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Justicia chilena en pandemia: Problemas actuales y desafíos en la justicia laboral Opinión

Justicia chilena en pandemia: Problemas actuales y desafíos en la justicia laboral

Álvaro Flores M.
Por : Álvaro Flores M. Juez del Trabajo. Director de ANMM Chile
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Los claroscuros de la migración a pie forzado desde el trabajo presencial al trabajo remoto en la justicia del laboral, pueden abordarse, primeramente en clave de fortalezas, recordando la ventaja que trajo la simplificación de los procedimientos de la reforma de hace un poco más de una década y la aplicación de la tecnología digital a buena parte de los actos del procedimiento laboral.

Con todo, las audiencias fueron concebidas para lograr la inmediación como principio cardinal, en actos presenciales en que se concentran un sinfín de actuaciones y se dictan  múltiples resoluciones.

Como en el proceso penal y el de familia, el cenit procesal de la inmediación en materia laboral, se expresa en la audiencia de juicio, cuyo objeto esencial es rendir la prueba en un acto único ante el juez de la causa. En esta fase la información que permite la resolución del caso, se somete a prácticas regladas de contradicción dialéctica, arbitradas por el juez, en un acto presencial en que se suceden múltiples acciones que realizan esta garantía y otras relacionadas con el derecho de defensa.

Otra ventaja remarcable del procedimiento laboral se advierte en la simplificación de su sistema de notificaciones y en la alta eficacia de la notificación de la demanda o primera gestión del juicio. El trámite está mayoritariamente entregado a los denominados Centros de Notificaciones, unidades de trabajo especializadas en esa sola gestión, que operan en lógica de economía de escala, notificando diversas materias por zonas geográficas.

Ya en clave de desventajas del modelo, la modernización de los procedimientos, no impidió que en los últimos años se hiciera evidente la necesidad de introducir reformas, especialmente de tipo orgánicas para suplementar dotaciones de jueces y personal en tribunales a lo largo del país, especialmente en las grandes urbes, por la sobrecarga de juicios que venía haciendo ilusorio el cumplimiento de los plazos de agendamiento.

La expresión más clara de este desajuste progresivo en una reforma exitosa en términos generales, la expuso el Presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, quien dio cuenta en la inauguración del año judicial de 2018 de la necesidad de suplementar las plantas en los tribunales del trabajo. En la Región Metropolitana, ello llegó a expresarse en el avance de los estudios para un tercer tribunal para la ciudad de Santiago, en época previa al estallido social.

La migración a pie forzado por la pandemia hacia el trabajo remoto por medio de plataformas comerciales (no especialmente diseñadas  para  el proceso, pero funcionales a su realización), ha presentado una satisfactoria eficacia en las actuaciones procesales preparatorias (audiencia de preparación) cuya condición es la intervención de abogados, quedando excluida la producción de la prueba. En este escenario y en soluciones ad hoc para la pandemia de juicios limitados principalmente a la fase de recepción documental, ha podido todavía rescatarse cierta eficacia conciliatoria de la justicia laboral en este período y un buen escenario de negociación en casos complejos de empresas declaradas esenciales durante la emergencia.

A pesar de los muy acotados logros, los dos aspectos mencionados como fortalezas del procedimiento han visto –por razones diversas- refrenada su realización por efecto de la emergencia sanitaria, al punto de transformarse en dos cuellos de botella o límites a la tramitación de los juicios.

El primer problema se debe a un conjunto complejo de variables: la avocación en la emergencia de los notificadores a las cuestiones urgentes en materia penal y familia, es una. En la región Metropolitana, por ejemplo, el Centro de Notificaciones, dependiente de la Corte de Apelaciones de San Miguel, es una unidad autónoma de los tribunales que ha disminuido al máximo las notificaciones en el área laboral, en un contexto de cuarentena generalizada y de la necesidad de dar protección de salud a sus funcionarios.

Otra condicionante dice relación con la paralización de muchas actividades productivas y de servicios no esenciales, que contribuye a la ineficacia de las notificaciones allí donde se intentaron infructuosamente. No puede olvidarse que  la mayoría de las empresas que emplean en Chile son pequeñas y medianas, severamente castigadas por la crisis y que -de acuerdo con la información disponible- sin medidas de apoyo eficaces que permitan su sobrevivencia económica y su reinserción productiva futura – desatendida su vulnerabilidad habitual- parecen haber sido abandonadas a su suerte.

A cuatro meses de la pandemia, en la fase inicial del proceso laboral entonces, de manera general, se ha verificado un severo estancamiento de los juicios, lo que augura una acumulación de procesos que atocharán los tribunales en la etapa de desconfinamiento.

El segundo problema, dice relación con el desarrollo del juicio mismo. Específicamente con la realización de la denominada “prueba viva” (peritos, confesional, testigos) y las objeciones que en relación con la inmediación, problemas de acceso a la tecnología y eventuales conductas desleales de los intervinientes, genera para jueces y abogados en modalidad de video conferencia. Un problema que por las características y principios del proceso resuena muy similar a los debates que se han producido en pro y en contra, en juicios de familia y penales. Sin embargo, sobre la base de la interpretación de algunos jueces en orden a que estiman que el marco normativo permite que se rinda prueba de esa naturaleza por vía remota, y sobre la base de la voluntariedad y disposición de los abogados, se han llevado a cabo audiencias íntegras en casos de baja y mediana complejidad, con resultados cuantitativamente magros respecto de cifras globales.

En un modelo diseñado para la inmediación personal y en el marco de un conjunto de reformas urgentes, la Asociación de Magistradas y Magistrados de Chile ha planteado ya ante el Ministerio de Justicia que el debate sobre la rebaja de las garantías de debido proceso en materia laboral para escenarios extraordinarios, debe ser tratado legislativamente. Compete al legislador ponderar si procede una rebaja limitada de ciertas garantías en tales circunstancias, estableciendo mínimos procesales, controles y sanciones.

En la misma línea propositiva creemos que existen condiciones y es tiempo de evolucionar hacia la notificación por correo electrónico de la primera resolución del juicio, tomando como base y testeo suficiente, la práctica generalizada y eficacia que exhibe este tipo de notificación en múltiples fases del proceso y en muchas otras gestiones administrativas y judiciales de la más diversa índole. En fases previas al proceso debiera señalarse el domicilio electrónico (comunicación del despido, finiquito, comparecencia ante la Inspección del Trabajo), sin perjuicio de enlistarse tales datos en órganos legalmente habilitados a tal fin, como la Dirección del Trabajo o utilizarse otras bases generales de servicios públicos en que las empresas registran sus datos.

Las medidas no agotan ciertamente el todavía impredecible cúmulo de problemas que enfrentará la vuelta a la justicia presencial y el inevitable retardo en la administración de justicia. Pero habrá que disponer los espíritus, agudizar la imaginación, racionalizar recursos y trabajar asociadamente, sumando fuerzas –en ésta y en tantas otras tareas que el futuro nos exigirá- para superar los nocivos efectos de estos tiempos tan sombríos.

Única  forma de  seguir persiguiendo el horizonte de hacer justicia de modo oportuno, que hoy se nos ha alejado por obra de la pandemia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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