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El legado de mayo feminista: promover políticas contra el acoso sexual es un requisito de acreditación para todas las instituciones de educación superior BRAGA Créditos Imagen: Aton Chile

El legado de mayo feminista: promover políticas contra el acoso sexual es un requisito de acreditación para todas las instituciones de educación superior

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En un año todas las instituciones de educación superior, desde institutos profesionales hasta escuelas de orden de las Fuerzas Armadas, deberán contar con protocolos y políticas que prevengan la violencia sexual dentro del ámbito educacional.


A pesar de que estos hechos se venían arrastrando desde mucho antes, no fue hasta finales del año 2017 cuando por primera vez se comenzó a hablar públicamente sobre la problemática del acoso sexual en el ámbito académico.

Según constató la asociación Red de Investigadoras para El Mostrador Braga, ya en diciembre del mismo año, el acoso sexual era una realidad para las mujeres miembros de las comunidades académicas. Ya que según un estudio encargado por Conicyt, el 54% de las directivas, el 41% de las académicas y el 39% de las estudiantes habían sido acosadas verbalmente. Mientras que, un el 31% de las directivas, un 13% de las académicas y un 16% de las estudiantes han recibido contactos acoso físicos.

Sin embargo, esa no era la única situación que preocupaba a la organización, ya que en ese mismo comunicado hizo pública la denuncia en contra de un académico de la Facultad de Ciencias de la Universidad Austral de Chile (UACH). Caso que no mucho tiempo después desencadenó una ola de tomas feministas al interior de institutos educacionales a lo largo del territorio nacional. Hecho que remeció a Chile entero y fue catalogado como “mayo feminista”.

Fue en ese contexto que, de acuerdo con la vicepresidenta y cofundadora de la Red de Investigadoras, Adriana Bastias, la organización comenzó a idear un proyecto de ley que se enfocara no tan solo en la sanción sino también en la prevención del acoso sexual en el ámbito académico. Iniciativa que fue presentaba ante el parlamento el 16 de mayo del 2018, misma fecha en la hubo una marcha multitudinaria en la que miles de mujeres se manifestaron exigiendo “una educación no sexista”.

 

Un nuevo parámetro de acreditación: espacios libre de acoso

A más de tres años de este hito, el proyecto presentado a raíz del caso de la Universidad Austral y del calor de las demandas feministas en los espacios educacionales se convirtió en ley. Ya que el 15 de septiembre fue promulgada la iniciativa que viene a cambiar radicalmente el funcionamiento de establecimientos de educación superior, otorgándoles la obligatoriedad de implementar protocolos de acoso sexual. Para ello tendrán un año para implementar estas exigencias, de no cumplir no podrán acceder al proceso de acreditación.

De esta forma, según Adriana Bastias, una de las principales impulsoras de esta ley, esto los hace responsables de adoptar políticas y modelos de prevención para erradicar estas formas de violencia dentro del ámbito académico, ya que “constituye de alguna forma poner un incentivo a que se cumplan los protocolos de acoso sexual, discriminación y violencia de género en la instituciones de educación superior. El motor que mueve a las universidades son los parámetros que se miden para que una universidad o una institución de educación superior sea acreditada o no. Entonces esta ley está acoplada a un incentivo poderoso, que es el financiamiento que tienen las universidades a través de la acreditación”.

 

Promoción y Prevención

La norma viene a señalar en el artículo tercero, que las instituciones de educación superior deberán contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, que contendrá un modelo de prevención y un modelo de sanción.

La primera debe proveer información a la comunidad -incluida en esta a estudiantes, funcionarios y académicos- para prevenir el acoso sexual en el ámbito académico. En ese sentidos, los establecimientos educacionales deben realizar campañas de sensibilización, capacitaciones, formación en relación con la violencia y discriminación de género e implementar mecanismos para monitorear y evaluar el impacto de estas medidas.

Al igual, debe haber una estrategia de comunicación y todas estas políticas para la educación superior tienen que ser elaboradas con un carácter participativo que asegure paridad de género y la representación de los distintos estamentos.

Además, con respecto al modelo de sanción, las instituciones de educación superior tienen que contar con unidades responsables de implementar estos protocolos, las cuales estén integradas con personal capacitado en derechos humanos y cuenten con perspectiva de género. Sumado a ello, la ley les exige implementar suficientes recursos humanos y presupuestario para darle cumplimiento en definitiva a la ley y a los protocolos.

