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La cosmetología política de Ignacio Walker Opinión

La cosmetología política de Ignacio Walker

José Ignacio Cárdenas
Por : José Ignacio Cárdenas Escritor y Abogado de la Universidad de Chile
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Afirma Walker que el borrador de Constitución “no ha logrado plasmar un consenso amplio”, pero ¿dicho por quién? Por quienes nunca estuvieron realmente abiertos a los cambios, ya que el quórum supramayoritario de los dos tercios dijo otra cosa. No hay que olvidar que la decisión de crearnos una Constitución fue una respuesta civilizada a un quiebre social con inevitables polarizaciones. Incluso, ante el evento de que triunfara la opción Apruebo y sea esta por escaso margen, requerirá tiempo para su internación colectiva y enterrar tantos temores infundados. Sin ir más lejos, basta recordar el plebiscito de 1988 y las campañas del miedo que lo precedieron, y hoy, más de 30 años después, esos mismos atemorizados son quienes defienden lo caminado en este período democrático. Ahora es más o menos lo mismo, solo cambia la natural evolución humana, y lo peor para cualquier sana convivencia es apegarse al conservadurismo de lo que se tiene, sin dar espacios para seguir soñando por un Chile mejor. Lo que Chile reclamó en las calles es no más cosmetología política, sino cambios reales que transformen el modelo imperante. Nadie quiere refundar el país, sino que, a partir de lo que no se hizo, escuchar las demandas y plasmarlas en un texto constitucional.


La reciente carta de Ignacio Walker en que comunica su decisión de votar Rechazo el próximo 4 de septiembre, sorprende no por la decisión misma sino por los fundamentos de esta. Al leer su extensa misiva, uno no logra comprender por qué votó Apruebo en el plebiscito de entrada si prácticamente no está de acuerdo con ninguno de los cambios que se propone en el borrador de Constitución e, incluso, hace reiteradas alusiones complacientes a la Constitución de 1980. Fue inevitable recordar las palabras del profesor y convencional Agustín Squella, quien hace una semana señaló que “Chile se caracteriza por decir sí al cambio y luego asustarse cuando los cambios llegan”, frase que aplica perfectamente para Walker, sin embargo, tratándose de un político avezado, que se supone debiera estar algo más en sintonía con lo reclamado en el estallido social, resulta incomprensible.

Primero parte por una calificación de una “Constitución de izquierda”, expresión que ya hemos escuchado reiteradamente por parte de quienes votarán Rechazo. Pues bien, es bueno recordar que las sucesivas concentraciones ciudadanas que sucedieron al 18 de octubre de 2019 tenían una característica en común: no había partidos ni banderas políticas. Sumo a lo anterior que fueron movimientos de personas independientes, quienes en un porcentaje significativo fueron elegidas como convencionales. Ahora se les apunta con que todas estas personas son de izquierda, pero frente al intenso reclamo de cambios uno se pregunta: ¿cuál fue el sector más empático en acoger tales cambios? La respuesta es una: la izquierda y centroizquierda. De parte del centro político y de la centroderecha fue más bien una respuesta tibia, casi por cumplir de cara a una mayoría, pero no una real voluntad transformadora a un modelo de país que hizo crisis y que nos tuvo al borde de una rebelión institucional. Para qué hablar de la derecha que rechazó desde el inicio cualquier asomo de cambio. Entonces, ¿es una Constitución de izquierda o una Constitución ciudadana con la empatía de sectores de izquierda? Estimo que la clase política del centro amarillo, como ellos se han autodefinido, y la derecha moderada, han perdido una oportunidad histórica para comenzar a reconstruir confianzas quebradas con el desarraigo, al sentir de muchos chilenos y chilenas que reclamaron años de postergación, olvido e invisibilidad.

Afirma Walker que el borrador de Constitución “no ha logrado plasmar un consenso amplio”, pero ¿dicho por quién? Por quienes nunca estuvieron realmente abiertos a los cambios, ya que el quórum supramayoritario de los dos tercios dijo otra cosa. No hay que olvidar que la decisión de crearnos una Constitución fue una respuesta civilizada a un quiebre social con inevitables polarizaciones. Incluso, ante el evento de que triunfara la opción Apruebo y sea esta por escaso margen, requerirá tiempo para su internación colectiva y enterrar tantos temores infundados. Sin ir más lejos, basta recordar el plebiscito de 1988 y las campañas del miedo que lo precedieron, y hoy, más de 30 años después, esos mismos atemorizados son quienes defienden lo caminado en este período democrático. Ahora es más o menos lo mismo, solo cambia la natural evolución humana, y lo peor para cualquier sana convivencia es apegarse al conservadurismo de lo que se tiene, sin dar espacios para seguir soñando por un Chile mejor.

