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Los temas pendientes que quedan tras la alta condena en el caso de Nabila Rifo Destacado

Los temas pendientes que quedan tras la alta condena en el caso de Nabila Rifo

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Loreto Santibáñez
Por : Loreto Santibáñez Editora de Agenda País y Revista Jengibre. Periodista UC
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Mientras los expertos creen que la defensa presentará un recurso de nulidad, el caso ha demostrado algunas falencias como sociedad en el trato a las víctimas.


Luego de que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenara a Mauricio Ortega a dos penas de 12 años y 180 días, cada una,  por los delitos de femicidio frustrado y lesiones graves gravísimas contra Nabila Rifo, más  540 días por el delito de violación de morada, ocurrido el 5 de junio de 2015, cuando con un hacha rompió la puerta de la vivienda que la pareja compartían, ¿qué sigue? ¿Hay aún temas pendientes?.

«Fue un fallo contundente y las penas están aplicadas en sus rangos máximos», dijo el fiscal jefe de Coyhaique, Luis González, sobre la resolución.

Aún así sus cercanos y familiares siguen dudando de su culpabilidad. «Es inocente y veremos los pasos a seguir», dijo su cuñado Franklin Hernández.

En el fallo, el tribunal -integrado por los magistrados Rolando del Río, Pablo Freire y Mario Reyes-, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que «Nabila Rifo sindicó al acusado, su conviviente y padre de dos hijos comunes, como el autor de las agresiones que sufrió en el interior de la casa habitación una vez que se fueron los últimos invitados y minutos después en la intersección de las calles Lautaro con Monreal, cuando fue alcanzada por aquél cuando ella se dirigía a la casa de su madre, precisamente para abstraerse del episodio de violencia que estaba sufriendo de parte de su entonces conviviente. La dinámica de golpes que describió coinciden con las características de las lesiones que sufrió, salvo la enucleación de sus ojos, lo que se explica porque la ofendida perdió la conciencia con el tercero de los golpes, cuando estaba en el suelo».

«Dicho testimonio, fue sometido a un examen y contraexamen muy riguroso y exhautivo por parte de los intervinientes, especialmente de la Defensa, método de contradicción que al permitir un interrogatorio desde posiciones antagónicas, es sin duda el más idóneo para asegurar la calidad de la prueba que se produzca en el juicio y una adecuada reconstrucción de los hechos. En dicho escenario, la declaración de Nabila en el juicio resultó fortalecida, ya que se evidenció su coherencia, al narrar un episodio con un contexto y detalles que explicaron y contextualizaron el origen de las agresiones en un historial previo de violencia intrafamiliar originada por la conducta agresiva, posesiva y despreciativa del acusado hacia ella, que explica de manera lógica la trágica culminación de dicha historia, con un episodio de violencia extrema que expuso su vida al límite y truncó su proyecto de vida de manera sustancial», sentencia.

Lo que viene judicialmente

Pese a que la condena especifica que Ortega no reúne requisitos para optar a alguna de las penas sustitutivas que establece la Ley N°18.216, y que deberá cumplir las condenas impuestas de manera efectiva, contando desde el día que está en prisión preventiva (18 de mayo de 2016), es muy probable que el caso no termine aquí según especialistas.

El abogado Carlos Durán aclara que el fallo no está ejecutoriado. «Las partes tienen 10 días corridos de plazo para presentar un recurso de nulidad para que la Corte de Apelaciones o Suprema -según la causal que se invoque- anule ya sea la sentencia o la sentencia y el juicio oral que se hizo. Y obvio que van a recurrir a nulidad porque obtuvieron un voto en contra de condenar, entonces de ahí van a sacar los argumentos», señala.

La abogada penalista Marcela Parra también cree que es altamente probable que la defensa utilice el recurso de nulidad para modificar la condena. «En mi opinión personal hay posibilidades de anular el juicio o la sentencia», sostiene.

Para la profesional, en este caso se llega a cierto sector judicial que cree que las sentencias condenatorias en materia penal deberían contar con la unanimidad de los votos. «Podría pensarse que una sentencia condenatoria que contenga un voto disidente, en donde se expresa que existen dudas razonables acerca de la participación culpable del acusado, podría estar violentando el principio de presunción de inocencia», explica.

El abogado penalista Juan Pablo Sánchez también cree que el voto disidente del juez del Río servirá de base para el recurso de nulidad de la defensa. En la sentencia, el magistrado señala que «se quiso retratar al encartado como un sujeto violento. Sin embargo, salvo un episodio objetivo, el de violación de morada, no hay otros antecedentes que evidencien una conducta agresiva como conducta habitual. La propia afectada, durante la entrevista con la doctora Moglia, dijo que Mauricio no se descontrolaba, que cuando estaba molesto se iba a acostar. El relato entregado por la víctima a las profesionales ya citadas, fue contundente, claro y preciso: exculpó al acusado Ortega. Fue una exposición coherente, en lo interno y en lo externo, dijo la psicóloga. La víctima, culpó de este delito, a un sujeto alto, delgado, que vestía como metalero, que la tocaba, como que la quería violar. El personal del SAMU que se hizo presente en el lugar, vio a la víctima con sus calzas abajo, en los tobillos, situación que se guarda relación con este relato».

