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Fallo del juez Madrid: CDE se suma a petición de Carmen Frei y también solicita homicidio calificado para culpables PAÍS

Fallo del juez Madrid: CDE se suma a petición de Carmen Frei y también solicita homicidio calificado para culpables

Con esta decisión, el organismo se suma a los otros querellantes que ayer solicitaron formalmente que se recalifique el delito de homicidio simple por el de calificado, lo que implicaría que se eleven las penas a los culpables establecidos en la sentencia de primera instancia. Dicha recalificación apunta especialmente a la situación del doctor Patricio Silva Garín, condenado por Madrid a una pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor del delito de homicidio, previsto y sancionado en el artículo 391 número 2 del Código Penal. Lo mismo el chofer Luis Becerra Arancibia, quien fue informante de la CNI y al ex agente de la CNI, Raúl Lillo Gutiérrez, ambos condenados a siete años de presidio mayor en su grado mínimo como coautores del homicidio [ACTUALIZADA]


El Consejo de Defensa del Estado (CDE) tomó la decisión de apelar a la sentencia del juez Alejandro Madrid, en su calidad de querellante en el caso del magnicidio del expresidente Eduardo Frei Montalva en 1982.

Con esta decisión, el organismo se suma a los otros demandantes, quienes también solicitaron que se recalifique el delito de homicidio simple por homicidio calificado y que, de esta forma, se eleven las penas a los culpables establecidos en la sentencia de primera instancia del juez Madrid.

La recalificación apunta al doctor Patricio Silva Garín, quien fue condenado a una pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor del delito de homicidio previsto y sancionado en el artículo 391, número 2, del Código Penal. Lo mismo el chofer del exmandatario, Luis Becerra Arancibia, quien fue informante de la CNI y condenado a siete años de presidio mayor en su grado mínimo como coautor del homicidio y al ex agente de la CNI, Raúl Lillo Gutiérrez, a la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo como coautor del homicidio.

Lillo Gutiérrez es mayor en retiro del Ejército, que operó como agente de la Dirección Nacional de Inteligencia Nacional (DINA) y luego pasó a integrar la Central Nacional de Informaciones (CNI). En esa función, fue el “agente de control” de Becerra, el chofer de Frei Montalva, vale decir a quien le reportaban la información de los movimientos del ex mandatario.

Años después del magnicidio, Lillo se incorporó a la DINE (Direccion de Inteligencia del Ejército), donde participó en otro crimen, el del químico de la DINA, Eugenio Berríos, perpetrado en octubre de 1991. Por ese caso, fue condenado a 10 años y un día, como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita, de acuerdo al fallo ratificado por la Corte Suprema en 2015. Actualmente, se encuentra en el penal de Punta Peuco.

La apelación de Carmen Frei

A principios de esta semana, Nelson Caucoto –abogado de Carmen Frei– afirmó sobre las razones de la apelación que “estamos en presencia de un delito de homicidio calificado y no de un homicidio simple, como lo piensa el ministro [Alejandro] Madrid”.

Aún así, aseguró que defenderán el fallo ante la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema “porque queremos honrar el inmenso trabajo que ha desplegado [el juez Madrid] y con el que ha enaltecido el papel del poder judicial“. El abogado argumentó, además, que la familia está satisfecha con la contundencia del fallo “porque quedan superadas las hipótesis que hablaban de una muerte natural por una negligencia” y porque el delito fue tipificado como de lesa humanidad.

Ayer Carmen Frei, acompañada de los abogados y Francisco Ugás, presentó oficialmente la apelación al fallo del juez Madrid, pidiendo que se investigue la muerte de su padre como “un delito imprescriptible, de lesa humanidad”, lo que abre la posibilidad de investigar a más personas.

Los otros tres condenados en la sentencia del juez Madrid son el doctor Pedro Valdivia Soto, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad como cómplice, y los tanatólogos, Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere, a la pena de tres años de presidio menor en su grado medio en calidad de encubridores.

La petición de recalificación del CDE y de Carmen Frei debe ser resuelta por la Corte de Apelaciones de Santiago.

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