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El cuento de Ugarte II

Pedro Matamala
Por : Pedro Matamala Abogado laboral
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Dado que hemos sido etiquetados como abogados de los insufribles empresarios, es decir, solamente preocupados de ahorrar plata a nuestros clientes, cosa que no es cierto, decimos solamente lo que decía Manolito de la Mafalda: “los cheques de tus insultos no tienen fondos en el banco de mi ánimo”.


El profesor Ugarte en su nueva columna, nos descalifica, como es habitual, a todos los que pensamos, opinamos, analizamos o creemos en cosas distintas a él. Es muy fácil hacer opinión desde la estigmatización y el eslogan. Es muy fácil descalificar y etiquetar a otros que piensan distinto, y es muy fácil crear razonamientos y conclusiones a partir de supuestos errados. Yo por lo menos no responderé desde estos lugares.

No me referiré a la respuesta del Ministerio del Trabajo, porque tampoco me hago cargo de chistes, menos cuando son fomes, ni tampoco de la respuesta de la Dirección del Trabajo, que se refiere a un sólo aspecto del asunto.

Ningún derecho del trabajo en el mundo es neutro. Siempre este conjunto de normas ha estado al servicio de la ideología y la política. Entonces pretender que la opinión es política solamente cuando se habla del derecho laboral es, al menos, poco preciso. Ugarte enseña esto mismo en clases.

Vamos viendo. Lo primero, es señalar que no es cierto que por el cambio del Dictamen de la Dirección del Trabajo las indemnizaciones se reducen, porque simplemente eso no es verdad. Es mal informar a las personas, y así lo dijimos en la columna anterior. La ley es clara en señalar una cosa, y hoy por hoy, nos guste o no, la ley, la Dirección y los Tribunales dicen una cosa igual. ¿Que la interpretación afecta a los trabajadores? Lo que los daña es el texto de la norma.

[cita]Dado que hemos sido etiquetados como abogados de los insufribles empresarios, es decir, solamente preocupados de ahorrar plata a nuestros clientes, cosa que no es cierto, decimos solamente lo que decía Manolito de la Mafalda: “los cheques de tus insultos no tienen fondos en el banco de mi ánimo”.[/cita]

Luego, que el cambio sea incoherente con el discurso pro trabajador de la Ministra del Trabajo, puede ser efectivo, y no lo discuto. Que esta interpretación que se sustenta en el texto literal y claro de la norma del Código del Trabajo, implica que los trabajadores tienen una base menor, tampoco lo discuto. Lo que postulamos es que es la correcta hoy, con el texto existente. Porque al final del día, al profesor Ugarte, lo que no le gusta es la norma, pero es lo que hay.

Tampoco es discutible el que muchas empresas paguen remuneraciones a través de estas asignaciones, porque precisamente la norma lo permite. Es legal. Cambiemos la norma, pero no la estiremos a más no poder, porque eso también daña el sistema y por supuesto el principio pro operario que el profesor Ugarte tanto defiende.

Y no es que defendamos a los empresarios insufribles como se ha dicho, ni que por ello seamos una especie espuria de abogados que vive en el quinto averno, sino simplemente porque buscamos certeza jurídica. Esa garantía que está contenida en la Constitución, y que mucha gente olvida.

Porque en el fondo, la discusión no es la que pretende el profesor Ugarte. El debate debe ser otro, distinto, más profundo y centrado en la noma misma.

La disposición es clara, y aunque Ugarte señale que la interpretación que indica, que es la que la Dirección del Trabajo sostuvo por bastante tiempo, es la correcta, resulta pues que una norma que establece una base de cálculo de indemnizaciones por término de contrato, no debería estar sujeta a interpretaciones.

La mención histórica que señala respecto a la Ley 19.010 es efectiva, pero nadie siguió adelante en ello, es decir, nadie en los 20 años de la Concertación y ahora obvio que menos, se ha ocupado decididamente en modificar la norma, si se quería incluir esas asignaciones en la base de cálculo. Se quedaron con la solución parche, hacer una interpretación administrativa, y por ahí fisurar la norma, pero lógico que eso es exponer a los trabajadores a los distintos criterios, porque lo que se debía hacer es modificar la base de cálculo por ley, pero no se hizo, y la ley dice otra cosa.

La certeza jurídica tiene el valor de garantía constitucional y, de nuevo, se debe reconocer que los que defendemos a empresas y trabajadores, los que estamos en la calle, tenemos claro hoy qué decirle a un cliente: Sí, en la base de cálculo de las indemnizaciones, la ley dice una cosa, la Dirección del Trabajo lo mismo y los Tribunales lo mismo.

Me parece que si el planteamiento fuese criticar el Dictamen señalando que lo que debió haber hecho la Dirección del Trabajo era abogar por un cambio de la ley, estaríamos varios del mismo lado.

Si como se señala, “la finalidad de la ley es que el trabajador reciba de indemnización un monto lo más fiel posible a lo efectivamente percibido mientras trabajaba”, eso significa cambiar la ley actualmente vigente. La ley 19.010, hizo un cambio, pero no fue suficiente, para lo que Ugarte pretende.

Acá entonces, el profesor Ugarte me da la razón, aunque no quiera: la norma se interpretó en favor de los trabajadores, porque la norma dice otra cosa. Entonces, si queremos proteger a los dependientes, se debe modificar y mejorar, contemplando estas sumas en forma completa, pero no mantener a ultranza una interpretación excesiva.

Porque más allá de afectar el bolsillo del empresario o del trabajador lo que se debe hacer es apuntar a una legislación que sea clara y beneficiosa para los trabajadores, precisamente en un tema tan sensible, mejorar el acceso del trabajador a las indemnizaciones, pero no por la vía de estirar la norma, sino modificarla en su favor. Hoy la norma es clara y dice otra cosa.

Respecto a todo el resto de descalificaciones, que escapan de la pura dialéctica, y dado que hemos sido etiquetados como abogados de los insufribles empresarios, es decir, solamente preocupados de ahorrar plata a nuestros clientes, cosa que no es cierto, decimos solamente lo que decía Manolito de la Mafalda: “los cheques de tus insultos no tienen fondos en el banco de mi ánimo”.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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