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Con el viento a favor: pleno de la Convención supera los 2/3 y aprueba mayoría de normas del Sistema Nacional de Justicia NUEVA CONSTITUCIÓN

Con el viento a favor: pleno de la Convención supera los 2/3 y aprueba mayoría de normas del Sistema Nacional de Justicia

Nicole Martinez
Por : Nicole Martinez Periodista El Mostrador
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Hasta última hora, la incertidumbre estaba instalada sobre algunos de los 16 artículos del informe de la comisión de Sistema de Justicia, los primeros en ser votados en general por el pleno de la Convención Constitucional. De ellos, 14 fueron aprobados con votaciones superiores al quórum de los dos tercios, y sólo 2 fueron rechazados. Uno de estos fue el de la inamovilidad de jueces, el que por su redacción varios pensaron que podía caerse, en base al inciso 2, que establece que «cesan en sus cargos únicamente al cumplirse la duración prevista para el mismo, por alcanzar los setenta años de edad, por renuncia voluntaria, por constatarse una incapacidad legal sobreviniente o por remoción», pero sin explicitar que se aplica sólo a la Corte Suprema y no a la Corte de Apelaciones ni jueces de primera instancia. También se rechazó el artículo 8, que fija que «las sentencias y resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de DDHH permitirán revisar el efecto de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por tribunales del Estado de Chile». Ambos vuelven a la comisión. Mientras, contra casi todo pronóstico previo, el artículo 2, sobre pluralismo jurídico se aprobó con 114 votos a favor, en medio de intensas gestiones para bajar el temor y dudas ante el reconocimiento de la justicia indígena. En lo concreto, el artículo establece que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.


La visión crítica a la justicia actual es transversal y así lo plasmaron los constituyentes ayer, en un día histórico, por ser la primera vez en que el pleno comenzó a votar en general el informe de la comisión de Sistema de Justicia, que incluye los principios que podrían ser parte de la nueva Constitución.

Una jornada larga que estuvo marcada por intensas reuniones previas, que comenzaron el lunes, hasta tarde, y se retomaron este martes bien temprano. Distintos colectivos sacaban cuentas de los votos y otros afinaban la estrategia de sus votos, la mayoría adelantando un voto favorable en general en varios artículos, pero haciendo la previsión de que en particular el debate sería duro.

Poco antes de las 14 horas resurgió un debate que algunos daban por cerrado: constituyentes daban luces de querer tocar en el pleno, previo al debate del informe, el punto sobre la interpretación que realizó la mesa directiva el lunes favorable a mantener la aplicación de los dos tercios en la votación de los informes en general, por 5 votos a favor de mantener el quórum y 3 en contra, luego de que 50 convencionales pidieran el domingo la revisión de esa definición. Esa arista de hecho fue la que se tomó el debate en la primera parte de la sesión del pleno, abriendo el flanco el constituyente Mauricio Daza, quien reclamó que el oficio 504 «no interpretó el reglamento, lo que hizo derechamente fue incorporar una norma que había sido rechazada», aludiendo a que el quórum supramayoritario era aplicable a normas constitucionales, no a informes generales de comisiones, instando, por tanto, a que fuera el pleno que deliberara la disyuntiva, a lo que se sumaron otros constituyentes.

Por la contraparte, constituyentes de Vamos por Chile reafirmaron su respaldo a la decisión de la mesa, mientras que el constituyente Fernando Atria (FA) dijo que “está claro que las normas se aprueban por 2/3 y está claro que en la votación en general, lo que se vota no son los informes sino propuestas normativas contenidas en los informes, la conclusión es categórica en el sentido fijada por la mesa». Asimismo, la constituyente Alondra Carrillo (MSC) a pesar de que estaba por no aplicar los dos tercios, defendió la decisión de la mesa como la instancia mandatada a hacer la interpretación.

