, y es mantenida por situaciones de jure
(desigualdades entre nacionales y extranjeros en las leyes) y de facto (desigualdades
estructurales). Esta situación conduce al establecimiento de diferencias en el acceso de unos y
otros a los recursos públicos administrados por el Estado (…) Existen también prejuicios culturales
acerca de los migrantes, que permiten la reproducción de las condiciones de vulnerabilidad, tales
como los prejuicios étnicos, la xenofobia y el racismo, que dificultan la integración de los
migrantes a la sociedad y llevan la impunidad de las violaciones de derechos humanos cometidas
en su contra”.
Lo que se observa hoy en Chile es una política a contracorriente de valores humanitarios
universales que nos debe llevar a reflexionar seriamente sobre lo que ello refleja y dice a
propósito de liderazgos y comprensiones de la sociedad, especialmente, por las graves
consecuencias que esto tiene para quienes buscan construir en nuestro país un proyecto de vida
impulsados por la idea de una vida mejor.

Liliana Galdámez y Rita Lages, Investigadora titular y asociada (respectivamente), proyecto
CONICYT PIA SOC180008 “Migraciones contemporáneas en Chile: desafíos para la democracia, la
ciudadanía global y el acceso a los derechos para la no discriminación”, Facultad de Derecho,
Universidad de Chile.

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