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Tribunal dicta primera condena en Santiago por lavado de activos

Sentencia afectó a dos sujetos que prestaron su nombre para que María Farías comprara dos vehículos con fondos de la venta de cocaína, por la suma de 15 millones de pesos. Si bien lo montos son bajos, lo importante para el Ministerio Público es que la justicia está comenzando a usar la normativa 19.913 que sanciona el blanqueo de capitales.


El segundo Juzgado de Garantía de Garantía de Santiago declaró culpables ayer a dos personas por el delito de lavado de activos provenientes del narcotráfico.



La decisión de la magistrada María Verónica Orozco afectó a Jaime Soto y Jaime Candia en el marco de un juicio abreviado, cuya sentencia será leída en los próximos días y que



Aunque se trata de un caso menor de tráfico de drogas, la justicia usó la ley de blanqueo de capitales (19.913), criterio que va creciendo entre los magistrados, ya que este ilícito no sólo existe a nivel transnacional.



El caso que fue investigado por el fiscal Centro Norte Miguel Ángel Orellana comenzó en marzo de este año, cuando la Brigada Antinarcóticos tuvo información de que María Farías Vásquez, avecindada en Conchalí , estaba dedicada al tráfico de cocaína, teniendo ya dos condenas por el mismo delito en los ’90.



El perseguidor penal, entonces, decretó el seguimiento y la vigilancia de la mujer. Fue así como se detectaron dos autos nuevos de alto valor económico: un Suzuki Impressa y un Subaru Aéreo, que sumaban en total 15 millones de pesos.



Pero estos activos no estaban a su nombre sino al de sus vecinos, quienes fueron ayer condenados a penas de 541 días, ya que tenían irreprochable conducta anterior y colaboraron abiertamente a la indagatoria.



Soto y Candia prestaron los nombres para disimular el verdadero origen del dinero. Ninguno tenía cómo justificar los automóviles, por lo que se procedió a la detención de Farías Vásquez.



Se realizó una diligencia en las tiendas autorizadas que las marcas en cuestión tienen en el Movicenter de Américo Vespucio y se acreditó que la imputada concurrió con los dos testaferros y pagó nada menos que en efectivo los 15 millones de pesos.



Fuentes cercanas a la investigación comentaron que es común que los narcotraficantes compren sus bienes al contado y llamaron la atención sobre la falta de control que existe en el mercado automotriz, sobre todo cuando una persona, sin que pueda justificar sus ingresos, adquiere un bien de este tipo.



La lógica usada por esta narcotraficante era, a través del traspaso, evitar que si era detenida perder los bienes que había adquirido.



Sin embargo, junto con la condena Candia y Soto, la magistrada decretó el comiso de las especies, que pasarán a manos de la Policía de Investigaciones para ser utlizadas en procedimientos antidroga.



Para el Ministerio Público esta condena es importante, ya que, más allá del monto en dinero, se está convirtiendo poco a poco en un criterio entre los jueces el uso de la norma para condenar a quiénes lavan sus activos.



La primera condena de la reforma procesal penal se produjo en Arica. En la oportunidad, el tribunal aplicó una pena de 61 días, aplicando las atenuantes del caso, a una mujer que disimuló el origen de las propiedades de un narcotraficante.



El dictamen judicial llegó en momentos en que el tribunal de Ovalle se apresta a dictar este martes el veredicto en contra del clan Gálmez, que lavó en Chile una suma superior a los cinco millones de dólares.

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