Por último, deben contra con unidades especiales que lleven a cabo los procesos de investigación de acoso sexual, los cuales solo pueden estar avocados a ese tema.

De acuerdo con la abogada de Abofem y miembro de la dirección de derecho público, Florencia Pinto, “la ley viene a incluir algo que no existía, que es todo lo aquello en relación con la prevención y reparación del acoso sexual, el tener psicóloga, equipo médico, un equipo social, un equipo jurídico para las víctimas y miembros de las comunidad educativa que han sido afectados y afectadas por los hechos que se denuncian”, son algunas de las novedades que incluye este proyecto.

 

Ámbito de aplicación

Actualmente 29 de las 30 universidades que conforman el CRUCH tienen algún protocolo, normativa, política o reglamento que aborda la violencia sexual dentro de los establecimientos.  En ese sentido, para la psicóloga y directora del departamento de género de la Universidad Diego Portales, Mariana Gaba, aquellas que cuenten con estas normativas “no es que esta ley las agarre de cero, pero sí puede haber disparidad sobre el tipo de conductas que están incluidas”.

En el caso de la Universidad de Chile de acuerdo con la directora de Igualdad de Género, Carmen Andrade, “los protocolos relacionados a la violencia de género sr vienen abordando desde el año 2014 con la participación gran parte de la comunidad universitaria”.

Sin embargo, existe una gran variedad de institutos educacionales que recién se vienen actualizando a las necesidades de las estudiantes. En ese sentido, uno de los aspectos fundamentales de esta ley es que aclara bastante el tema del ámbito de aplicación y define específicamente cuales son los actos que son considerados acoso sexual. Es decir, que previo a esta iniciativa los protocoles de cada universidad o instituto educativo podía elegir en qué ámbitos pronunciarse y hacerse cargo respecto de una situación de acoso.

En el caso de la Diego Portales, “la experiencia hasta ahora era que cuando algunas universidades excedían y se pasaban a ámbitos que no eran estrictamente académicos de la universidad, que no ocurrían literalmente dentro del edificio de la universidad, en actividades sociales o académicas hechas por la universidad, la denuncia no llegaba a ninguna parte porque no estaba incluida dentro del ámbito de aplicación”, asegura la psicóloga.

Una problemática que se repetía cuando, por ejemplo, alguna estudiante quería denunciar un caso de acoso o abuso que ocurrió en alguna fiesta en la casa de un compañero o un espacio ajeno a la universidad, ya que la normativa de dicha universidad no abarcaba el espacio en el sucedió el hecho puntual.

Sin embargo, ahora la ley estipula claramente que se puede considerar dentro del ámbito de aplicación siempre y cuando ocurra entre personas que forman parte de la comunidad universitaria, es decir, funcionarios, docentes, estudiantes, personas que prestan servicios sin importar donde ocurra.

 

Fuerzas del orden

Otra de las características de esta normativa, es que no tan solo abarca los establecimientos universitarios, institutos técnicos y profesionales, sino que incluye todas las instituciones que se definen parte de la educación superior que están comprendidas en el artículo 52 del decreto con fuerza de ley N.º 2 del Ministerio de Educación. Es decir, esta normativa incluye a todas las escuelas matrices de las fuerzas armadas y del orden.

Florencia Pinto, miembro de la organización de Abogadas Feministas señala, “me parece importante en el proceso de formación de quienes supuestamente van a resguardar a los ciudadano y ciudadanas deben tener formación en estos temas porque si no, ellos replican esos patrones de violencia y eso lo hemos visto siempre. Históricamente siempre que hay una marcha, no falta el carabinero que agarra a una estudiante que está protestando o una mujer y las toquetean. En el estallido social como Abofem pudimos constatar la violencia político sexual que ocurrieron en las comisarías, que son bastante graves”.

Por su parte, Adriana Bastias comenta que “va a ser interesante como se vaya a ejercer o como se vaya a producir e implementar estas medidas en el caso de estas escuelas en particular, básicamente por la participación de todos los estamentos y eso sin duda es algo novedoso para la forma jerárquica en la que funcionan”.

Finalmente, la cofundadora de la Red de Investigadoras agrega que “generar espacios libres de violencia es responsabilidad de la institución de educación superior y ahora que está asociado a la acreditación, esperamos que esta ley sea un aporte al cambio cultural necesario, pero ese cambio cultural sin duda tiene que ser empujado por las estudiantes, por que son las que históricamente han estado en la lucha y son las que generaron el mayo feminista que dio la posibilidad que esta ley finalmente viera la luz”.

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