En materia de estatutos indígenas, que tanto rechazo genera en algunos sectores, Walker argumenta su incomprensión en los bajos porcentajes de población indígena comparados con nuestros vecinos, dando a entender que como en Chile constituyen un promedio inferior, deben permanecer invisibilizados. En el fondo, mantiene la arrogante visión cultural y unívoca de lo que significa ser chileno y, por lo tanto, quien no se sume a esta miopía simplemente no lo es o no puede ser incluido. Afirma que en el borrador de Carta Magna desaparece la “unidad en la diversidad”, dando a entender que en la Constitución de 1980 sí tenemos tal reconocimiento. Por favor, no nos engañemos, en la Constitución de 1980 no solo no hay reconocimiento a esta diversidad, no existe ninguna palabra alusiva a los indígenas, es decir, la negación total a estos pueblos. Lo que precisamente propone el borrador de Constitución es lo que Walker niega, “unidad en la diversidad”, esto es, somos todos chilenos y chilenas, pero reconociéndonos expresamente en nuestra diversidad bajo un solo Estado, el de Chile.

Rechaza también las “Autonomías Territoriales Indígenas”, lo cual es comprensible si no cree en la plurinacionalidad. Aun así, como era de esperar, se ampara en el miedo, fundando su negativa en lo sucedido con la comunidad Temucuicui. Esta comunidad es violenta y obviamente no es posible llegar a acuerdos ni con esta ni con otras comunidades que adopten la vía armada para solucionar un conflicto histórico. Sin embargo, tal intencionado reduccionismo omite que, de acuerdo al Registro de Comunidades y Asociaciones Indígenas creado por la Conadi, hoy existen en Chile 3.213 Comunidades y 1.843 Asociaciones Indígenas, de las cuales la inmensa mayoría siempre ha estado por la vía pacífica, pero con una aspiración uniforme: reconocimiento. Querámoslo o no, este reconocimiento conlleva en muchos casos la restitución de tierras o una reparación si lo anterior no es posible, lo que nos obliga como país a no seguir ignorando un problema histórico que nuestras generaciones pasadas simplemente no abordaron. El borrador se hace cargo de esto y mandata a una comisión para que, en un plazo de 6 años, proponga acuerdos definitivos entre el Estado y sus pueblos indígenas.

Afirma como cierto que las consultas indígenas son vinculantes y no incidentales, lo cual no es efectivo, es la mera consulta en los términos dispuestos en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes suscrito por Chile. Y el consentimiento previo, también alusivo a tal Convenio 169, se refiere solo a materias de carácter regional y administrativo, no legales. En materia de escaños reservados, a diferencia de su alusión a la elección de abril de 2021, el número será determinado por una futura ley en proporción al “territorio electoral” (copia textual del artículo 162 del borrador), para lo cual se creará un Registro Electoral Indígena (este registro no existió en la referida elección). Es decir, no en proporción a la población que exista en el territorio, sino a la que existe en el territorio electoral, para lo cual será fundamental crear tal Registro. Por lo tanto, si en este Registro existen pocos inscritos, pocos también serán sus escaños; dependerá de la real voluntad de participar del pueblo indígena.

Es cierto que lo que se plantea en el borrador de Constitución sobre el sistema de gobierno es una novedad, y como es nuevo no es posible asegurar si funcionará bien o no, habrá que verlo en los hechos. Sin embargo, en lo que sí tenemos certezas es que el sistema bicameral simétrico actual, donde ambas cámaras son espejos y ven los mismos proyectos de ley dos veces, no ha funcionado por dos razones. La primera, porque concentra el poder en las regiones centrales como la Metropolitana, que dado su mayor número de habitantes tiene el derecho democrático a elegir más representantes en el Congreso. Esto seguirá funcionando igual en la Cámara de Diputadas y Diputados, pero no así en la Cámara de las Regiones, cuyo número de representantes será igual por región, lo que le da un contrapeso al descentralismo en favor de regiones. Y la segunda razón es que hoy, al ver lo mismo ambas cámaras, hace que la tramitación legal sea extraordinariamente lenta, perdiendo la oportunidad política de nuestros representantes para dar oportuna respuesta a lo que reclaman sus electores. Esto lo pretende solucionar el borrador de Constitución, dejándolas como cámaras asimétricas, esto es, que vean materias distintas, salvo las singularizadas en el artículo 267 que, por su importancia, conservarán su conocimiento simétrico (espejo) para ambas cámaras.

