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Consideraciones sobre nota «Resolución del TC convertiría en letra muerta emblemática ley de Bachelet que prohibió la selección escolar»

Por: Patricio Zapata


Señor Director:

En su edición del viernes 11 de junio, se informa de una eventual sentencia del Tribunal Constitucional que “pondría en peligro la aplicación futura” el Sistema de Admisión Escolar (SAE) aprobado con la Ley de Inclusión Escolar. Tengo el máximo respeto por la libertad de los medios para ofrecer su interpretación sobre los hechos. Me parece, sin embargo, que la crónica en cuestión tiene un título que induce a confusión y contiene afirmaciones equivocadas. Conociendo y valorando la permanente disposición de su Medio de hacer periodismo de calidad, le pido tenga la gentileza de publicar las siguientes consideraciones. Estoy convencido que sus lectores y lectoras apreciarán este indispensable complemento.

  1. La crónica del Mostrador se funda en un trascendido. El TC no ha notificado a ninguna de las partes su decisión. En lo personal, por lo mismo, prefiero no hacer comentarios ni sacar conclusiones sobre una sentencia que no ha sido pronunciada y que no se conoce.

 

  1. Ahora bien, y respecto a la causa que se discutió en el TC, es efectivo que hace ya dos años (fines de 2018) asumí la defensa legal de los derechos de apoderados de un colegio particular subvencionadp de Concepción. En ningún momento ha estado en cuestión o se ha reprochado la aplicación general del Sistema de Admisión Escolar (SAE) como se aprobó durante el gobierno de la Presidenta Bachelet (en 2015). En lo personal, he defendido públicamente el SAE, una y otra vez, y lo hice nuevamente a propósito de los alegatos ante el TC. Siempre me ha parecido importante que el ingreso a establecimientos educacionales que cuentan con financiamiento público sea a través de un sistema justo, exento de discriminaciones arbitrarias.

 

  1. Cuando acepté el patrocinio de la causa de familias que tienen a sus hijos en el British Royal School, lo hice convencido de que no existe ninguna contradicción entre la aplicación de una selección justa, el derecho a la educación y la libertad de enseñanza.

 

  1. Lo que está en discusión ante el TC es una situación muy particular que probablemente alcanza a poquísimos colegios. Se trata de establecimientos que, antes de la Ley de Inclusión, ya tenían en funcionamiento un plan escolar que comienza en el nivel medio de la educación parvularia y que se proyecta de manera continua hacia los niveles siguientes. El British Royal School opera con este proyecto educativo desde 1993. El problema de aplicar el SAE en el momento en que se inicia la fase de transición (para PreKinder y Kinder) a colegios como este es que se interrumpe la continuidad de aquellos niños y niñas que ya ingresaron a un Colegio y que no resultan admitidos por SAE. Esto resulta especialmente delicado, por supuesto, tratándose de alumnos que ingresaron a un Colegio de estas  características antes que una ley de 2017, posterior a la ley de Inclusión, exigiera la aplicación de SAE también a ellos en la etapa de ingreso a transición, sin importar que estuvieran estado en playgroup, contra lo que ellos esperaban y contra lo que el propio Ministerio les había señalado en 2016.

 

  1. La causa no se trata de establecimientos que estén buscando un subterfugio para evitar la aplicación del SAE, o resquicios para continuar seleccionando. En concreto, el British Royal School tiene un proyecto educativo que incluye la educación temprana desde 1993. Por eso, lo lógico es que el Sistema de Admisión Escolar se aplique siempre que un colegio recibe financiamiento público en el nivel más temprano de incorporación al proyecto educativo. Si eso ocurre en primero básico, en la admisión a primero básico. Si eso ocurre en prekínder, en prekínder. Y si eso ocurre en playgroup, en playgroup. Lo que no resulta lógico (ni constitucionalmente admisible) es que se aplique en la mitad del desarrollo del proyecto educacional, atentando contra la continuidad educativa de los niños y niñas que ya han comenzado su camino en un colegio y de las familias que ya han optado por ese proyecto.

 

  1. Este reclamo no es ajeno ni contrario al espíritu del Sistema de Admisión Escolar. De hecho, en el proyecto de ley presentado en 2017 por el gobierno de la Presidenta Bachelet inicialmente contemplaba la posibilidad de que los colegios que contaran con playgroup, aplicaran el SAE en la admisión a ese nivel, permitiendo que el ingreso de sus alumnos se diera con criterios objetivos desde el primer momento. En el primer trámite ante la Cámara de Diputados, se incluyó una indicación que expresamente les impedía cobrar un arancel en estos cursos, para evitar así que se produjera selección económica. Esta norma permitía armonizar la continuidad educativa con los fines del sistema de admisión escolar. Lamentablemente, durante el trámite legislativo, se decidió suprimir estas ideas y optar por una solución gruesa: simplemente obligar a todos los establecimientos a aplicar el SAE en prekínder, sin importar si tenía alumnos que vinieran desde antes, norma que trajo los problemas que ya he expuesto.

 

  1. Las sentencias de inaplicabilidad tienen efectos sólo para un caso concreto y en una gestión judicial específica. El argumento fue siempre referido al British Royal School, que, como ya lo expliqué, pertenece a un grupo especial de establecimientos educacionales: colegios particulares subvencionados, con proyectos educativos que comienzan en playgroup y que, desde mucho antes de la entrada en vigor de la Ley de Inclusión y sus modificaciones, los contemplaban como parte integral de su itinerario, privilegiando la continuidad. Para estos establecimientos, la norma promulgada en 2017, que modificó la Ley de Inclusión, constituyó un cambio que puso en jaque la continuidad educativa, una dimensión integral del derecho a la educación. Es una ley posterior a la Ley de Inclusión la que produjo este efecto. De hecho, nuestros argumentos en el requerimiento y en los alegatos se sustentaron en la anterior sentencia del Tribunal Constitucional que validó la Ley de Inclusión, en la medida que el fin a la selección era un medio idóneo para garantizar el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes. En este caso, se impugnó un solo inciso de un único artículo de una ley que modificó la LIE, precisamente por vulnerar el derecho a la educación de esos mismos niños y niñas.

 

  1. ¿Cómo podría este reclamo puntual y acotado “transformar en letra muerta” la Ley de Inclusión? ¿Cómo podría poner en riesgo la LIE un requerimiento de inaplicabilidad, válido para un caso concreto de un colegio específico en circunstancias muy particulares? ¿Cómo podría poner en riesgo la LIE un requerimiento en que se pidió ajustar la aplicación del SAE a criterios que la propia administración de la Presidenta Bachelet propuso en su proyecto de reforma de 2017 y que sólo por la tramitación en el Congreso fueron cambiados? ¿Cómo podría poner en riesgo la LIE un requerimiento fundado en la jurisprudencia del TC que la validó? Lo cierto es que, de acogerse el requerimiento (como afirma la crónica), el Sistema de Admisión Escolar se seguirá aplicando al 99,9% de los colegios subvencionados. El fallo tiene efectos muy precisos, para un caso donde lo lógico, lo justo y lo constitucional, sería aplicar el principio de continuidad, en defensa del derecho a la educación de los niños y niñas.

De esta manera, la alarma que expresarían algunas personas – recogida en la crónica de su periódico – no tiene ningún fundamento. Por el contrario, demuestra que no se conoce el debate que se produjo ante el Tribunal Constitucional. En la esperanza de poder despejar fantasmas le agradezco de antemano la oportunidad de contribuir con esta aclaración a que haya una mejor comprensión del problema.

Le saluda muy atentamente,

Patricio Zapata

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