Tarjeta Presto de Líder en la mira por repactaciones unilaterales
Los diputados Felipe Harboe y Tucapel Jiménez (PPD), realizaron la presentación formal de una denuncia al SERNAC junto a uno de los afectados. Hace semanas que clientes de la tarjeta venían manifestando su inquietud. Al analizar el contrato de PRESTO se puede ver un “mandato especial”, que habría avalado por años esta mala práctica.
A raíz del grave caso destapado en La Polar han existido especulaciones y afán por establecer si las malas prácticas atribuidas a la empresa del retail se extenderían a otras entidades del rubro. En un contexto de fiscalización, PRESTO aparece como el segundo actor del retail que ha realizado las ya conocidas repactaciones unilaterales. En este caso el cuestionamiento ético puede ser mayor, ya que no se trata sólo de enceres domésticos o vestuario, sino que de alimentos y necesidades básicas de la población.
Esta mañana los diputados del PPD Harboe y Jiménez se reunieron con el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Juan Antonio Peribonio, para dar cuenta de al menos uno de los casos de repactaciones unilaterales detectados. Se trata de Eduardo Conejeros, cliente del supermercado Líder desde 2003 y quien el año 2008 adquirió una deuda de $ 900 mil, cifra que en un año y medio aumentó a $5 millones. El diputado Harboe declaró que habría recibido unas 200 denuncias durante estos días y que hasta el momento llevan 40 casos chequeados.
Previo a la denuncia de los diputados, Claudia Candiani, abogada que actualmente investiga casos de repactaciones unilaterales de la tarjeta, se reunió con Harboe para informarle que ella tenía al menos 35 casos de abusos similares. Candiani ha trabajado en el área de infracciones a la Ley de Protección del Consumidor, y hace un año participó en demandas por reclamos contra PRESTO. “Claro que en ese entonces, nadie sospechaba que las deudas crecían por repactaciones unilaterales, sino que se imputaban a desórdenes dentro de la empresa”, afirma.
Nicolás Ibáñez, director de Walmart, holding dueño de Líder, manifestó a fines de junio en El Mercurio su reprobación por la “falta de prolijidad” de parte de La Polar. Una falta que, al parecer, estaría más cerca de lo que habría imaginado el ejecutivo. En el contrato de adquisición vigente de la tarjeta Presto, hay una cláusula que se enmarca en la práctica de repactaciones unilaterales, ya que a través de un mandato especial, Presto puede suscribir pagarés y letras sin que se requiera la firma ni autorización de los clientes.
El líder de los reclamos
En el área de comunicaciones de Walmart han informado durante estos días que los representantes no hablarían al respecto, a menos que hubiese alguna denuncia oficializada, por lo que es de suponer que ahora sí harían alguna declaración. También indicaron que Presto, luego que Líder pasó a formar parte de Walmart en 2009, ha sido riguroso y ha eliminado todas las cláusulas que alguna vez el Sernac consideró abusivas. Desde el call center de reclamos de la tarjeta, el día lunes afirmaron que “no hemos recibido ningún reclamo sobre repactaciones unilaterales”.
La próxima semana la abogada Candiani pretende oficializar demandas de casos similares, que actualmente está chequeando, pero que según afirma, también corresponderían al abuso mencionado. En el Sernac dicen que al menos hasta fines de mayo no había denuncias que involucraran el término “repactación unilateral”, pero claro está que el concepto recién se hizo popular cuando se destapó el caso de La Polar. Si bien las denuncias que se han dado a conocer no han llegado a acercarse a la masividad de reclamos de La Polar, constituyen faltas que los diputados hoy llamaron a “fiscalizar para impulsar modificaciones legales en el sector del retail”.
