Publicidad
Contaminar no es gratis: las claves del proyecto de Gobierno que castiga los delitos ambientales PAÍS Crédito: Agencia UNO

Contaminar no es gratis: las claves del proyecto de Gobierno que castiga los delitos ambientales

Si bien el Gobierno puso el foco en que la iniciativa, recomendada por la OCDE, busca “prevenir” los daños graves al patrimonio natural, el proyecto contempla penas de cárcel de hasta 5 años y establece la responsabilidad penal de las empresas.


Penas de cárcel para las personas y responsabilidad penal de las personas jurídicas, vale decir las empresas, contempla el proyecto de Gobierno que castiga los delitos ambientales.

Si bien en el Ejecutivo ponen el foco en que la iniciativa busca “prevenir” la ocurrencia de este tipo de situaciones, uno de sus componentes clave es el fortalecimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

La legislación ha sido planteada por parlamentarios de todos los sectores y organizaciones de la sociedad civil y es una de las recomendaciones que la OCDE hizo en su Evaluación del Desempeño Ambiental de Chile del 2016.

“El foco principal del proyecto es que las empresas tengan mecanismos de control y prevención frente al daño ambiental. Las sanciones irán dirigidas a aquellas empresas que no cuenten con un modelo de prevención porque el objetivo central es que todos nos hagamos cargo de cuidar el medio ambiente”, ha argumentado la ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt.

Las sanciones

El proyecto de ley establece que, si se acredita el daño, se arriesgan sanciones de cárcel desde los 61 días hasta los 3 años. Pero si este daño se realizara en un área protegida, la pena oscila entre los 541 días y los 5 años.

Además se establecen multas: para el daño fuera de un área protegida, estas van desde 501 hasta 700 UTM (entre $24,2 millones y $33,8 millones), mientras que si ocurre dentro de un área protegida, la multa es entre 801 a 1.000 UTM (de $38,7 millones a $48,3 millones).

El proyecto también incorpora los delitos ambientales a la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. De esta manera, las empresas deberán incorporar a sus modelos de prevención del delito las actividades que generen riesgo de dañar gravemente el medio ambiente.

Publicidad

Tendencias