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Tucapel Jiménez por despidos masivos en TVN: «No es culpa de los trabajadores sino que de decisiones que vienen desde la gerencia»

«Realmente es injusto que los trabajadores sean los que tengan que pagar los platos rotos de la situación que vive TVN. Me cuesta pensar que echando a personas se puedan estar haciendo bien las cosas o haciendo más competitivo el canal. Si hay problemas respecto al rating no es culpa de los trabajadores sino que de decisiones equivocadas que vienen desde la gerencia”, indicó el diputado de la Comisión de Trabajo.


El diputado PPD y miembro de la Comisión de Trabajo, Tucapel Jiménez, lamentó el despido de 52 trabajadores de TVN que cumplían diversas labores en el canal estatal debido al mal momento económico y el bajo rating.

«Realmente es injusto que los trabajadores sean los que tengan que pagar los platos rotos de la situación que vive TVN. Me cuesta pensar que echando a personas se puedan estar haciendo bien las cosas o haciendo más competitivo el canal. Si hay problemas respecto al rating no es culpa de los trabajadores sino que de decisiones equivocadas que vienen desde la gerencia”, indicó Jiménez.

Es por esta razón, que el parlamentario pidió al gobierno que se le ponga urgencia a un proyecto de su autoría que busca modificar el Código del Trabajo para establecer un procedimiento previo al que deberán someterse los empleadores en caso de realizar despidos colectivos de trabajadores.

El legislador recordó que hasta el año 1981 la legislación laboral regulaba estos casos, pero tras la derogación de dichas normas los empleadores continuaron realizando despidos masivos invocando las causales establecidas en el artículo 159 N° 6 del Código del Trabajo, caso fortuito o fuerza mayor, o el artículo 161 que permite el despido de uno o más trabajadores por “necesidades de la empresa”.

Este proyecto incorpora un nuevo Artículo 161 Ter en el Código del Trabajo, señalando que los despidos colectivos donde se invoquen las causales contenidas en los citados artículos, “sólo procederán previa resolución de la Inspección del Trabajo que los autorice”.

Para ello, añade el texto, el empleador deberá comunicar al menos con treinta días de anticipación a la Inspección respectiva, a las organizaciones sindicales de la empresa o, en su defecto, a los trabajadores afectados.

Además se entenderá que existe despido colectivo cuando “en un lapso de sesenta días consecutivos los despidos afecten al menos a diez trabajadores en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores, o al menos al diez por ciento de los trabajadores en las empresas que tengan 100 trabajadores o más”.

En caso que el empleador proceda a los despidos colectivos sin contar con la autorización de la Inspección del Trabajo, estará obligado a reincorporar a los trabajadores despedidos; pero si los trabajadores rechazan ser reincorporados, el empleador tendrá que indemnizarlos por un monto mínimo equivalente a un mes de remuneración por año trabajado y fracción superior a seis meses.

“El objetivo de este proyecto es responder a las inquietudes de los trabajadores respecto de despidos colectivos o masivos a fin de entregarles una mayor protección a quienes son expuestos a estas prácticas y ven precarizada su situación laboral como está ocurriendo en TVN”, afirmó Tucapel Jiménez.

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