Ensayos constitucionales y ¿Constitución de consenso?
Señor Director:
El Consejo Constitucional prontamente votará en particular las más de mil enmiendas formuladas al anteproyecto de la Comisión Experta que (des)dibujan una propuesta constitucional sustancialmente distinta a ser plebiscitada para finales de año.
“Debate”, “diálogo” y “acuerdos” son palabras recurrentes que solo parecen escenificar una realidad simulada al interior del Consejo Constitucional contrapuesta a los hechos: más de 900 enmiendas son de autoría de partidos de Chile Vamos y Republicanos, quienes conjuntamente reúnen –en demasía– el quórum exigido para aprobar todas y cada una de ellas sin venia alguna de los partidos oficialistas. En contenido, lejos de “perfeccionar” una obra perfectible, desmantelan un acuerdo transversal e histórico habido entre las distintas fuerzas políticas que integraban la Comisión Experta.
La historia parece conocida. De no haber consensos, la toma de decisión será conducida por quienes tienen en exclusividad el quórum para su redacción (o imposición) –esta vez, tres quintos de los integrantes en ejercicio. Así, la propuesta del Consejo Constitucional que emerja en noviembre se proyecta como un cuarto ensayo constitucional, antecediéndole a varios otros intentos: el ensayo de la expresidenta Bachelet (2017), el de la Convención Constitucional (2022) y, desde luego, el de la Comisión Experta (junio de 2023). Las encuestas recientes informan reiteradamente preferencias hacia ratificar una Constitución de consenso, rechazando constituciones “partisanas” o “identitarias”.
Una Constitución de consenso no es aquella impuesta por la mayoría a la minoría ni menos una que instaura un determinado programa de gobierno. Una Constitución de consenso –como demuestra la experiencia comparada– es fruto de un acuerdo transversal de todos los sectores políticos, habilita el debate democrático y el tenor de sus disposiciones permiten su adaptación al contexto social o las circunstancias de cada momento.
La propuesta proyectada a partir de las enmiendas del Consejo Constitucional no reúne tales condiciones, el de la Comisión Experta sí. Quienes ostentan la mayoría esta vez, tienen de su cargo un desafío y una oportunidad hacia el plebiscito ratificatorio con miras a superar el problema constitucional en Chile.
Leonardo Ortiz Mesías
Profesor de Derecho Constitucional, Universidad Diego Portales