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Contraloría detecta irregularidades en renuncia de Emilia Ríos al municipio de Ñuñoa PAÍS Crédito: Agencia Uno

Contraloría detecta irregularidades en renuncia de Emilia Ríos al municipio de Ñuñoa

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La Contraloría reveló que la renuncia de Emilia Ríos a la alcaldía de Ñuñoa no cumplió la normativa, pues debió ser aprobada por dos tercios del Concejo Municipal, al no justificarse su excepción por postulación a un cargo de elección popular.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
Un informe de la Contraloría General de la República detectó irregularidades en la renuncia de Emilia Ríos a la alcaldía de Ñuñoa el 13 de noviembre de 2024. La normativa exigía que su renuncia fuera aprobada por dos tercios del Concejo Municipal, pero Ríos argumentó una excepción por postulación a un cargo de elección popular. Días después, fue nombrada subsecretaria del Deporte, lo que llevó a una denuncia del concejal Germán Silvester. La Contraloría concluyó que la renuncia no cumplió la excepción legal y debió ser sometida al Concejo.
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Un informe de la Contraloría General de la República (CGR) reveló irregularidades en el proceso de renuncia de Emilia Ríos a la alcaldía de Ñuñoa, cargo que dejó el 13 de noviembre de 2024. Según el organismo, Ríos, actual subsecretaria del Deporte, debió someter su renuncia al Concejo Municipal para que esta fuera aprobada por dos tercios de sus miembros, como exige la normativa.

En su momento, Ríos justificó su renuncia afirmando que postularía a un cargo de elección popular, lo que, conforme a la letra d) del artículo 60 de la ley N.º 18.695, la eximía de este requisito. Sin embargo, dos días después de abandonar la alcaldía, fue designada subsecretaria del Deporte por el Gobierno, lo que generó cuestionamientos.

El concejal de Ñuñoa, Germán Silvester (RN), interpuso una denuncia ante la CGR, solicitando una revisión del proceso. La resolución del organismo fiscalizador, conocida a través de radio Bíobío, señala que el caso no cumplió con la excepción legal mencionada.

“No obedeció a la causal contenida en la parte final de la letra d) del artículo 60 de la ley N.º 18.695, es decir, ‘que fuere motivada por la postulación a otro cargo de elección popular’, única excepción aceptada por la normativa vigente para que aquella produzca sus efectos sin el acuerdo de los dos tercios del concejo municipal”, indica el documento.

El informe concluye que “la renuncia de la señora Ríos Saavedra debió someterse al conocimiento del Concejo Municipal de Ñuñoa y, para surtir efectos, ser aceptada por el quorum exigido por la normativa vigente”.

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