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La defensa del medio ambiente es la defensa de los derechos humanos

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Constanza Núñez Donald
Por : Constanza Núñez Donald Directora del centro de DDHH de la Facultad de Derecho en Universidad de Chile
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Llama la atención que en un país donde aún no hemos logrado institucionalizar una Defensoría del Pueblo, se proponga una defensoría de las inversiones. En este contexto, hay que recordar que la defensa del medio ambiente es defender los derechos humanos.


En las últimas semanas hemos visto cómo se ha activado un debate que intenta posicionar la labor de las organizaciones de la sociedad civil en materia ambiental, bajo una retórica que denuncia su carácter obstruccionista para el desarrollo económico y la inversión en Chile. La estrategia de búsqueda de “enemigos” a culpabilizar en este ámbito, es una táctica conocida de lo que Alston ha llamado “el desafío populista a los derechos humanos” (2017), que genera narrativas políticas, reformas legales y medidas coercitivas en aras de erosionar la legitimidad y eficacia de los actores de derechos humanos, donde las organizaciones de la sociedad civil son uno de los blancos principales. El resultado de estas medidas es lo que algunos han llamado la “Guerra Global contra las ONG” (The Washington Post, Editorial Board, 2015).

En el caso chileno, esta campaña está comenzando a ser dirigida contra las ONG en materia ambiental. Acompañada de la narrativa que las sitúa como un obstáculo para el crecimiento económico, en la dialéctica de contraponer intereses (medio ambiente vs. inversión), han surgido voces que proponen que requerimos una “defensoría de las inversiones”, lo que refuerza la perspectiva que posiciona la defensa ambiental como un elemento desestabilizador, que requiere una institucionalidad que brinde racionalidad.

Llama la atención que en un país donde aún no hemos logrado institucionalizar una Defensoría del Pueblo, se proponga una defensoría de las inversiones. En este contexto, hay que recordar que la defensa del medio ambiente es defender los derechos humanos. Los defensores ambientales son defensores de derechos humanos en la medida en que su labor busca contribuir a la garantía de las condiciones que permiten la sostenibilidad de la vida. Aunque suene obvio, no está de más recordar que no podemos disfrutar de ningún derecho sin un entorno que lo haga posible. 

No se debe santificar la labor de las ONG ni demonizar sus funciones, pero sí es relevante recordar que cumplen una labor fundamental en una sociedad democrática en el control al poder, operativizan la participación ciudadana, contribuyen a la deliberación pública y el acceso a la justicia. En este sentido, deben estar también sometidas al escrutinio público, pero bajo el principio orientador que reconoce su aporte esencial para la construcción de sociedades más democráticas.

Si queremos avanzar en institucionalidad y se ha abierto el debate público en torno al rol de las “Defensorías”, propongo entonces que, a propósito de la discusión sobre el fortalecimiento del INDH, se dé espacio a las propuestas de quienes sostenemos que la defensa de los derechos humanos en Chile requiere una Defensoría del Pueblo. 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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