Alude Walker como “la omisión más grande de la Convención en materia de sistema de gobierno” que el sistema electoral no haya sido consagrado dentro de la Constitución y fuese entregado a una ley que dependerá de mayorías ocasionales. Me pregunto, ¿acaso la democracia no es asimilarla a la voluntad de las mayorías? Comparto que el sistema electoral requiere cambios, pero sujetarlo a una norma constitucional permanente le da un sentido estático a una materia que puede tener mejoras correctivas en aras de una mejor democracia representativa.

Por su parte, la crítica que él señala como debilitamiento del estatuto de los partidos políticos, al haberlos comprendido bajo la denominación más amplia de “organizaciones políticas”, es no comprender la crisis política en que estamos inmersos. No hay encuesta de opinión, del sector que sea, en que no figuren los “partidos políticos” como las instituciones peor evaluadas por la ciudadanía. Esto es muy preocupante y una buena democracia se sustenta en partidos confiables y fuertes. El término “organizaciones políticas” no es la mejor solución, pero fue producto de intensas discusiones entre convencionales de movimientos de independientes y de partidos políticos, en que los primeros querían dejar una mención expresa en favor de los independientes y los segundos se oponían, intentando hacer primar el concepto de partidos políticos. Lo tomaría como una oportunidad para que los partidos políticos logren restablecer las confianzas quebradas, las cuales no se imponen por una Constitución sino que se ganan en los hechos. Para tranquilidad de Walker, a diferencia de lo que sucedió en la Convención, para lo cual se creó una ley electoral especial para dar espacio a los independientes, nuestro actual sistema electoral da primacía a los partidos y el mismo Congreso está integrado casi en su totalidad por militantes de partidos políticos, por lo que es previsible que se tienda a fortalecerlos y no debilitarlos.

Respecto del Estado Regional, no es cierto que sea una importación de España e Italia. No por el hecho de que esos países no tengan una buena solución regional, sino porque tales sistemas contemplan la autonomía legal, es decir, pueden crearse sus propias leyes con congresos locales, lo que no permite el borrador de Constitución que se propone. Las entidades territoriales autónomas, como lo señala el artículo 187 del borrador, solo están dotadas de autonomía política, administrativa y financiera para la realización de sus fines e intereses, no legal, la que fue entregada solo al Congreso de la República. Por lo tanto, lo que se persigue es que en la toma de decisiones administrativas locales no dependan, como es hoy, del gobierno central, pero siempre respetando el presupuesto asignado por ley. Es decir, descentralizar el poder, otro de los reclamos históricos de regiones.

No se elimina el «Poder Judicial», como erradamente lo afirma Walker. El Poder Judicial obviamente sigue existiendo pero bajo el nombre de “Sistemas de Justicia”. Puedo compartir lo innecesario de haberle cambiado el nombre, pero afirmar que se elimina el Poder Judicial como un poder del Estado, es una completa falsedad. Lo que se propone es que no solo sea un poder independiente externo sino también interno en el nombramiento de los jueces. Actualmente, para el nombramiento de jueces, la Corte de Apelaciones confecciona una terna para que el Presidente de la República elija a los jueces de Letras; la Corte Suprema hace ternas para que el Presidente elija a ministros de Cortes de Apelaciones, y la Suprema hace quinas para que el Presidente elija a los supremos. Esto último debe ser ratificado por dos tercios del Senado (artículo 78 de la actual Constitución de 1980). Quienes finalmente eligen son entonces el Presidente y el Senado, es decir, el poder político. Lo que se propone es la creación de un Consejo de la Justicia en que su mayoría esté integrada por miembros del Poder Judicial (10 de 17), y así evitar la politización de los actuales nombramientos. Pero como la mente humana es infinita, antes se criticaba a este Consejo porque se politizaría si la mayoría estaba entregada al poder político, pues bien, se cambió para que la mayoría sea del Poder Judicial, y ahora Ignacio Walker afirma que son los jueces quienes se politizarán … pero ¿cómo? “Palo porque bogas, palo porque no bogas”entonces, ¿debemos deducir, señor Walker, que usted quiere dejar el sistema de nombramiento actual que depende solo del poder político?

