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Operación Renta 2023: entérese aquí quienes están obligados a declarar sus impuestos DATOS ÚTILES Crédito: Agencia Uno

Operación Renta 2023: entérese aquí quienes están obligados a declarar sus impuestos

Por un lado, las declaraciones de renta que no reciban pago pueden realizarse entre el 1 de abril y el 10 de mayo a través de internet. En tanto, las que impliquen pago de impuestos, se deben hacer entre el 8 de abril y el 2 de mayo.


Desde el 1 de abril se podrá hacer la declaración de ingresos percibidos en 2022, a través de la página del Servicio de Impuestos Internos (SII). De acuerdo al tipo de contribuyente y su nivel de entradas anuales, estos reciben o no su devolución a partir del 20 de abril, según la fecha en que se hizo la declaración.

Quienes son considerados contribuyentes son las personas naturales, empresas o sociedades que iniciaron actividades en el SII y que cumplan el requisito de tener el detalle de las utilidades percibidas o pagadas el año anterior a la declaración. Quienes en el periodo descrito tengan un solo empleador no deben presentar su declaración, así como las personas cuyos ingresos no superen los 9.907.434 millones de pesos.

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Según comentó a Cooperativa Gonzalo Polanco, director ejecutivo del Centro de Estudios Tributarios (CET) de la Universidad de Chile, los impuestos no pagados generan reajustes en función del IPC. Pero además “van generando un interés que es bastante alto, que es del 1,5% mensual por cada mes de retraso más fracción de mes. Eso lo establece la ley, por lo tanto, no es posible para el SII reducir esa tasa de interés”.  Las multas pueden, en ese caso, ascender hasta un 30% del impuesto.

Por otro lado, en esta operación de renta será la primera vez en que se hará retención de las devoluciones a las personas que figuren en el Registro de Deudores por pensión de alimentos: ley que entró en vigencia en noviembre del año pasado y según informó la ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich hace algunos días, acumula más de 50 mil personas.

En ese caso, la Tesorería General de la República “procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del/la menor de edad, que tenga derecho a pensión alimenticia”, explicó Hernán Nobizelli, tesorero general de la República.

Por último, quienes no puedan realizar el pago de los impuestos correspondientes en esta operación de renta tienen la posibilidad de solicitar el Pago Diferido de Impuesto. El trámite se puede solicitar directamente en el sitio del SII si es que el contribuyente no tiene deuda y no figure como no condonable. En el caso contrario, debe presentarse en la Unidad de Servicio de Impuestos Internos de acuerdo a su domicilio registrado.

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