
Gobierno promulga “Ley de pago a 30 días” que busca beneficiar y dar certeza a las pymes
El presidente Sebastián Piñera junto al ministro de Economía José Ramón Valente publicó la esperada Ley de Pago a 30 días, la que beneficia a las Pymes y se implementará los primeros dos años con un plazo de 60 días y 30 días.
Se anunció en junio de 2018 y hoy está más cerca de concretarse. Hablamos del proyecto de ley de “pago oportuno” o “pago a 30 días”, el que asegura que el pago a las pymes se realice en un plazo máximo de 30 días.
El objetivo de la ley es dar certezas a las pymes en las fechas de pago, tiempo que antes se extendía hasta en 60 o 120 días.
Esta mañana, el presidente Piñera promulgó esta normativa señalando que “es un muy buen día para los pequeños y medianos empresarios ya que se establecerá el pago a 30 días para devolver el capital de trabajo y la tranquilidad de que dentro de ese plazo recibirán el pago”.
En la instancia el mandatario detalló que se establecerá la guía de despacho obligatoria, la que permitirá controlar el proceso íntegramente, desde que se despacha la mercadería, se emite la factura, hasta el pago.
De qué se trata la nueva ley
Primero establece un plazo general de pago de 30 días a partir del mes 25 de publicada la ley en el Diario Oficial. Los dos primeros años el plazo de pago será de 60 días. Se precisa en el articulado que el plazo es de días corridos y que se trata de un plazo efectivo de pago.
Además, un plazo de pago para el sector público, de 30 días corridos y se puede establecer un plazo de pago de hasta 60 días en caso de licitación o contratos.
Por otro lado, la emisión de la guía de despacho electrónica -a implementarse a partir de un año de publicada la ley-, será obligatoria y electrónica.
Habrá una comisión moratoria, que establece el pago de una comisión fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado.
Finalmente, se señala un plazo excepcional de pago. La ley permitirá que, en casos muy excepcionales, las partes puedan acordar un plazo de pago superior a los 30 días, cumpliendo con condiciones que incluyen, entre otros, un acuerdo por escrito que no podrá constituir un abuso para el acreedor y que deberá ser inscrito en un registro que llevará el Ministerio de Economía.