Otro de los casos representativos, entre las demandas que maneja la abogada Caldiani, es el de J. Bravo, quien partió con una deuda de $200 mil aproximadamente, la que al no ser pagada en seis meses aumentó hasta 13 veces el monto inicial. El denunciante apunta que sufrió daño moral, ya que Presto procedió “a repactar en forma unilateral, a su solo arbitrio sin mi consentimiento a la prestación, e incluyó en sus contratos de créditos cláusulas que son sancionadas por la LPC como abusivas”.
Durante este año la tarjeta PRESTO encabezó el listado de reclamos del mercado financiero, pues en un estudio realizado por el Sernac correspondiente al periodo enero- mayo 2011, se dio a conocer que de más de 13 mil reclamos, Presto concentraba el 14,5%.
Un “mandato especial”
La cláusula número 15 del formato de contrato vigente de la tarjeta Presto contempla un mandato que se describe como “irrevocable” y que según especialistas, incluye menciones que implican que la deuda se independiza del deudor, de manera que existe el riesgo de que efectivamente se puedan realizar las repactaciones unilaterales a través de pagarés y letras mediante condiciones que quedan preestablecidas.
“Con el objeto de documentar y facilitar el pago de las obligaciones del usuario frente a Presto (…) el usuario otorga a Presto y a la Administradora un mandato especial e irrevocable”. Así comienza el apartado número 15 de un contrato que data de marzo de este año. Corresponde a un mandato especial que determina que Presto está autorizado para imponer a los clientes que suscriban pagarés, acepten letras de cambio y reconozcan deudas a favor de Presto por los montos e intereses que aparecen escritos, sin que los nuevos montos determinados por Presto puedan ser modificados o discutidos por los clientes.
Hoy, Eduardo Conejeros mostró un contrato que data de 2003 y que incluye la misma cláusula, que en este documento tendría la novena numeración de los puntos del contrato. “Si no fuera por la ayuda de los diputados, no habría podido conseguir este papel, ya que mucho tiempo se negaron a entregármelo”, dice Conejeros y agrega que “en el escrito aparece que la capacidad de crédito correspondía a sólo $200 mil, de manera que es imposible que junto a mi familia hubiésemos gastado $5 millones en mercadería”. Según lo declarado por el cliente, le habrían realizado al menos cuatro repactaciones unilaterales que el jamás habría autorizado.
Candiani dice que “según PRESTO esta cláusula los habilita para amparar las repactaciones unilaterales y es un mandato muy similar a la que estaba presente en el contrato de La Polar”. Mientras Claudia trabajó en el área de infracciones al consumidor hace un año, vio cómo la empresa fue sentenciada por casos particulares, donde se les condenó a pagar indemnización y multas por malas prácticas. Además, la abogada dice que “usan el DICOM como sistema de amenaza para que les paguen lo que ellos quieren”.
Respecto de esta cláusula, Harboe señaló que “actualmente el director del Sernac emitió una guía jurídica donde se establece como abusivo este mandato que aparece como irrevocable”. En este contexto Harboe añadió que “está claro que el negocio del retail está cambiando, ya que se enriquecen a partir de créditos y cifras que ellos establecen”.
Antecedentes para una mayor fiscalización
Claudia Candiani ha estado durante el último mes trabajando para reunir y fiscalizar detalladamente casos de La Polar y dice que “si puedo juntar 50 casos de PRESTO, podré iniciar una demanda colectiva”. Hasta el momento, en diez días la abogada ha reunido 35 casos, donde ya hay 15 personas dispuestas a hacer la denuncia oficial.
Aunque el término de repactación unilateral sea relativamente nuevo, un antecedente es que en 2006 se presentó una demanda colectiva por parte del Sernac contra Cencosud (Jumbo, Santa Isabel, Easy y Paris, entre otros) donde figuraban este tipo de prácticas. La tramitación en primera instancia los sentenció a una multa fiscal de sólo 50 UTM y una indemnización de una UTM por persona.
La atención aún está puesta en los abusos de La Polar, pero actualmente la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) está cursando una investigación que pretende aclarar si la práctica de repactar de manera arbitraria es una conducta masiva en el área del retail.