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Bonos para pensionados: pagos que pueden recibir los jubilados DATOS ÚTILES

Bonos para pensionados: pagos que pueden recibir los jubilados

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La mayoría de los aportes monetarios destinados a los adultos mayores requieren seguir un proceso de postulación correspondiente para poder ser beneficiario del pago.


Las personas mayores jubiladas son beneficiarias de diversas ayudas económicas como bonos y subsidios que el Estado entrega de forma mensual o en circunstancias particulares.

Los requisitos para que la tercera edad pueda acceder a los aportes incluyen estar pensionado, tener hijos, haber estado casado durante 50 años y haber cotizado en las antiguas cajas de previsión, entre otros.

La mayoría de los aportes monetarios destinados a los adultos mayores requieren seguir un proceso de postulación correspondiente para poder ser beneficiario del pago.

Conoce los bonos pueden recibir los pensionados

Pensión Garantizada Universal

Los adultos mayores que están pensionados bajo algún régimen previsional como las AFP o las ex cajas de previsión social, también pueden optar a la Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual complementará la pensión que ya están recibiendo.

La Pensión Garantizada Universal (PGU), cuyo pago es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), proporciona un monto de hasta $214.296 a los adultos mayores de 65 años que cumplen ciertos requisitos, incluyendo no pertenecer al 10% más rico de la población.

Los pensionados deben tener una pensión base inferior a $1.158.355 para optar a la Pensión Garantizada Universal (PGU). Además, deben acreditar residencia en Chile durante un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, y haber vivido en el país al menos 4 años de los últimos 5 años previos a la solicitud de la pensión.

Para solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU), es necesario ingresar al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios de ChileAtiende a través de este enlace. Una vez dentro, se deben ingresar los datos solicitados. El sistema verificará si la persona cumple con los requisitos para recibir el beneficio y proporcionará las instrucciones sobre cómo proceder con la solicitud de la PGU.

Bono de Reconocimiento

Cuando los adultos mayores jubilan, pueden acceder al Bono de Reconocimiento, un beneficio económico que el Estado entrega a los trabajadores que hayan migrado desde el antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP.

El bono es un documento expresado en dinero que se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario. Esto se realiza para aumentar el monto total de los ahorros acumulados cuando la persona jubila por vejez, invalidez o fallecimiento.

Para solicitar el Bono de Reconocimiento, la persona debe dirigirse a la AFP en la que está afiliado. Allí deberá suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento, y en caso necesario, completar el Anexo Detalle de Empleadores.

Bono por Hijo

Las mujeres de 65 años que se pensionen pueden optar al pago del Bono por Hijo, un beneficio destinado especialmente a aquellas que sean madres, tanto biológicas como adoptivas.

El monto del Bono por Hijo genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos. Para niños nacidos antes del 1 de julio de 2009, el valor de la bonificación corresponde al salario mínimo vigente en julio de 2009, es decir, $165.000.

En cambio, si el nacimiento se produjo después del 1 de julio de 2009, el monto del Bono por Hijo será equivalente al sueldo mínimo vigente durante el mes del nacimiento del hijo.

Para optar al Bono por Hijo es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Vivir en Chile por un período de 20 años contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Haber vivido en el país, al menos, cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.

Quienes cumplan con las condiciones pueden solicitar el Bono por Hijo por Internet siguiendo los pasos en la plataforma de consulta de ChileAtiende, o de manera presencial en la AFP a la que estén afiliadas, o en una oficina de ChileAtiende.

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