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El fisco deberá pagar indemnización de $75 millones por muerte de carabinero el 11 de septiembre de 2007

En fallo unánime los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva, Dora Mondaca (suplente) y la abogada integrante Andrea Muñoz determinaron que el Estado debe cancelar la suma descrita a Elizabeth Moris Araya, quien era la conviviente del ex suboficial con quien tenía hijos.


La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $75 millones a la pareja del cabo Cristián Vera Contreras, muerto el 11 de septiembre de 2007, luego de recibir un disparo en una manifestación en la que se conmemoraba un nuevo aniversario del golpe de Estado de 1973 en Pudahuel.

En fallo unánime los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva, Dora Mondaca (suplente) y la abogada integrante Andrea Muñoz determinaron que el Estado debe cancelar la suma descrita a Elizabeth Moris Araya, quien era la conviviente del ex suboficial con quien tenía hijos.

De acuerdo al razonamiento del tribunal de alzada, el Estado es responsable por la muerte del policía por no proporcionar los elementos de protección adecuados para enfrentar las manifestaciones.

«Era del todo previsible que se enfrentarían a ataques con armas de fuego, atendida la fecha en que ocurrieron los hechos, posibilidad que fue representada por Carabineros al premunirlos de chalecos antibalas, no obstante en cuanto a los cascos opta con uno con características simples, antidisturbios y no antibalas lo que lo habría protegido en los mismos términos que el chaleco antibalas, según se desprende del peritaje de fojas 186; en consecuencia, al no cumplir con la obligación de protección genera la responsabilidad correspondiente, sin perjuicio de aquella que corresponde al autor del disparo», consigna el dictamen.

En ese marco los jueces también razonan que el pago corresponde en justicia a la mujer, a pesar de no estar legalmente casada con el cabo Vera, toda vez que se acreditó que ambos mantenían una unión permanente y notoria para el resto de la sociedad.

En este caso la Corte Suprema ya había condenado en mayo a Eduardo Espinoza Bórquez como responsable del disparo que le quitó la vida al uniformado, a la pena de 10 años y un día de cárcel.

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