A través de un oficio, el contralor Jorge Bermúdez se refiere a la decisión del Servicio de Impuestos Internos de no presentar querellas en contra de grandes empresas que financiaron a políticos, asegurando que «las autoridades y los funcionarios del SII están obligados a observar el principio de imparcialidad».
La Contraloría General de la República salió al paso de la decisión del Servicio de Impuestos Internos (SII) de no presentar querellas en contra de un grupo de grandes empresas que financiaron a políticos.
A través de un oficio firmado por el contralor Jorge Bermúdez declaró: «Pese a tratarse de una atribución discrecional del Director del SII, resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional, ya que, conforme al principio de juridicidad, es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad, sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad, por lo que lo que resuelva sobre el particular requiere tener sustento en los antecedentes recabados al efecto».
«Cabe recordar que las autoridades y los funcionarios del SII están obligados a observar el principio de imparcialidad consagrado en el artículo 11 de la ley N° 19.880, conforme al cual, tanto en la substanciación de sus procedimientos como en las resoluciones que adopten, han de actuar con objetividad y respetar el principio de probidad, el que, a su vez, les impone la obligación de emplear medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, según lo ordena el artículo 53 de la ley N° 18.575», agregó.
De igual modo, el ente contralor pidió investigar demora del SII en presentar una denuncia en contra de Carlos Ominami, e instruir sumario administrativo. Precisamente, porque dicha demora permitió sobreseer al ex senador, por la prescripción de los eventuales delitos.