Luego de unas horas y tras varias intervenciones, fue la presidenta de la CC, María Elisa Quinteros, quien zanjó la controversia, reafirmando la decisión tomada por la mesa, en la que ella votó en contra de la interpretación que mantenía los dos tercios. “Los ocho integrantes de la mesa asumimos este desafío de interpretar aquellas normas oscuras del reglamento, con un espíritu de transparencia y eficacia. Es así que hemos trabajado esta propuesta, por lo tanto, respetaremos la decisión acorde al reglamento que nos hemos auto otorgado», destacó.

Con agua en la piscina

Ante la solicitud de votación separada que realizaron constituyentes, no se votó el texto de manera unitaria, sino que aparte cada uno de los 16 artículos. A pesar del debate por el quórum, en la mayoría de los artículos se superó con creces los 103 votos necesarios para aprobar. En resumen, se aprobaron 14 puntos, y se rechazaron sólo 2. Un balance positivo para la mayoría de los constituyentes, que celebraron el avance de gran parte del articulado en general, lo que es visto como un respaldo al debate que se está realizando en cada comisión y que sería un termómetro de cómo viene la mano para el resto de comisiones, como la de Forma de Estado que hoy somete su informe al pleno.

En las intervenciones, que se extendieron hasta cerca de las 23.30, las críticas estuvieron centradas en al menos 3 artículos: el número 2, sobre pluralismo jurídico; el 4, sobre inamovilidad de jueces; y el 8, sobre ejecución de resoluciones. Las gestiones estuvieron concentradas en el segundo, de pluralismo jurídico, que varios pensaban podía caerse. Se realizaron varias reuniones, gestiones y explicaciones de que lo que se buscaba era incluirlo en general en la Constitución para luego revisar los detalles, incluso por la vía legislativa. La acusación de algunos sectores es que se trataba de un sistema de justicia paralelo, y que al aplicar la justicia indígena afectaba la igualdad ante la ley. Pero finalmente fue ampliamente aprobado por 114 votos a favor y 37 en contra.

En lo concreto, el artículo establece que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.

Los Constituyentes de Vamos por Chile encabezaron las críticas y habían anunciado su rechazo al pluralismo jurídico. El constituyente Eduardo Cretton (UDI) sostuvo que «la propuesta planteada no nos ofrece la existencia de un sistema jurídico para todos los chilenos, sino que una propuesta inorgánica que considera diversos sistemas de justicia dependiendo de si pertenecemos o no a un pueblo originario. Así, un chileno común y corriente será juzgado y medido por una vara distinta a la de un mapuche o un rapa nui. Eso es un atentado contra la igualdad ante la ley». Las dudas de que se pudiera rechazar recaían principalmente a que al rechazo ya explícito de Vamos por Chile se sumaban las dudas del Colectivo Socialista, que horas antes de la votación había decidido aprobar.

En general hubo un apoyo transversal en los otros sectores de la CC, especificando que los detalles serían objeto de otra discusión y que se trataba de reconocer el sistema de justicia indígena, tal como hacen otros países. La constituyente del pueblo Mapuche, Rosa Catrileo, destacó que esta propuesta recoge el derecho de las comunidades “de regularse conforme a su propia visión de mundo en la vida comunitaria que llevamos. Esto no es una creación o invención de esta Convención, es un derecho que está reconocido en el ámbito internacional».

La constituyente Carolina Sepúlveda(INN) hizo hincapié en que varios plantearon que no es posible un sistema de justicia diferente para los pueblos originarios, «como si en Chile no existiera la justicia militar. No he escuchado a nadie (diciendo) que este es un problema».

Uno de los puntos que se rechazó, por 89 a favor y 62 en contra – no logrando los ⅔ – y que estaba dentro de las posibilidades de que ocurriera, fue el artículo 4, sobre la inamovilidad de los jueces. El inciso 1 tenía consenso de apoyo, pues establece que “las juezas y jueces son inamovibles y no pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino por el Consejo de la Justicia, conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes”. La polémica radica en el inciso segundo, que dice que “cesan en sus cargos únicamente al cumplirse la duración prevista para el mismo, por alcanzar los setenta años de edad, por renuncia voluntaria, por constatarse una incapacidad legal sobreviniente o por remoción”. El problema es que no se explicitó que estaba pensado sólo para la Corte Suprema, y no para jueces de primera instancia y de la Corte de Apelaciones. Ya hay acuerdos para poder mejorar dicha redacción. De hecho, al ser rechazado vuelve a la comisión de Sistema de Justicia.