Sánchez además cree que los jueces aplicaron en la condena el máximo de las penas establecidas en la ley como señal. «No deja de asombrarme lo alto de la penalidad para un femicidio en grado de frustrado. Al final, me queda la sensación desde el punto de vista jurídico que acá hubo una sanción ejemplificadora que se apartó un poco del derecho y se acercó más a lo moral por la presión mediática que tuvo esta causa», manifiesta.

Y es que este caso ha tenido tanta repercusión pública que hasta la Presidenta Michelle Bachelet ha visitado a Nabila para darle su apoyo. A su vez, el Estado ha velado por ayudar a la víctima. No sólo el Ministerio del Interior y de la Mujer fueron querellantes en la causa, sino que el caso se volvió emblemático en la lucha por frenar la violencia contra las mujeres y por eso la ministra Claudia Pascual señaló que “estamos conformes en tanto es una sentencia proporcional a la gravedad de los hechos, una de las más altas en el entendido de que es un femicidio frustrado, que tiene lesiones graves y gravísimas, que tiene una violencia tan extrema como la que ha vivido Nabila, y por lo tanto sentimos que es una buena sentencia”.

La secretaria de Estado también indicó que estos fallos “marcan ejemplos en que el conjunto del país; tanto desde la condena social y el rechazo que la ciudadanía manifiesta, como desde los distintos actores e instituciones de que podemos ir construyendo un país que atienda la violencia y que la repare como corresponde a la magnitud de la gravedad de los hechos”.

La señal como sociedad

El caso de Nabila Rifo y su alta exposición demostraron que en Chile falta protección a las víctimas. Y peor aún, como existe un juicio social que las juzga y revictimiza. La transmisión del juicio y la filtración de informes médicos hizo que muchos se sintieran con el derecho de opinar libremente sobre la vida de la afectada.

Ante el juicio público, la abogada de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres Silvana Del Valle, resalta que el «Poder Judicial destaca en el voto mayoritario que el testimonio de la víctima fue crucial en el análisis de las pruebas estudiadas, que demuestra su comprensión sobre el fenómeno de la violencia intrafamiliar, y en particular en el contexto de violencia extrema, recogiendo la idea de que estos episodios se producen por la actitud posesiva y despreciativa de los agresores».

Por su parte la abogada Marcela Parra piensa que el trato y exposición que se le dio a la víctima al ser un juicio que se transmitió públicamente demuestra que como sociedad aún estamos en adaptación a esta creación del tipo penal del femicidio, que es algo más bien de política criminal que impulsó el gobierno en su oportunidad, encontrando inclusive juicios de valor respecto de la vida personal de la víctima a todo nivel

Con este caso de abrió el debate en los medios de comunicación y el mundo jurídico sobre la confidencialidad y el resguardo de la intimidad de las partes involucradas ante tanta exposición pública.

Pese a que desde la reforma procesal penal que inició el año 2000, el resguardo de la víctima es un derecho fundamental en nuestro país, en este caso se filtraron testimonios confidenciales y se emitió públicamente información íntima de la víctima.

Para abordar la violencia en contra de las mujeres en los medios de comunicación, la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Claudia Pascual Grau y la Ministra Secretaria General de Gobierno, Paula Narváez Ojeda, sostuvieron una larga conversación con destacadas periodistas de medios de comunicación.

Las Secretarias de Estado pudieron intercambiar opiniones respecto no sólo a los últimos casos que han sido conocidos por la opinión pública, sino que también se dio a conocer el trabajo que se ha impulsado desde el Gobierno y las recomendaciones para el tratamiento mediático para evitar, principalmente, los discursos que de alguna forma u otra justifica la violencia.

Además está la decisión del Poder Judicial de no transmitir más los testimonios de víctimas tras lo que pasó con el caso de Nabila Rifo.

La abogada Parra además cree que fue un caso complejo, polémico y que pone en entredicho muchos elementos del sistema procesal penal, como las pruebas científicas, los peritajes, mediante los cuales la defensa de Mauricio Ortega trató de crear ciertas dudas, «evidenciando algunos problemas técnicos respecto de cosas tan básicas como el manejo del sitio del suceso en el levantamiento de muestras, queriendo plantear la duda razonable, respecto de su participación en los delitos por los cuales se le acusó»,

La abogada de familia Alicia Herrera centra su preocupación en los hijos de la pareja, que también son víctimas. Y seguirán siéndolo en un futuro con un padre proveedor encarcelado y una madre discapacitada.

La Ministra Pascal reafirmó la continuidad del apoyo a Nabila Rifo en diferentes temas «la Presidenta ya lo ha dicho, estos son procesos largos, hay que apoyarla en la formación para sus nuevas condiciones de vida y lo haremos desde los distintos dispositivos y organismos del Estado».

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