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Más de 300 niñas y niños han sido reconocidos por la ley como hijos de parejas homoparentales BRAGA Créditos: Fundación Iguales

Más de 300 niñas y niños han sido reconocidos por la ley como hijos de parejas homoparentales

De acuerdo a lo señalado por la directora ejecutiva de Fundación Iguales, Isabel Amor, estas cifras contribuyen a que en nuestro país ningún niño/a sea juzgado por la composición de su familia. ‘‘Este es un paso más en la dirección correcta para acabar con toda forma de discriminación hacia las personas que son parte de la diversidad sexual y de género”.


La aprobación de la Ley de Matrimonio Igualitario constituye uno de los más grandes avances realizados en nuestro país en los últimos años. La legislación ha traído consigo la consagración de diversos derechos, entre ellos el reconocimiento de niños/as como hijos de parejas del mismo sexo.

De acuerdo a datos obtenidos desde el Servicio de Registro Civil e Identificación y dados a conocer por Fundación Iguales, al menos 395 niños, niñas y adolescentes han sido reconocidos como hijos/as de parejas homoparentales.

“Ningún niño o adolescente debe ser tratado distinto con base en cómo se compone su familia. Este es un paso más en la dirección correcta para acabar con toda forma de discriminación hacia las personas que son parte de la diversidad sexual y de género”, afirmó la directora ejecutiva de Iguales, Isabel Amor.

Cabe señalar que la ley otorga reconocimiento en materia filiativa, ya sea por adopción o por técnicas de reproducción humana asistida. También se regula la acción de reclamación, la modalidad de inscripción de los hijos y los derechos y obligaciones entre ellos y sus padres o madres.

Puntualmente, la norma indica que existe el derecho de filiación cuando existe matrimonio entre los progenitores al tiempo de la concepción o del nacimiento del hijo o hija. También, cuando los progenitores contraen matrimonio con posterioridad al nacimiento del niño/a, siempre que haya estado previamente determinada o bien se precise por el reconocimiento realizado por ambos progenitores en el acto del matrimonio o durante su vigencia.

La filiación también quedará determinada en el caso de que dos personas se sometan a la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, respecto del hijo que nazca de esta.

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