En el debate, el constituyente Ruggero Cozzi (RN) hizo hincapié en otro punto, referente al cambio del concepto de Poder Judicial a Sistemas de Justicia, acusando que sólo la constitución de Venezuela usaba este término. “No se puede haber escogido un peor ejemplo a imitar que el sistema de justicia de Venezuela. Este cambio es un verdadero gustito del Partido Comunista. La señal es pésima”, dijo, en medio de los reclamos de constituyentes de otros sectores, que en sus intervenciones lo acusaron de minimizar a otras fuerzas constituyentes que participaron del intenso debate de la comisión de Sistema de Justicia.

El segundo artículo rechazado fue el número 8, sobre Ejecución de las Resoluciones, con 88 votos a favor y 63 en contra. “Para hacer ejecutar sus resoluciones y practicar o hacer practicar las actuaciones que determine la ley, los órganos que ejercen jurisdicción podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública y a toda otra autoridad o persona, quienes deberán cumplir lo mandatado de forma rápida y expedita, sin poder calificar su justicia, fundamento, oportunidad o legalidad. Las sentencias y resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos permitirán revisar el efecto de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por tribunales del Estado de Chile”, dice el artículo.

Las críticas, compartidas entre constituyentes de derecha, del Colectivo del Apruebo, Colectivo Socialista y otros dicen relación con afectación o atentar contra la soberanía, al incluir el sistema internacional de la protección de DDHH. El constituyente Fuad Chahín (DC) dijo que “el establecer como fuente del derecho estándares internacionales, lo que hace es justamente atentar contra nuestra soberanía”. El artículo también vuelve a la comisión de Sistema de Justicia. Las aprobadas, pasan ahora a su discusión en paerticular, donde varios advierten que estarán los principales debates.

En números: lo que se aprobó y lo que se rechazó

  • Artículo 1: La función jurisdiccional. Aprobado por 107 votos a favor, 41 en contra y 3 abstenciones
  • Artículo 2: Pluralismo Jurídico. Aprobado por 114 votos a favor y 37 en contra
  • Artículo 3: Independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad. Aprobado por 113 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención
  • Artículo 4: Inamovilidad. Rechazado por 89 votos a favor y 62 en contra
  • Artículo 5: Derecho de acceso a la justicia. Aprobado por 140 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones
  • Artículo 6: Tutela jurisdiccional efectiva. Aprobado por 128 votos a favor, 21 en contra y 1 abstención
  • Artículo 7: Inexcusabilidad e indelegabilidad. Aprobado por 114 votos a favor y 36 en contra
  • Artículo 8: Ejecución de las resoluciones. Rechazado por 88 votos a favor y 63 en contra
  • Artículo 9: Fundamentación y lenguaje claro. Aprobado por 114 votos a favor, 33 en contra y 4 abstenciones
  • Artículo 10: Gratuidad. Aprobado por 141 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones
  • Artículo 11: Principio de responsabilidad jurisdiccional. Aprobado por 113 votos a favor, 36 en contra y 2 abstenciones
  • Artículo 12: Publicidad, probidad y transparencia. Aprobado por 145 votos a favor y 4 abstenciones
  • Artículo 13: Principio de justicia abierta. Aprobado por 128 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención
  • Artículo 14: Paridad y perspectiva de género. Aprobado por 115 votos a favor, 24 en contra y 13 abstenciones
  • Artículo 15: Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad. Aprobado por 114 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención
  • Artículo 16: Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos. Aprobado por 150 votos a favor y 1 abstención
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