Uno de los grandes consensos al inicio de la discusión constitucional era atenuar el presidencialismo exacerbado de nuestro sistema. Si bien no se avanzó mucho en esto dentro del borrador, sí se creó una norma en materia económica que permite a la Cámara de Diputadas y Diputados presentar proyectos de iniciativa presidencial. Tal moción parlamentaria debe estar acompañada de un informe técnico financiero de la Secretaría de Presupuestos del Congreso, que contemple una estimación de gastos y origen del financiamiento, y solo podrá ser aprobada si la Presidencia de la República entrega su patrocinio. No es posible asegurar a priori cómo funcionará, pero parece del todo apresurado calificarla como un “retroceso” recurriendo a hipotéticos escenarios catastrofistas futuros, sin ni siquiera dar la posibilidad de implementación. Todo cambio conlleva naturales riesgos, pero también posibles soluciones, las que incluso pueden ser adecuadas según el mejor interés del país, pero no hacer nada por temor, solo nos lleva al inmovilismo.

Finalmente, dentro de esta larga exposición de Ignacio Walker, termina haciendo un reconocimiento positivo al Estado Social y Democrático de Derecho, a no dudarlo señalauno de los grandes aportes del borrador constitucional. Sin embargo, a pesar de este reconocimiento, acto seguido comienza a criticar una gran mayoría de derechos sociales amparándose, según es posible desprender, en mantener lo que ya existe en la Constitución de 1980, o en argumentos ya reiterados por convencionales de derecha, sin hacer ninguna mención a las largas discusiones del Pleno de la Convención que servían de sustento para aprobar cada norma por más de dos tercios de sus miembros. Los matices están en las palabras, pero en sus palabras hay una preeminencia de un modelo de Estado subsidiario que muchos queremos dejar atrás.

Por ejemplo, efectivamente el borrador de Constitución le da una gran importancia a la educación pública, porque la tiene, pero no existe ninguna limitación a la libertad de enseñanza como lo sugiere, al contrario, se establece como derecho: “Se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla” (artículo 41). En materia de participación de las organizaciones sindicales en las decisiones de las empresas, no se regula la forma de participar, ya que será una ley la que lo resolverá, sin embargo, considerar la opinión de los trabajadores en tales decisiones no parece algo poco razonable; en materia de seguridad social queda también esto entregado a una ley, dejando abierta la discusión para el Congreso; no es cierto que se debilita la propiedad privada, y sorprende que Walker defienda el concepto de “daño patrimonial efectivamente causado” consagrado en la Constitución de 1980 (el que por lo demás ni siquiera fue defendido por los convencionales de derecha que preferían el concepto “precio de mercado”), por sobre el de “precio justo” que señala el borrador, siendo este último un concepto ya conocido y abordado en nuestro Código Civil y jurisprudencia. Por último, la acción de tutela, que reemplaza al recurso de protección, afirma que conducirá a un virtual colapso en el funcionamiento de los tribunales de primera instancia, como asumiendo que las Cortes de Apelaciones no están ya colapsadas. Cualquiera sea, la Corte o los Tribunales, requieren una mayor atención de parte del Congreso en orden a crear más Tribunales que puedan asumir tanto la demanda actual como la futura.

En fin, desconozco la intención de Ignacio Walker por intentar revivir un proyecto personal consagrado en su libro Una Nueva Constitución para Chile, sin embargo, lo que Chile reclamó en las calles es no más cosmetología política, sino cambios reales que transformen el modelo imperante. Nadie quiere refundar el país, sino que, a partir de lo que no se hizo, escuchar el estallido y plasmarlo en un texto constitucional. Puede que el borrador tenga defectos y sean necesario mejorarlo cuando el devenir práctico así lo recomiende, pero es un genuino trabajo democrático que da respuesta civilizada al clamor de cambios que nos tuvo al borde de un quiebre institucional.

La gente juzgará el próximo 4 de septiembre. Que así sea.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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