Publicidad
Corte Suprema explica que el traslado a Porvenir del juez sancionado por acoso sexual fue una medida para proteger a la víctima BRAGA

Corte Suprema explica que el traslado a Porvenir del juez sancionado por acoso sexual fue una medida para proteger a la víctima

La vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, al ser consultada respecto de la polémica decisión del máximo tribunal de trasladar al juez Pablo Aceituno a Porvenir, a pesar de haber sido sancionado por acosar sexualmente a una funcionaria judicial, señaló que “la Corte decretó como medida de reparación de la ofendida que el Poder Judicial financiara un tratamiento sicológico para recuperar la integridad de esta. Y, además, solicitó esta Corte una medida destinada a dar protección a la ofendida, pidiendo que se arbitrara lo necesario para que tanto ella como el denunciado no trabajaran en la misma unidad judicial”. [ACTUALIZADA]


La cuestionada decisión del máximo tribunal de trasladar al juez Pablo Aceituno a Porvenir, luego de ser sancionado por acoso sexual contra una funcionaria judicial en San Fernando, fue criticada por el Colegio de Abogados de Magallanes y la Asociación de Magistrados.

Frente a esta situación, la Corte Suprema señaló que fue una medida de protección para la víctima, para que no siguieran trabajando juntos y no hubo quorum suficiente para abrir un cuaderno de remoción contra el magistrado.

“La Corte de Apelaciones de Rancagua, en el sumario administrativo iniciado para investigar actos constitutivos de acoso sexual cometidos en el Primer Juzgado mencionado, le impuso al magistrado Aceituno la medida disciplinaria de suspensión por cuatro meses, esto es la de más alta intensidad que consulta el Código Orgánico de Tribunales, sanción que se encuentra cumplida”, dijo la vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, para Radio Bío Bío.

“No se obtuvo el quorum necesario para abrir un cuaderno que estudiara la posible remoción del funcionario. De 18 ministros, solo 5 estuvieron por aquello”, precisó.

Chevesich añadió que “la decisión que impone la resolución a que he hecho referencia no fue unánime, pues de 18 ministros, tres estuvieron por rebajar la medida disciplinaria a dos meses de suspensión; uno en orden a no imponer la medida de protección, y dos estuvieron por revocar y absolver al juez investigado de los cargos formulados en su contra”.

Medida de protección para la víctima

Chevesich también explicó que “la Corte decretó como medida de reparación de la ofendida que el Poder Judicial financiara un tratamiento sicológico para recuperar la integridad de esta. Y, además, solicitó esta Corte una medida destinada a dar protección a la ofendida, pidiendo que se arbitrara lo necesario para que tanto ella como el denunciado no trabajaran en la misma unidad judicial”.

Finalizando con que “es importante tener presente que es primera vez que esta Corte Suprema adopta una medida de protección como la antes señalada”.

Publicidad

Tendencias