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Cámara aprueba informe de Comisión Mixta sobre proyecto de ley que crea figura de Administrador Provisional

Cámara aprueba informe de Comisión Mixta sobre proyecto de ley que crea figura de Administrador Provisional

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En adelante, el informe deberá ser ratificado por la Sala del Senado para que pueda ser despachado y promulgado por el Ejecutivo.


La Cámara de Diputados aprobó por 107 votos a favor, uno en contra y cinco abstenciones, el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Administrador Provisional y Administrador de Cierre de Instituciones de Educación Superior.

En adelante, el informe deberá ser ratificado por la Sala del Senado para que pueda ser despachado y promulgado por el Ejecutivo. Antes, eso sí, se debe esperar el informe del Tribunal Constitucional en relación a los artículos sobre los cuales diputados de la oposición hicieron reserva de constitucionalidad.

El informe de la comisión mixta se refiere al nuevo artículo 9 del proyecto, el cual fue rechazado por falta de quórum durante la votación en tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

Las diferencias obligaron a zanjar la norma en una comisión constituida por cinco senadores y cinco diputados, quienes acordaron ratificar por unanimidad la normativa rechazada por la Cámara.

El artículo establece que «la institución de educación superior afectada por la medida de nombramiento de administrador provisional podrá reclamar la legalidad de la misma, a través de sus representantes, dentro del plazo de 10 días hábiles, contado desde la notificación de la respectiva resolución, ante la Corte de Apelaciones correspondiente a su domicilio”.

“La Corte de Apelaciones dará traslado de la reclamación al ministerio de Educación, notificándolo por oficio. Éste dispondrá del plazo de 10 días hábiles contado desde que se notifique la reclamación interpuesta, para formular observaciones. Evacuado el traslado por el ministerio o vencido el plazo de que dispone para formular observaciones, el tribunal ordenará traer los autos en relación y la causa se agregará extraordinariamente a la tabla de la audiencia más próxima, previo sorteo de la Sala. La Corte podrá, si lo estima pertinente, abrir un término probatorio que no podrá exceder de siete días, y escuchar los alegatos de las partes. La Corte dictará sentencia dentro del término de 15 días, la que será inapelable”, acota.

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